El agente de seguridad disparó contra un asaltante que pretendía hurtar las pertenencias de una mujer en el norte de Bogotá.
Al acoger la tesis de la fiscalía, el Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme la preclusión emitida por un juez de conocimiento, que eximió de responsabilidad al escolta de la Unidad Nacional de Protección (UNP), Mario Muñoz Uribe, del delito de homicidio.
Los hechos por los que fue investigado el agente ocurrieron el 30 de enero de 2018, en horas de la noche, en la calle 106 con la Autopista Norte de Bogotá, donde una mujer que conducía un vehículo fue interceptada por dos personas que transitaban a pie y que le rompieron el vidrio delantero derecho para que entregara sus pertenencias.
Por su parte, pocos metros atrás, el escolta de la UNP se percató de lo que pasaba y ante el llamado de auxilio de la víctima, desenfundó su arma de dotación para disuadir a los agresores, pero uno de los delincuentes se dirigió hacia él con un arma cortopunzante, por lo que se defendió disparándole. La herida que le propinó en el tórax le causó la muerte al asaltante.
La Fiscalía en su momento solicitó la preclusión con fundamento en el artículo 332 del Código de Procedimiento Penal y aclaró que el procesado actuó no solo para salvaguardar el patrimonio económico de la víctima sino de su propia vida, en defensa, ejerciendo un legítimo derecho.
Para el alto tribunal se cumplieron los requisitos de procedibilidad para una legítima defensa y el escolta procedió en función del principio de solidaridad para ayudar a una persona indefensa, en inminente peligro.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
CMRM/DLBM