Erley Guasaquillo fue acusado como presunto responsable del delito de feminicidio tentado agravado, del que fue víctima su excompañera sentimental, el 8 de marzo del año 2020 en Florencia (Caquetá).

Un fiscal de la Unidad de Vida de esta parte del país, fue el encargado de acusar al implicado en calidad de autor y a título de dolo. Esta actuación, según el ente acusador, podrá ser confirmada por cerca de 8 testigos directos quienes se encontraban en el lugar de los hechos.
El caso
Según se conoció, la víctima se encontraba en su casa en el barrio La Esmeralda de la capital caqueteña, cuando fue sorprendida por Guasaquillo quien la atacó con un machete ocasionándole múltiples heridas en su cabeza, brazos, piernas y en el estómago.
El ataque estuvo precedido de maltrato físico y psicológico trato que, presuntamente, era reiterado en contra de la mujer, y que se daba en frente de sus hijos menores de edad.
Según el dictamen de Medicina Legal de no haber sido atendida de manera oportuna la vida de la víctima hubiera corrido peligro. Como resultado de las lesiones le fue generada a la mujer una incapacidad provisional de 50 días.
El próximo 18 de marzo será el día en que se cumpla la audiencia preparatoria de juicio.
Estos resultados se enmarcan dentro del Direccionamiento Estratégico 2020-2024 del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, que priorizó las investigaciones relacionadas con la violencia sexual y de género.
La Fiscalía publica esta información por razones de interés general.
PAAM/MAGA/LABB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.