Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de Ismael Darío Lopera Tangarife, quien habría abusado de varios menores de edad en una guardería ubicada en el barrio Santa Cruz de Medellín (Antioquia).

Desde el momento en el que se recibió la primera denuncia por parte de uno de los padres de una de las víctimas, se dispuso de un equipo interdisciplinario con enfoque diferencial y de género para esclarecer lo ocurrido. Este grupo estuvo conformado por cinco fiscales, psicólogos, médicos forenses e investigadores del CTI y la Policía Nacional.

Los elementos de prueba y los resultados de los dictámenes periciales, entrevistas y otras actividades investigativas permitieron conocer que el procesado, de 53 años, presuntamente aprovechó su rol como auxiliar de nutrición en el jardín infantil para agredir sexualmente a los menores de edad.

Es así como la Fiscalía logró constatar que al menos seis menores de edad habrían sido víctimas de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado, y actos sexuales con menor de 14 años agravado que fueron imputados a Lopera Tangarife.  Los cargos no fueron aceptados.

Durante las audiencias concentradas, el Juzgado 15 de control de garantías de Medellín avaló e impartió legalidad a la captura del presunto responsable de los hechos. La detención se dio en atención a una orden de captura concedida por un juez de control de garantías y fue notificada por parte de la Policía Nacional cuando Ismael Dario Lopera Tangarife se presentó en la estación de Santa Rosa de Osos (Antioquia).

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La Fiscalía habla con resultados.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.