Al interior del expediente se estableció que la víctima al escuchar los gritos de auxilio de su familiar forcejeó con el indiciado, quien le habría disparado en el pecho. 

La contundencia del material probatorio presentado por un fiscal seccional Vida, fue suficiente para que un juez dictara medida de aseguramiento intramural en contra de Luis Manuel Petro Pérez por el delitos de homicidio en concurso con hurto y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, todos agravados.

Los hechos materia de investigación se habrían presentado el 5 de septiembre en curso en la vereda El Pital, en el municipio de Chinú (Córdoba). Alrededor de las 3 de la tarde de ese día el imputado, en compañía de otra persona, presuntamente intimidaron a un ciudadano portando armas de fuego y le hurtaron 300 mil pesos.

En medio del suceso y tras los gritos de auxilio arribó José Francisco Guzmán, tío de la víctima de hurto, quien, en estado de indefensión forcejeó con el indiciado y éste no habría tenido reparo en dispararle en el pecho.

Aunque la víctima logró quitarle el arma de fuego al victimario, ésta fue recogida por el cómplice del hurto, quien huyó. Minutos después se capturó a Petro Pérez en flagrancia por la comunidad y entregado a las autoridades competentes. Se le incautó una motocicleta.

La víctima fue llevada hasta el hospital San Juan de Sahagún (Córdoba), donde falleció por la gravedad de la herida.

Aunque no se allanó a los cargos imputados, un juez promiscuo municipal de Chinú lo envió a prisión.

 

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.