Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación un juez impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Pedro Augusto Aguirre Torres y Jonatan Chacón López, presuntamente, responsables de los delitos de secuestro simple atenuado y extorsión agravada consumada.
Los hechos investigados ocurrieron la noche del martes 8 de marzo en el sector La Finquita del barrio Caicedo de Medellín donde la víctima, un taxista, chocó con Aguirre Torres, quien se desplazaba en una motocicleta.
Según la denuncia, después del incidente Aguirre habría hecho una llamada telefónica; y minutos después llegaron cuatro hombres, uno de los cuales sería Chacón López. Estas personas, al parecer, rodeado el taxi y habrían retenido al taxista por más de 40 minutos.
También habrían despojado a la víctima del vehículo, de sus llaves y de sus documentos personales; como garantía para que pagara cuatro millones de pesos y con ellos reparar los daños en la motocicleta.
Labores de policía judicial evidencian que, al día siguiente del accidente, Pedro Aguirre habría intimidado a la víctima para que entregara 500.000 pesos más. Una vez cancelada esta suma le habrían devuelto el taxi y las llaves del mismo; no así los documentos.
Sumado a lo anterior la víctima habría sido extorsionada con el pago de 1 millón de pesos, so pena de atentar contra su vida.
El pago de la suma exigida ilegalmente fue pactado para el día 14 de marzo en el barrio Buenos Aires de Medellín; y cuando se iba a realizar la entrega del dinero Aguirre y Chacón fueron capturados en situación de flagrancia. Ninguno aceptó los cargos imputados por un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Medellín.
NAMT/MAGA/SE.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.