La contundencia del material de prueba recaudado por la Fiscalía hizo que tres presuntos integrantes del Clan del golfo aceptaran su responsabilidad en el delito de concierto para delinquir que les imputó la Fiscalía, y tras suscribir un acuerdo, fueron condenados a 48 meses de prisión.

Se trata de Zamir Enrique Murillo Ortiz, José Yanier Palomeque y Jesús Alberto Mosquera Mosquera, quienes fueron imputados por una fiscalía especializada de la Seccional Chocó.

Además de la pena impuesta, Murillo Ortiz deberá pagar una multa de 1.350 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Los condenados quedaron inhabilitados para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la sentencia y deberán cumplir la sentencia en prisión.

La investigación

De acuerdo con los elementos materiales probatorios recaudados, Murillo Ortiz hacia parte del Grupo Delincuencial Organizado (GDO) Clan del Golfo que opera principalmente en los barrios Los Álamos, Cabí, La Invasión, La Cazcorva, El Poblado, Avenida Bahía Solano, Parque La Gloria, La Victoria, Villa España, Casa Blanca y Futuro Uno y Dos en Quibdó (Chocó); además de otros municipios.

Labores de policía judicial evidenciaron que los implicados habrían aprovechado su presunta pertenencia al grupo ilegal para atemorizar a los comerciantes locales, a quienes amenazaban de muerte; lo mismo que a sus familiares, si no accedían a sus exigencias económicas.

El dinero obtenido de manera ilegal, se cree, era usado para pagar a los integrantes de la organización.

La Fiscalía habla con resultados.

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JLH/MAGA/CP/

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.