Por solicitud de la Fiscalía General de la NaciónSeccional Cundinamarca, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Juan David Marulanda Jaramillo, como presunto responsable de los delitos de feminicidio agravado en grado de tentativa, tortura y acceso carnal violento. 

Juan David Marulanda Jaramillo fue enviado a la cárcel por presuntamente agredir y abusar de su ex compañera sentimental en Fusagasugá (Cundinamarca).

Los hechos investigados ocurrieron el pasado 11 de marzo en Fusagasugá (Cundinamarca). En horas de la madrugada, Marulanda Jaramillo, en aparente estado de embriaguez, le hizo un reclamo por celos a su ex compañera sentimental y, supuestamente, la golpeó, agredió sexualmente y sometió a actos crueles e inhumanos. 

Asimismo, se estableció que, durante los casi tres años de relación sentimentalse presentaron varios ciclos de violencia y tratos degradantes contra la víctima 

De acuerdo con el dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Fiscalía aplicó el Protocolo de Estambul, que establece lineamientos para una investigación y documentación efectiva de casos como este, en procura de proteger los derechos fundamentales de la mujer. 

Este resultado responde a la estrategia de priorización de investigaciones por hechos que atentan contra la integridad de las mujeres, definida por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado. 

La Fiscalía habla con resultados. 

CMRM/JV/DLBM/JARG/MRC. 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.