Fuente: El Tiempo. Columna de opinión Juan Lozano

Me gusta mucho la forma como el fiscal Francisco Barbosa está persiguiendo los bienes de los corruptos mediante una aproximación eficaz, tonificada y clara a la figura de la extinción de dominio.

Como es bien sabido, entre los aportes conceptuales colombianos a las instituciones jurídicas universales se destaca el terreno recorrido en materia de extinción de dominio. No solo fue Colombia uno de los países pioneros en la concepción de la figura, sino que además, a punta de estrellarse permanentemente contra muros de impunidad y de ineficiencia procesal que favorecían organizaciones criminales de todo pelambre, nuestro país fue decantando la figura para que no se agote en la lucha contra el narcotráfico y se extienda a los bienes de los corruptos y a la utilización delictiva de bienes inmuebles y muebles en desmedro de la sociedad, de la seguridad ciudadana e, incluso, de los servicios públicos.

Así las cosas, la extinción de dominio procede hoy en los casos de bienes adquiridos con platas del narcotráfico. Cómo no. Pero procede también en los casos de corrupción, en los casos de uso de casas para el expendio de drogas o para la prostitución infantil y procede, además, contra bienes desde los cuales se produzcan defraudaciones contra las empresas de servicios públicos, como cuando se roban los servicios públicos mediante conexiones ilegales.

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