La víctima fue engañada con la modalidad tío-tío o falsa autoridad. Tres personas ya están siendo procesadas por los mismos hechos.

Bajo la coordinación de un despacho local delegado ante el Gaula de la Seccional Caquetá servidores de policía judicial CTI Gaula en conjunto con el Gaula Militar y Gaula de la Policía Nacional capturaron en Tocancipá (Cundinamarca) a Diana Yarima de Ávila Constante quien era requerida mediante orden judicial por el delito de extorsión agravada.

Labores investigativas indican que esta persona delinquiría presuntamente reclamando dineros producto de extorsiones realizadas bajo la modalidad carcelaria bajo el modus operandi de suplantación de autoridad, donde vía celular llamaban a sus víctimas haciéndose pasar como familiares y les indicaban que habían tenido percances judiciales y para salir bien librados debían consignar o transferir dineros a cuentas bancarias o enviarlas mediante empresas de giros.

Se tiene conocimiento que la mujer junto con otras tres personas detenidas a inicios de septiembre pasado, habría participado en estos mismos hechos en abril del año pasado donde lograron afectar a un ciudadano quien perdió la suma de 9 millones de pesos.

La víctima fue engañada con una llamada de su supuesto sobrino David, quien le anunció visita en su finca. Luego de esto lo llamó diciéndole que se había accidentado, que había arrollado a una mujer embarazada y por ello la Policía lo había capturado.

Al término de las audiencias concentradas de Ávila Constante no aceptó los cargos enrostrados por la Fiscalía y le fue impuesta medida de aseguramiento en su domicilio.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

PAAM/FAGH/CT/DSC

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.