Un fiscal de la Unidad Nacional Anticorrupción consideró procedente dejar vinculados a la investigación que se adelanta por las obras de transmilenio, tramo Autopista Norte, a Andrés Camargo Ardila y María Elvira de la Milagrosa Bolaño Vega, por su presunta responsabilidad en la celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
Así msimo, José Miguel Paz Vivero continúa vinculado a la instrucción por haber incurrido, presuntamente, en interés ilícito en la celebración de contrato.
El fiscal instructor consideró que tanto Camargo, director general del IDU entre 1998 y 2001, como Bolaño Vega, también vinculada al IDU, y Paz Vivero aunque pudieron incurrir en la comisión de un hecho doloso no requieren la imposición de medida de aseguramiento, pues su actitud durante la investigación se ha ajustado a las consideraciones de la Sentencia 774 de la Corte Constitucional (25 de julio de 2001) en el sentido de que no representan peligro social, ni pueden interferir en la recopliación probatoria, entre otros factores.
Igualmente, el fiscal en su providencia determinó precluir la investigación a Oscar Hernando Solórzano Piedrahíta y Alberto José Otoya Villegas, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, y a María Isabel Patiño Osorio, por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado culposo.
Sin embargo, la instrucción continúa por peculado culposo en contra de Alvaro Silva Fajardo, Solórzano Piedrahíta y Otoya Villegas, quienes tampoco serán afectados con medida de aseguramiento de acuerdo con lo indicado en la ya citada sentencia de la Corte Constitucional.