Las víctimas realizaron varios pagos a nombre del procesado y a una entidad de la cual era representante legal y gerente por un valor superior a los 1.460 millones de pesos
Después de escuchar los argumentos de La Fiscalía, un juez con función de control de garantías de Medellín impuso medida de aseguramiento restrictiva de la libertad en contra de Ignacio de Jesús Galeano Arango. El hoy procesado es señalado de estafar a 32 compradores con un proyecto de vivienda en el barrio Robledo de Medellín.
De acuerdo con la investigación adelantada por la Fiscalía, entre los años 2012 y 2017, el procesado promovió la construcción de un proyecto de vivienda de interés social denominado Mirador de los Nogales, en el barrio Robledo de la capital antioqueña, por medio de la empresa Promotora Amiga S.A.S, de la cual era representante legal y gerente.
Las víctimas realizaron varios pagos a nombre del procesado y a la citada entidad por un valor superior a los 1.460 millones de pesos. Las viviendas, aunque, al parecer, iniciaron la obra fue abandonada y nunca fueron entregadas a los compradores.
Galeano Arango presuntamente obtuvo provecho del ilícito por un monto superior a los 240 millones de pesos.
El procesado no aceptó los cargos imputados por un fiscal del grupo de estafas de la seccional Medellín por los delitos de estafa agravada en modalidad de delito masa, fraude procesal y urbanización ilegal. El juez de garantías determinó que el capturado cumpla su detención en su lugar de residencia.
Al verificar los antecedentes del procesado tiene anotaciones judiciales por delitos similares.
La Fiscalía habla con resultados.
NAMT/FS/FAGH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004