DERECHO DE PETICIÓN  

En que consiste
El derecho de petición es el que toda persona tiene para presentar solicitudes ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de ellos una pronta solución sobre lo solicitado

Requisitos
Las peticiones escritas deberán contener, por lo menos:

  • La designación de la autoridad a la que se dirige.
  • Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, indicando los documentos de identidad y sus direcciones.
  • El objeto de la petición.
  • Las razones en que se apoya.
  • La relación de documentos que se acompañan.
  • La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si la petición se realiza en forma personal o por teléfono:
El funcionario encargado de recibir la queja se encargará de solicitar toda la información que se requiera para el trámite respectivo.

Dependencia que lo gestiona
Sección de Gestión Documenta – Grupo de Derechos de Petición

Cargo que lo resuelve
Jefe de Oficina/ Profesional Especializado (con funciones de coordinador) del área competente según el contenido de la petición.

Tiempo de resolución

  • Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
  • Diez (10) días para contestar peticiones de información.
  • Treinta (30) días para contestar consultas.

Donde se realiza el trámite

SEDE

 

COBERTURA

 

DIRECCION

 

TELEFONO

1. BOGOTA

 

Nivel Nacional

 

Diagonal 22 B No. 52-01 EdificioControl piso 2

 

570 20 00 ext. 2389

LINEA TRANSPARENTE: 5 70 20 00Ext. 2389

Email derechosdepeticion@fiscalía.gov.co

Horarios de atención
Bogotá: 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (jornada continua)

Principales normas que regula el trámite
Constitución Política de Colombia Artículo 23.