Un juez de control de garantías acogió la solicitud de la Fiscalía General de la Nación e impuso medida de aseguramiento intramuros en contra de Yorlan Mauricio Hoyos Muñoz, como presunto responsable de amarrar y abusar sexualmente de una mujer, en Popayán (Cauca).
Los hechos materia de investigación ocurrieron el 14 de octubre del 2020 y el 18 de febrero del 2021, cuando el hoy imputado al parecer colocó en estado de indefensión a la víctima, a quien sometió a diversos actos de tortura, obligándola a consumir sustancias estupefacientes, para luego abusar sexualmente de ella.
Con orden judicial, Investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Seccional Cauca, capturaron a Hoyos Muñoz el 9 de marzo pasado, quien, además, presenta anotaciones judiciales por delitos como lesiones y acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir.
En las audiencias preliminares, la Fiscalía le formuló imputación de cargos al capturado por los delitos de tortura y acceso carnal violento o acto sexual abusivo con incapacidad de resistir agravada, los cuales no aceptó.
Lo anterior, responde al cumplimiento de la estrategia de esclarecer los hechos en los que se atenta contra la integridad de las mujeres para proteger sus derechos enmarcados dentro de los lineamientos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, en su política institucional “En las calles y en los territorios”.
La Fiscalía General de la Nación pública esta información por razones de interés general.
MAP/RP/MG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.