Trámite Muerte por Establecer

 

Recuerde que frente a cualquier tipo de fallecimiento en primera instancia  se debe informar al CAI  más cercano  de su ciudad o en su defecto al 112 de la Policía Nacional en Bogotá y 123 en las ciudades restantes del territorio nacional.. Es importante tener en cuenta que si la persona fallecida tenía antecedentes clínicos o médico tratante el familiar o doliente deberá remitirse a la EPS tratante o la Secretaria de Salud de su ciudad (en el evento que no cuente con EPS o no se encuentre afiliado a sistema general de salud); estas entidades valorarán el caso teniendo en cuenta la historia clínica, fórmulas médicas o estudios clínicos existentes y emitirán el certificado de defunción de la persona fallecida en los casos que sea procedente. Agotado el trámite anterior y si aún no ha obtenido el certificado de defunción de la persona fallecida debe hacer lo siguiente: Establecer comunicación con el Centro automático de despacho Policía Nacional CADE, teléfono 112 en Bogotá y 123 en las demás ciudades del país. Suministre la información requerida por los mismos con el fin de atender su caso. Una vez recibido el reporte el CAD envía una patrulla de la Policía de vigilancia con el fin de verificar el hecho, confirma al CAD y este realiza el respectivo reporte a la central de comunicaciones del CTI para que asigne servidores  de Policía Judicial y Fiscal que asumirán el caso. Una vez practicada la necropsia el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses emitirá el certificado de defunción para los trámites pertinentes.

Documentos necesarios para el trámite:

a- Documento de identidad de la persona fallecida (cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento en caso de menor y documentos de identidad de los padres del menor ).

b- Historia clínica, fórmulas médicas o estudios clínicos existentes.  

Dependencia a la que corresponde la coordinación administrativa del trámite al interior de la Fiscalía General de la Nación.

Dirección Seccional Cuerpo Técnico de Investigación Bogotá

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Servidores que resuelven este trámite al interior de la Fiscalía General de la Nación

Médicos judiciales, equipos de trabajo de Criminalística de campo

y peritos forenses del Instituto Nacional de Medicina Legal.

Horario de atención

Las veinticuatro horas del día durante todo el año

Horarios de atención
24 HORAS