Después de analizar las decisiones adoptadas por la Fiscalía General de la Nación en un proceso de extinción de dominio y luego de verificar los elementos y conclusiones sobre el origen ilícito de la cadena de droguerías La Rebaja, el Tribunal Superior de Bogotá reafirmó la extinción del derecho de dominio sobre la empresa y sus 880 establecimientos de comercio, distribuidos en diferentes ciudades del país.

En el curso del proceso la Fiscalía demostró que la compañía se constituyó y abrió cada una de sus sucursales con dineros que proceden del patrimonio ilícitamente obtenido por los confesos narcotraficantes y jefes del entonces Cartel de Cali, los hermanos Miguel y Gilberto Rodríguez Orejuela.

Adicionalmente, las actividades investigativas evidenciaron que los vínculos que la Sociedad Drogas La Rebaja S.A. tenía con actividades de narcotráfico eran conocidos por las personas que prestaban sus servicios a la misma en las diferentes regionales.

En ese sentido, en septiembre 2016, un juez especializado decretó la extinción del derecho de dominio sobre la referida cadena de droguerías. Esta determinación fue respaldada por el Tribunal, que negó una apelación que interpuso la Cooperativa Multiactiva de Servicios Solidarios (Copservir Ltda).

Para el Tribunal Superior fue claro que los actuales titulares de los establecimientos comerciales conocían el origen ilícito de los dineros que soportaban la constitución de los mismos. Por esto negó la posibilidad de reconocer a estas personas como compradores exentos de culpa.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 

 

MAGA/JARG/LPDS/DEEDD.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.