De acuerdo con el Direccionamiento Estratégico 2020- 2024 definido por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para aumentar el esclarecimiento de delitos que afectan la seguridad ciudadana, un fiscal de la Unidad de Vida de la Dirección Seccional de Bogotá logró la judicialización de Johan Mauricio Barrera Montes, por ser el presunto responsable del homicidio de su padrastro.
Los hechos investigados ocurrieron el 20 de diciembre de 2020, en vía pública del barrio Nutibara de la localidad de Ciudad Bolívar, en el sur de Bogotá.
Ese día el hoy procesado regresó a la casa con su mamá luego de ingerir bebidas alcohólicas. En la puerta los recibió el compañero sentimental de la mujer, quien al parecer comenzó a insultarla por haber salido a departir. Barrera Montes defendió a su mamá, lo que ocasionó una riña en medio de la cual se presume que usó un arma blanca y atacó a la víctima.
El padrastro del presunto agresor fue trasladado al Hospital de Meissen, pero llegó sin signos vitales.
La Sijín materializó la orden de captura en contra de Barrera Montes, luego de que este se presentara en las instalaciones de la Policía.
En audiencias concentradas, el ente acusador obtuvo la medida de aseguramiento en centro carcelario contra el procesado, por el delito de homicidio agravado.
El ente acusador hace pública esta información por razones de interés general.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
LMFO/DLBM/HGNP
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.