Boletín de Prensa No. 200

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ACUSADOS MÉDICOS EN CASO DE LIPOSUCCIÓN


Un fiscal seccional de Neiva revocó la preclusión de la investigación dictada a favor de los médicos Germán Ruiz Andrade y Absalón Aldana Granados, por su presunta responsabilidad en el delito de homicidio culposo, y en su lugar profirió resolución de acusación.

Al resolver el recurso de reposición interpuesto por los representantes de la parte civil, la Fiscalía considera que pese a que la principal causa de las muertes de las hermanas Nidia Patricia e Ingrid Catalina Alvarado Guzmán, luego de que se les practicara una liposucción, fue la insuficiencia respiratoria aguda por un embolismo graso masivo pulmonar, los médicos no estimaron la aparición de la embolia y en el momento de la emergencia no se encontraban en el centro médico. Para el fiscal instructor es claro que "los médicos son garantes de la integridad física de los pacientes antes, durante y después de las operaciones quirúrgicas."

Así mismo, la Fiscalía determinó que la clínica no contaba con los equipos técnicos adecuados para monitorear el estado de las jóvenes en la sala de recuperación y para atender la emergencia. También se estableció que el centro médico no cuenta con una Sala de Cuidados Intensivos. Además en la sala de recuperación siempre debe estar presente un médico anestesiólogo y el cirujano que intervino, pero en el caso de las hermanas Alvarado el cuerpo médico no se encontraba.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses dictaminó que si la clínica cuenta con equipos que permitan monitorear el grado de oxígeno en la sangre y el pulso, posiblemente se habría superado la emergencia de la insuficiencia respiratoria aguda.

Los hechos ocurrieron el 26 de enero de 2000, cuando las jóvenes se sometieron a una liposucción en la Cooperativa de Cirugía Ambulatoria Especializada Ltda de Neiva. Una vez las niñas Alvarado ingresan a la Sala de Recuperación, se quejan de dolor y posteriormente mueren.

La decisión de la Fiscalía se apoya en labores de verificación y en los dictámenes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.


Fuente de Información:Oficina de Divulgación y Prensa
Bogotá, D.C.,  23 de mayo  de 2003