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En
que consiste
El derecho de petición es el que toda persona tiene para presentar solicitudes ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de ellos una pronta solución sobre lo solicitado
Requisitos
Las peticiones escritas deberán contener, por lo menos:
- La designación de la autoridad a la que se dirige.
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, indicando los documentos de identidad y sus direcciones.
- El objeto de la petición.
- Las razones en que se apoya.
- La relación de documentos que se acompañan.
- La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si la petición se realiza en forma personal o por teléfono:
El funcionario encargado de recibir la queja se encargará de solicitar toda la información que se requiera para el trámite respectivo.
Dependencia que lo gestiona
Sección de Gestión Documenta – Grupo de Derechos de Petición
Cargo que lo resuelve
Jefe de Oficina/ Profesional Especializado (con funciones de coordinador) del área competente según el contenido de la petición.
Tiempo de resolución
- Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
- Diez (10) días para contestar peticiones de información.
- Treinta (30) días para contestar consultas.
Donde se realiza el trámite
SEDE |
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COBERTURA |
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DIRECCION |
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TELEFONO |
1. BOGOTA |
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Nivel Nacional |
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Diagonal 22 B No. 52-01 EdificioControl piso 2 |
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570 20 00 ext. 2389 |
LINEA TRANSPARENTE: 5 70 20 00Ext. 2389 |
Email derechosdepeticion@fiscalía.gov.co |
Horarios de atención
Bogotá: 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (jornada continua)
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Principales normas que regula el trámite
Constitución Política de Colombia Artículo 23.
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