El procesado, en septiembre de 2006, fue sentenciado y cumplió una condena por un hecho similar.  

La contundencia del material probatorio aportado por un fiscal adscrito a la Seccional Risaralda permitió que un juez de control de garantías en Pereira (Risaralda) impusiera medida de aseguramiento en centro carcelario a Williams López Jaramillo, presunto responsable de someter a vejámenes sexuales a tres menores de edad cuyas edades oscilan entre los 10 y 11 años.

La investigación liderada por el CTI evidenció que en febrero de 2022 el procesado habría instrumentalizado a un menor de edad para que le presentara a sus compañeros y amigos, de tal manera que luego los pudiera invitar a su casa, ubicada en el barrio Kennedy de Pereira para, al parecer, someterlos a vejámenes sexuales.

Información en poder del ente acusador permite establecer que el hombre les habría ofrecido dinero a las víctimas para que entraran a su residencia, y para que no contaran lo sucedido.

Funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación y de la Policía Nacional fueron los encargados de capturar a López Jaramillo en vía pública del barrio Corocito en Pereira.

La Fiscalía imputó al procesado los delitos de actos sexuales con menor de 14 años y uso de menores de edad para la comisión de delitos, cargos que fueron rechazados.

El ente acusador adelanta varias indagaciones para establecer la posible existencia de otras víctimas.

Esta información se publica por razones de interés general

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 

 

 

 

 

CLCG/MAGA/GRM/DSR

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.