En
el nuevo sistema penal acusatorio el investigador de policía judicial podrá ser citado
como testigo de la Fiscalía en el juicio oral. Es decir, que su conocimiento del caso
será una de las herramientas del fiscal para demostrar la responsabilidad del acusado.
Esta
condición de investigador-testigo en el juicio oral, es una de las novedades más
importantes que plantea el nuevo sistema para la policía judicial.
De
su testimonio veraz, claro y preciso dependerá que los elementos materiales probatorios y
de evidencia física sean reconocidos y aceptados como pruebas. Lo anterior implica que
estos funcionarios serán los responsables de identificar, recoger, embalar técnicamente
y someter a cadena de custodia dichos elementos, con el fin de preservar la evidencia
física como elemento fundamental para lograr el éxito de la investigación.
Otra
de las responsabilidades que asume la policía judicial es la de recibir las denuncias,
querellas e informes que presente la ciudadanía y ejecutar las acciones necesarias que
requiera el caso.
En
la nueva dinámica que plantea el sistema, el investigador podrá adelantar en forma
inmediata acciones urgentes que antes requerían la presencia de un fiscal, como la
inspección de cadáveres, entrevistas para asegurar los elementos materiales de prueba y
de evidencia física y la inspección al lugar de los hechos.
Sobre
esas actuaciones y sus resultados, la policía judicial presentará, dentro de las 36
horas siguientes de conocido el caso, un informe al fiscal competente para que asuma la
dirección, coordinación y control de la investigación, sin perjuicio de las
comunicación inmediata que debe enviar a la Fiscalía General de la Nación para que sea
asignado un fiscal de conocimiento.
En
coordinación con la policía judicial, el fiscal del caso trazará el programa
metodológico para cada uno de los procesos de su conocimiento. Esa planeación permitirá
formular una o varias hipótesis sobre el caso y designar las tareas a seguir por cada
miembro del equipo de investigación.
La
policía judicial también será la encargada de realizar capturas en flagrancia y hacer
efectivas las órdenes de aprehensión autorizadas por el juez de garantías. También le
corresponderá adelantar allanamientos, seguimientos y labores de inteligencia, previa
aprobación de la autoridad competente, tendientes a lograr la identificación de los
responsables de hechos delictivos.
Capacitación
Actualmente,
con talleres de formación y actualización, la Fiscalía y demás entidades relacionadas
con el tema buscan fortalecer el factor humano que integra las diferentes policías
judiciales en el país.
La
capacitación está encaminada a reforzar el perfil del investigador que desarrollará
esas funciones a partir del primero de enero de 2005. Ese perfil está delineado por
componentes académicos e investigativos, que se complementan con la experiencia adquirida
por el funcionario durante el desarrollo de sus funciones.
El
componente académico busca que el miembro de la policía judicial aplique durante su
labor las normas constitucionales, procedimentales y legales vigentes, así como también
respete los derechos fundamentales de quienes intervienen en el proceso penal.
Por
su parte, el componente investigativo suministra conocimientos técnico - científicos a
los miembros de la policía judicial para desarrollar y adelantar adecuadamente una
investigación.
Fortalece
también las habilidades y destrezas operativas del funcionario, para que esté en
capacidad de garantizar la seguridad de los que intervienen en el proceso y la de él
mismo.
Estos
componentes resaltan también los aspectos y valores personales que deben caracterizar a
quienes cumplen esa función, como interés, compromiso, perseverancia, imparcialidad,
objetividad, lealtad y honestidad, entre otros.
Esos
elementos le permitirán a la policía judicial responder eficaz, eficiente y
oportunamente a las exigencias que plantea la puesta en marcha del nuevo sistema penal
acusatorio.