El Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez Neira, reiteró una vez más, desde Cartagena (Bolívar), los inconvenientes que representarían para la seguridad ciudadana los diferentes proyectos de ley que se han presentado para brindar beneficios a los internos carcelarios con motivo de la visita de su santidad el Papa Francisco a Colombia.
Para el jefe del ente acusador, los cuatro proyectos que hasta ahora se han mencionado, son abiertamente inconstitucionales y van en contravía de la política criminal del Estado colombiano. “La feria de las rebajas, ya hay cuatro proyectos de jubileo, unos más moderados que otros, pero todos en contravía de lo que debe ser la política criminal para una sociedad como la nuestra. Rebajas entre el 20 y el 16 por ciento de las penas impuestas para toda la población carcelaria, con algunas excepciones importantes en algunos de los proyectos. Por ejemplo en los casos de corrupción, lo he dicho, se establece que hay lugar a esas rebajas, inclusive uno de esos proyectos establece la liberación inmediata de todas las personas que no hayan sido condenadas, o sea que estén meramente sindicadas, para una gama muy amplia de delitos, entre ellos la corrupción. Por eso en la carta que le envié al Ministro le dije: los sindicados de Odebrecht se van para la casa” señaló.
Sobre la inconstitucionalidad de los proyectos, el Fiscal Martínez recordó la sentencia C-1404 de 2000, que con ponencia del magistrado Carlos Gaviria, declaró la inconstitucionalidad de un proyecto similar de beneficios a propósito del jubileo del Tercer Milenio: “La Corte Constitucional de la época, con ponencia de su coterráneo, el magistrado Gaviria dijo que era abiertamente inconstitucional que por razones de azar, ajenas a una política criminal y mucho más, por razones meramente religiosas en un Estado Laico, se pudiera establecer un conjunto de beneficios indiscriminados como el que proponen estos proyectos”.
Según la sentencia en uno de sus apartes, señala que una cosa bien distinta es que el legislador dentro de una política criminal y equitativa quite una conducta delictual o rebaje su pena, pero no por razones ajenas a la misma, porque estaría al margen de la Constitución: “Pero no obra el Legislador dentro de los parámetros constitucionales cuando de manera caprichosa decide favorecer a quienes por una mera cuestión de azar se hallaban en una circunstancia que él resuelve calificar de privilegiada, sin que corresponda a la instrumentación de una política criminal razonada y razonable”.
Al respecto recordó los inconvenientes de algunos proyectos que se han presentado desde mediados del año pasado como el que convertía en contravenciones delitos de hurto menores a 150 salarios mínimos legales mensuales y las lesiones personales de menos de 60 días. El proyecto que pretende implantar la detención domiciliaria para penas menores de 10 años, la libertad de quienes cumplan el 45 por ciento de la pena, cuando hoy día es del 60 por ciento; la suspensión de penas cuando éstas sean menores a 6 años de prisión.
“Hoy por hoy por dos días de trabajo y de estudio se redime un día de pena, dentro del proceso de resocialización; pero el proyecto dispone 3 días de estudio o trabajo por dos de redención y que si en el centro carcelario no hay programas de rehabilitación social de estudio o de trabajo se presumirá de pleno derecho que el reo o el condenado ha cumplido con el programa de estudio, o sea, de gratis el combo”, puntualizó el Fiscal General de la Nación.
De esta manera el alto funcionario explicó que el hacinamiento carcelario no puede ser solucionado con base en proyectos de excarcelación masiva, porque se generarían más dificultades a la sociedad colombiana en la lucha contra el delito.
AMC/DLBM