Luego de las labores investigativas adelantadas por personal del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) adscrito al Grupo de Vida de la Seccional Tolima, un despacho de la misma unidad que lidera el proceso, adelantó bajo la figura de persona ausente, audiencia de imputación de cargos y medida de aseguramiento en contra de Jeferson José Rangel Hernández

El hombre, de nacionalidad venezolana, fue imputado por los delitos de homicidio agravado y hurto calificado y agravado, por hechos que tuvieron lugar el 11 de abril del 2019, en una vivienda del barrio Nacional de Ibagué (Tolima), donde fue asesinada María Ligia Sánchez Borda, por hurtarle sus pertenencias. 

El investigado, quien para la época de los hechos tenía 32 años, en compañía de Antonio Alejandro Hernández Ortuño condenado a 16 años de prisión, por este hecho, habría atacado a la mujer de 71 años con arma blanca, luego de propinarle golpes para ponerla en estado de indefensión.

Como evidencia se cuenta con 15 videos de seguridad localizados en la zona, en los que se evidencia el momento exacto cuando los procesados ingresan a la casa de las víctimas. 

Según las investigaciones, los hombres se habrían ganado la confianza de la víctima y su esposo, tras hacerles creer que habían sido enviados por un ornamentador, para realizarles unos arreglos en las ventanas de su casa, un día antes del crimen. 

Los investigadores cuentan además con interceptaciones telefónicas; búsquedas selectivas en bases de datos; seguimiento a personas, entre otros elementos con vocación de prueba que lo vinculan. 

Es así como el juzgado de garantías que conoció la imputación libró orden de captura en su contra para que cumpla la medida impuesta. 

La Fiscalía habla con resultados. 

PAAM/MG/MCA

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.