Entre las víctimas figuran la hija y una sobrina del procesado.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, el Juzgado 24 Penal Municipal de Medellín, con funciones de control de garantías, impuso medida de aseguramiento intramuros contra un hombre de 31 años de edad, como presunto responsable de acto sexual con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo y sucesivo.

De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal del Centro de Atención a Víctimas de Abuso Sexual (CAIVAS), los hechos delictivos se habrían cometido entre los años 2013 y 2020 en el barrio Robledo, de la capital antioqueña, donde se presume que el hombre habría realizado tocamientos de contenido erótico sexual en contra de su propia hija. Las conductas delictivas se habrían iniciado cuando la menor contaba con 8 años de edad.

Además, se estableció que en 2017 el investigado supuestamente cometió las mismas conductas delictivas en contra de una menor de 13 años, compañera de colegio de su hija. Y, en el 2020 de su sobrina de 13 años.

El investigado fue capturado el pasado 21 de enero y no se allanó a los cargos imputados por el ente acusador.

La investigación se desarrolla bajo los lineamientos trazados por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para judicializar a los responsables de hechos que vulneren la integridad y formación sexual de niños, niñas y adolescentes.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

LFML/VS/MG

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.