El capturado tiene varias anotaciones y ya estaba condenado por varios delitos.
Víctor Alfonso Arguello Sierra, fue capturado en flagrancia el pasado 7 de abril en momentos en que trataba de huir por varios techos de casas y negocios aledaños de donde, al parecer, acababa de hurtar en un local comercial, donde se habría apoderado de un arma traumática.
Los vecinos del sector al escuchar los ruidos en los tejados, dieron aviso de inmediato a la policía que llegó al lugar, iniciado una persecución, pero, Arguello Sierra habría saltado y en la caída, sufrió una lesión en uno de sus pies, lo que no permitió que continuara con el propósito de escapar y durante el registro, los uniformados encontraron en su poder una pistola tipo traumática avaluada en cerca de 1.200.000 pesos, que, al hacer la verificación pertenece al dueño del local y su legalidad fue constatada con los documentos y factura pertinente.
El pasado 8 de abril, el capturado fue presentado ante un juez segundo penal municipal con funciones de control de garantías, quien acogió la solicitud del ente acusador de legalizar la captura y dictar medida privativa de la libertad en centro carcelario.
Víctor Alfonso Arguello Sierra fue imputado con el delito de hurto calificado y agravado en grado de tentativa, y aunque no aceptó los cargos, fue cobijado con la medida privativa de la libertad.
Cabe resaltar que el imputado tiene varias condenas desde el año 2012 por delitos contra el patrimonio, concierto para delinquir y especialmente, dos condenas por Hurto en los últimos 3 años.
El imputado fue dejado a órdenes del Inpec, para hacer efectivo su traslado a un centro de reclusión.
La Fiscalía habla con resultados.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.