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Definición de Víctima

La víctima del conflicto armado

En el derecho comparado y en el contexto de un conflicto armado se entiende por víctima toda persona que haya padecido daño de manera individual o colectiva, entendiendo como tal lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida económica o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos, o violación grave al derecho internacional humanitario.

En la legislación interna, particularmente de conformidad con el artículo 5 de la ley 975 de 2005, “…se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual y/o auditiva), sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales. Los daños deberán ser consecuencia de acciones que hayan transgredido la legislación penal, realizadas por grupos armados organizados al margen de la ley."

La Honorable Corte Constitucional al pronunciarse sobre la exequibilidad del artículo precitado, precisó que la norma demandada viola el derecho a la igualdad y los derechos de acceso a la administración de justicia, al debido proceso y a un recurso judicial efectivo, en el sentido que excluye a los familiares que si bien es cierto no tienen primer grado de consanguinidad con la víctima directa, también lo es que pueden haber sufrido un daño real, concreto y específico con ocasión de las actividades delictivas de que trata la ley revisada y, por tanto, al demostrarlo, tienen derecho a que se les reconozca como víctimas para los efectos de la misma.

Con fundamento en lo anterior procedió a declarar exequibles por los cargos examinados los incisos segundo y quinto del artículo 5º, en el entendido que la presunción allí establecida no excluye como víctima a otros familiares que hubieren sufrido un daño como consecuencia de cualquier conducta violatoria de la ley penal cometida por miembros de grupos armados al margen de la ley.

En conclusión, según corresponda, también ha de tenerse como víctimas a los familiares más próximos, personas a cargo de la víctima directa y aquellas que hayan sufrido daño al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización.

Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario e interponer recursos y obtener reparaciones, aprobado por la Comisión de Derechos Humanos mediante Resolución 2005/35 del 19 de abril de 2005. Compilación de Instrumentos Internacionales, Doctrina y Jurisprudencia sobre Justicia, Verdad y Reparación, Fundación Social, Primera edición, 2005, página 230)



 


 
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