La Fiscalía General de la Nación logró que un juez de control de garantías privara de la libertad en establecimiento carcelario a Marcos Sidulfo Arias Ordóñez, Marlon Javier Gaviria Montes y Carlos Andrés Álvarez Carvajal, según sus presuntas responsabilidades en los delitos de homicidio agravado en concurso con hurto calificado y agravado.

Los hoy capturados fueron judicializados como presuntos responsables de los delitos de homicidio agravado en concurso con hurto calificado y agravado,

De acuerdo con el material probatorio recaudado, los hechos ocurrieron el pasado 7 de julio, en el barrio Centro de Pitalito (Huila), donde Arias Ordóñez y Gaviria Montes llegaron en una motocicleta a la vivienda de la pareja de 79 y 84 años, con el supuesto pretexto de entregarles un desayuno sorpresa.

Luego, se presume ingresaron a la fuerza a la casa de las víctimas y, amordazaron a la mujer y la golpearon hasta causarle la muerte.

Entretanto, bajo amenazas habrían obligado al hombre a llevarlos a la caja fuerte, donde al parecer se apropiaron de joyas y dinero en efectivo, hurto avaluado por 50 millones de pesos.

Por su parte, Álvarez Carvajal sería el propietario del automotor.

Uniformados de Sijín en conjunto con el personal de SIPOL hicieron efectivas las capturas por orden judicial de los imputados el pasado 18 de julio en Pitalito. En el opertaivo, las autoridades incautaron tres motocicletas.

Durante las audiencias concentradas ninguno de los procesados aceptó cargos por los delitos imputados por el ente acusador.

La Fiscalía General de La Nación habla con resultados.

LMGM/MG/DFHI/DSH


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.