La Fiscalía General de la Nación se permite informar a la opinión
pública en relación con la audiencia preparatoria del proceso por el homicidio del
periodista Jaime Hernando Garzón Forero, lo siguiente:
1. El día de hoy el
señor Juez de conocimiento decidió no tener competencia para conocer del caso por
considerar que el homicidio del periodista Jaime Garzón careció de los fines
terroristas, tal y como lo contemplan los numerales 8 y 10 del artículo 104 del Código
Penal.
2. La Fiscalía como
sujeto procesal discrepa de la decisión adoptada, solicitando en audiencia al señor juez
Penal del Circuito a quien corresponde conocer del caso aceptar el conflicto negativo de
competencia, para que sea la Corte Suprema de Justicia la instancia que decida ese
conflicto. La Fiscalía sustentó nuevamente la existencia de fundamentos jurídicos para
que los actos que costaron la vida al comunicador Garzón sean considerados con fines
terroristas.
3. La decisión
adoptada por el señor Juez de conocimiento no lleva implícita la libertad de los
procesados Juan Pablo Ortíz Agudelo y Edilberto Antonio Sierra Ayala, quienes fueron
acusados como autores material del homicidio del periodista Jaime Garzón Forero.