G A C E T A  D E L  C O N G R E S O

359

Bogotá, D. C., lunes 13  de junio de 2005

SENADO DE LA REPUBLICA

 

ACTAS DE COMISIÓN

 

HONORABLE SENADO
DE LA REPUBLICA

HONORABLE CÁMARA
DE REPRESENTANTES

COMISIONES PRIMERAS

 

ACTA NUMERO 07 DE 2005

Sesiones Conjuntas

Sesiones Ordinarias

Del 4 de abril de 2005
Cuatrienio 2002-2006

Legislatura 2003-2004 Segundo Período

En la ciudad de Bogotá, D. C., el día cuatro (4) de abril del dos mil cinco (2005), previa citación, se reunieron en el recinto del Senado Capitolio Nacional, los honorables Senadores miembros de la Comisión Primera del Senado y los honorables Representantes miembros de la Comisión Primera de la Cámara de Represen-tantes, con el fin de sesionar conjuntamente.

I

Llamado a lista y verificación
del quórum

La Presidencia de la sesión conjunta ejercida por el honorable Senador Mauricio Pimiento Barrera, indica a la Secretaría de la Comisión Primera del Senado, llamar a lista y contestaron los siguientes honorables Senadores:

Andrade Obando Carlos Hernando

Andrade Serrano Hernán

Blum de Barberi Claudia

Gerléin Echeverría Roberto

Gómez Gallo Luis Humberto

González Díaz Andrés

Pardo Rueda Rafael

Pimiento Barrera Mauricio

Trujillo García José Renán

Vargas Lleras Germán.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los honorables Senadores:

Holguín Sardi Carlos

Martínez Betancourt Oswaldo Darío

Navarro Wolff Antonio

Ramírez Pinzón Ciro.

La Presidencia solicita a la Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes proceder al llamado a lista y contestaron los honorables Representantes:

Almendra Velasco Lorenzo

Arboleda Palacio Oscar

Arcila Córdoba José Luis

Bravo Realpe Oscar

Camacho Weverberg Roberto

Elejalde Arbeláez Ramón

Enríquez Maya Eduardo

Giraldo Jorge Homero

Jozame Amar Tony

Martínez Rosales Rosmery

Montes Alvarez Reginaldo

Parody D’Echeona Gina María

Pedraza Ortega Telésforo

Tapasco Triviño Dixon Ferney

Torres Barrera Hernando

Varón Cotrino Germán

Velasco Chávez Luis Fernando.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los honorables Representantes:

Benedetti Villaneda Armando Alberto

Devia Arias Javier Ramiro

Flórez Rivera Jorge Luis

Gutiérrez Castañeda Nancy Patricia

Jaimes Ochoa Adalberto Enrique

López Dorado Oscar

Piedrahíta Cárdenas Carlos Arturo

Vélez Mesa William

Vives Pérez Joaquín José.

Dejaron de asistir con excusa los honorables Congresistas:

Cristo Bustos Juan Fernando

Gaviria Díaz Carlos

Rivera Salazar Rodrigo

Rojas Jiménez Héctor Helí

Uribe Escobar Mario

Amín Hernández Jaime Alejandro

Ceballos Arévalo Sandra

Díaz Matéus Iván

García Valencia Jesús Ignacio

Navas Talero Carlos Germán

Pinillos Abozaglo Clara Isabel

Rodríguez Sarmiento Milton Arlex

Silva Amín Zamir Eduardo.

Los textos de las excusas son los siguientes:

La excusa del Senador Mario Uribe Escobar, se encuentra transcrita en el Acta número 06

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Mauricio Pimiento Barrera

Presidente Comisión Primera

Honorable Senado de la República

Ciudad

Apreciado doctor:

Por la necesidad de estar presente en el departamento de Boyacá asistiendo a un Consejo de Gobierno, ruego disculpar mi inasistencia a la sesión programada para el día de hoy.

Cordial Saludo,

Firmado por,

Héctor Helí Rojas Jiménez,

Senador de la República.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

MAURICIO PIMIENTO

Presidente Comisión Primera de Senado

Ciudad

Respetado señor Presidente:

Comedidamente, me permito solicitarle se sirva excusar al Senador Carlos Gaviria Díaz por no asistir a la Sesión de la Comisión Conjunta que se realizará el día de hoy, toda vez que debido a compromisos adquiridos con anteriori-dad le fue imposible cancelar en la ciudad de Pereira.

Agradezco su amable y gentil colaboración.

Cordialmente,

Firmado por,

Beatriz Helena Ocampo Castro,

Asesora VI, honorable Senador

Carlos Gaviria Díaz.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

GUILLERMO LEON GIRALDO

Secretario General Comisión Primera

Senado de la República

Ciudad

Cordial saludo:

Por instrucciones del Senador Juan Fernando Cristo Bustos, me permito presentar excusa por la no asistencia a la sesión conjunta que se realizará en el día de hoy lunes 4 de abril del presente año por no encontrarse en la ciudad de Bogotá, D. C.

Atentamente,

Firmado por,

María Victoria Tapicha Acevedo,

Asistente UTL Senador

Juan Fernando Cristo.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

GUILLERMO LEON GIRALDO

Secretario Comisión Primera

Senado de la República

Despacho

Cordial saludo:

Con todo respeto ruego a usted excusar mi ausencia a la sesión de la Comisión Primera programada para el día 4 de abril del presente. Compromisos adquiridos con anterioridad, me impidieron estar presente en la citada sesión.

Por su valiosa colaboración anticipo mis sinceros agradecimientos.

Atentamente,

Firmado por,

Rodrigo Rivera Salazar,

Senador de la República.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Emiliano Rivera Bravo

Secretario Comisión Primera

Honorable Cámara de Representantes

La ciudad.

Respetado doctor Rivera:

Con el presente me permito comunicarle que debido a falla en la reserva del cupo, atraso y cancelación del vuelo, el doctor Jaime Amín no pudo llegar a la sesión conjunta programada para el día de hoy.

Sin otro particular,

Atentamente,

Firmado por,

César Augusto Domínguez Ardila,

Asesor honorable Representante,
Jaime Amín Hernández.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Señores

MESA DIRECTIVA

Comisión Primera Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciados señores:

Por instrucciones del Representante Milton Rodríguez Sarmiento, me permito presentar excusa por la no asistencia a la Comisión programada para el día de hoy. El motivo de esta es porque está asistiendo a la ciudad de Ibagué en el departamento del Tolima en una reunión programada con anterioridad.

Reciba un cordial saludo,

Firmado por,

Clara Inés Díaz Durán,

Asistente UTL.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

EMILIANO RIVERA

Secretario Comisión Primera

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciado doctor:

De manera atenta me permito solicitar a usted el favor de excusar al honorable Representante Jesús Ignacio García Valencia por no asistir el día de hoy a las comisiones conjuntas, pues por razones de transporte aéreo, le fue imposible desplazarse a esta ciudad.

Cordialmente,

Firmado por,

Omar Francisco Sánchez Vivas,

Asistente.

* * *

Bogota, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Mauricio Pimiento Barrera

Presidente Comisión Primera

Ciudad

Referencia: Sesión Conjunta Comisiones Primeras Senado y Cámara de Representantes lunes 4 de abril de 2005.

Apreciado doctor Pimiento:

Mediante la presente me permito solicitarle excusar mi ausencia a la sesión conjunta programada para el día de hoy a las 3:00 p. m. en el recinto del Senado, en consideración a que fui incapacitada por el término de diez (10) días contados a partir del 2 de abril de los corrientes por haber sufrido un esguince de cuello del pie, lo cual me imposibilita apoyarlo.

Por lo anterior, anexo incapacidad expedida por la Clínica de Marly.

Cordialmente,

Firmado por,

Sandra Ceballos Arévalo,

Representante a la Cámara.

Anexo:

Clínica de Marly S. A.

Fecha: 2 de abril de 2005

Paciente: Sandra Ceballos

H. C:         208191

Empresa: Colsánitas.

Tiempo:   Paciente incapacitado por 10 días por esguince cuello del pie 6 II, reposo, no apoyo.

* * *

Señor:

Secretario

Comision Primera de Camara

L. C.

Siendo las 4:00 p. m. de hoy lunes 4 de abril dejamos constancia, siguiendo el reglamento, que la sesión citada a las 3:00 p. m. aún no se ha iniciado, por lo cual y amparados en el reglamento dejamos esta constancia y nos retiramos del recinto.

Atentamente,

Honorables Representantes,

Germán Navas Talero, Lorenzo Almendra V.

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Emiliano Rivera Bravo

Secretario General Comisión Primera

Ciudad

Estimado doctor:

Por medio de la presente me permito excusar al honorable Representante Iván Díaz Matéus, por la inasistencia a la sesión conjunta de las comisiones programadas para el día de hoy debido a que le fue imposible viajar oportuna-mente.

Cordialmente,

Firmado por,

Sandra Ximena Gómez Fino,

Asistente.

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Emiliano Rivera Bravo

Secretario Comisión Primera Constitucional

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Respetado doctor:

Por instrucciones de la honorable Represen-tante a la Cámara, doctora Clara Pinillos, atentamente presento excusas a la sesión programada para el día de hoy lunes 4 de abril del presente año, debido a que la honorable Representante sufrió un accidente por lo tanto fue incapacitada.

Adjunto incapacidad médica soporte a esta excusa.

Por la atención que le merezca la presente, le quedaré altamente agradecida.

Cordialmente,

Firmado por,

Indira Lorena Rivera León,

Asistente honorable Representante
Clara Pinillos.

Anexo: Lo anunciado

El texto de la excusa médica es el siguiente:

Fecha: 2 de abril de 2005

Nombre: Clara Pinillos

Cédula de ciudadanía: número 21228793

R/Incapacidad para trabajar durante 3 (tres) días a partir de la fecha por síndrome vertiginoso secundario a trauma cráneo encefálico leve (T.C.E).

* * *

Bogotá, D. C., 4 de abril de 2005

Doctor

Hernando Torres Barrera

Presidente Comisión Primera

Cámara de Representantes

F. S. D.

Respetado señor Presidente:

Por instrucciones del honorable Represen-tante Zamir Silva Amín, respetuosamente me dirijo a usted, con el fin de presentar excusas en su nombre por la inasistencia a la sesión conjunta programada para el día de hoy por encontrarse en reunión de padres de familia en el colegio de una de sus hijas.

Cordialmente,

Firmado por,

Elizabeth C, de Gutiérrez,

Asistente honorable Representante

Zamir Silva Amín.

* * *

Dejó de asistir sin excusa el honorable Representante Cabana Jamette Orlando Mario.

La Secretaría de la Comisión Primera de Senado informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de Senado.

La Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de la honorable Cámara.

Siendo las 11:35 a. m. la Presidencia declara abierta la sesión, y solicita a la Secretaría dar lectura al Orden del Día:

ORDEN DEL DIA

día lunes 4 de abril de 2005

hora: 3:00 p.m.

Lugar: Recinto del Senado

I

Llamado a lista y verificación
del quórum

a) Comisión Primera del honorable Senado

b) Comisión Primera de la honorable Cámara de Representantes

II

Consideración y votación del Orden
del Día

III

Consideración y votación
del Acta número 06

IV

Consideración y votación de proyectos para primer debate

1. Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado 293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Acumulados los Proyecto de ley número 180 de 2004 Senado 288 de 2005 Cámara, por la cual se dictan normas sobre verdad, justicia, reparación, prevención, publicidad y memoria para el sometimiento de los grupos paramilitares que adelanten diálogos con el Gobierno. Proyecto de ley número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos desmovilizados en proceso de Paz, (Alternatividad Penal). Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Proyecto de ley número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara, por la cual se establecen las condiciones y procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte de grupos desmovilizados en los procesos de paz, Proyecto de ley número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, por la Paz y la Reconciliación Nacional, (Reparación y Rehabilitación), Proyecto de ley número 212 de 2005 Senado, 294 de 2005 Cámara, por medio de la cual se dictan disposiciones tendientes a la desmoviliza-ción de grupos armados y búsqueda de la reconciliación nacional, Proyecto de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, por la cual se expide la ley para la reconciliación nacional, y Proyecto de ley 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones sobre justi cia restaurativa para la reincorporación social de los miembros de los grupos armados al margen de la ley.

Autores:

Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, doctor Sabas Pretelt de la Vega, Ministro del Interior y de Justicia.

Proyecto de ley número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara, honorable Senadora Piedad Córdoba Ruiz.

Proyecto de ley número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, honorable Senador Carlos Moreno de Caro.

Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara honorables Senadores Rafael Pardo Rueda, Andrés González Díaz, Luis Fernando Velasco, Gina Parody, Wilson Borja, Gustavo Petro, Venus Albeiro Silva.

Proyecto de ley número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara honorable Senador Carlos Moreno de Caro.

Proyecto de ley número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, honorable Senador Ricardo Español Suárez.

Proyecto de ley número 212 de 2005 Senado, 294 de 2005 Cámara, honorables Representantes Armando Benedetti, Sandra Ceballos, William Vélez, Zulema Jattin, Carlos Ignacio Cuervo, Adriana Gutiérrez y Eduardo Crissien.

Proyecto de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, honorables Senadores: Leonor Serrano de Camargo, Luis Elmer Arenas, Javier Miguel Vargas, Luis Enrique Salas, Robert Quintero.

Proyecto de ley número 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, honorables Representantes Jesús Ignacio García, Barlahan Henao, Jorge Homero Giraldo, Clara Pinillos, Carlos Arturo Piedrahíta, Zamir Silva, Dixon Ferney Tapasco Triviño.

Ponentes primer debate:

Senado: honorables Senadores: Rafael Pardo Rueda, Mario Uribe Escobar (Coordinadores); Carlos Gaviria Díaz, Germán Vargas Lleras, Rodrigo Rivera Salazar, Claudia Blum de Barberi, José Renán Trujillo García, Luis Humberto Gómez Gallo y Ciro Ramírez Pinzón.

Cámara: honorables Representantes: Roberto Camacho (Coordinador), Javier Ramiro Devia Arias, Iván Díaz Matéus, José Luis Arcila, Gina María Parody, Germán Varón Cotrino, Armando Alberto Benedetti, Luis Fernando Velasco Chávez, Jesús Ignacio García Valencia, Jorge Homero Giraldo, Oscar Arboleda y Germán Navas Talero.

Publicación:                                                                               Proyecto de ley número 211de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Proyecto de ley número 180 de 2004 Gaceta del Congreso número 796 de 2004.

Proyecto de ley número 207 de 2005 Gaceta del Congreso número 19 de 2005.

Proyecto de ley número 208 de 2005 Gaceta del Congreso número 27de 2005.

Proyecto de ley número 209 de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Proyecto de ley número 210 de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Proyecto de ley número 212 de 2005 Gaceta del Congreso número 50 de 2005.

Proyecto de ley número 214 de 2005 Gaceta del Congreso número 52 de 2005.

Proyecto de ley número 287 de 2005 Cámara Gaceta del Congreso número 54 de 2005.

Ponencias primer debate:

Gaceta del Congreso número 74 de 2005.

Gaceta del Congreso número 77de 2005.

V

Negocios sustanciados
por la Presidencia

VI

Lo que propongan los honorables Senadores y Representantes

El Presidente, 

Mauricio Pimiento Barrera.

El Vicepresidente,         

Hernando Torres Barrera.

El Secretario Senado,

Guillermo León Giraldo Gil.

El Secretario Cámara,

Emiliano Rivera Bravo.

La Secretaría de la Comisión Primera del Senado informa que se ha registrado quórum decisorio.

La Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes informa que se ha registrado quórum decisorio.

La Presidencia cierra la discusión del Orden del Día y sometido a votación es aprobado por las Comisiones Primeras de Senado y Cámara en forma separada.

III

Consideración y votación
del Acta número 06

La Presidencia abre la discusión del Acta número 06 Sesiones Conjuntas, del día 30 de marzo de 2005, cerrada esta y sometida a votación es aprobada por las Comisiones Primeras de Senado y Cámara en forma separada con constancia del honorable Representante Telésforo Pedraza de no votar el acta por no haber estado en la sesión anterior.

IV

Consideración y votación de proyectos para primer debate

Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado 293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional.

Acumulados con los Proyectos de ley número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara, número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara, número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, número 212 de 2005 Senado, número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado.

Al respecto me permito informarle señor Presidente, que ya llevamos dos sesiones votando, se han aprobado los artículos del uno al 12, excepto el dos, el 10 y el 11; se han aprobado también los artículos 34, 35, del 36 al 60; en la última sesión se aprobaron cuatro artículos señor Presidente. Está rendido el informe respecto al articulado aprobado.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Rafael Pardo Rueda:

Gracias Presidente. La explicación que nosotros habíamos quedado de darles a las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, es una explicación sobre el procedimiento que está planteado en la ponencia que hemos presentado.

El procedimiento digamos tiene un inicio que yo voy a explicar, un inicio que consi ste en las condiciones que se deben dar al momento del acuerdo de paz para iniciar el proceso en el cual se entra por parte de las personas que sean beneficiarias de este procedimiento y al procedimiento especial contemplado en esta ley.

Nosotros planteamos y eso es el artículo 10, señor Presidente, el artículo 10 en el cual en el acuerdo de paz se establecen las siguientes condiciones:

Primero, que el grupo haya suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno; segundo, que el grupo haya cesado las hostilidades y todo ataque a la población civil, entre paréntesis curiosamente la propuesta del Gobierno en ese mismo sentido omite la cesación de hostilidades cuando es parte de la política del Gobierno; tercero, que se haya desmovilizado y dejado las armas en los términos que establece el Gobierno Nacional; cuarto, que hayan puesto en libertad a toda persona que hubieren retenido, ese punto de la retención de personas, Presidente, yo quisiera hacer un énfasis especial porque en la propuesta del Gobierno, esa no es una condición o sea no es una condición al grupo armado para hacer la paz y entrar a este procedimiento haber puesto en libertad a las personas que se han retenido.

Y de nuevo insisto en algo que ya mencioné el otro día y es que la Fundación Nueva Esperanza, tiene un listado muy completo de personas, 509 personas que han sido secuestradas por los grupos de autodefensa y sobre las cuales no hay ninguna respuesta a sus familiares; incluso Presidente, también tengo en mi poder y voy a dejarlo como constancia a la Secretaría, varias cartas de familiares de personas secuestradas en el Valle del Cauca por un grupo de autodefensas que se llama Bloque Calima, que el Gobierno en la desmovilización de ese Bloque Calima, no tramitó con ese bloque y las personas siguen secuestradas o no se sabe nada de su suerte y el Grupo Bloque Calima fue aceptado desmovilizarlo por parte del Gobierno.

Son esas personas unos deportistas, no sé si ustedes recuerdan un secuestro que se hizo a un grupo de parapentistas por parte de un grupo armando, bueno, ese grupo armado es el bloque Calima, fue aceptada su desmovilización y el Gobierno no inquirió absolutamente nada a juicio de los familiares sobre la suerte de estas personas.

Nosotros planteamos que una de las condiciones es que hayan puesto en libertad a todas las personas que hubieran retenido, otra que hayan entregado al Instituto de Bienestar Familiar, la totalidad de los menores de edad reclutados y que hagan parte de la organización, esas son las condiciones centrales que nosotros planteamos.

Como producto del acuerdo de paz debe el Gobierno recibir un listado de las personas que hacen parte del grupo, es lo mínimo que se puede pedir, es un grupo de personas que van a tener unos beneficios económicos, van a recibir un auxilio mensual y van también a recibir unos beneficios jurídicos, van a recibir si es del caso un indulto o un auto inhibitorio o una cesación de procedimiento o van a entrar en un procedimiento favorable y especial.

Por lo tanto se tiene que saber quiénes son las personas que hacen parte del grupo, ahí nosotros planteamos que debe haber una identificación de esas personas y un organigrama del grupo que incluye a las fechas de ingreso de los distintos miembros; eso no lo contempla la propuesta del Gobierno, cuando para recibir los beneficios se dice más adelante en el procedimiento mismo del Gobierno, que solamente se pueden recibir beneficios con ocasión de la pertenencia al grupo armado, pero nunca le preguntan al grupo armado cuándo ese fulano de tal ingresó a ese grupo; por lo tanto en nuestra propuesta sí está claro que deben estar las fechas de ingreso de los distintos miembros.

También deberá contener un inventario de las armas, municiones, explosivos, pistas de aterrizaje, vehículos de transporte y demás bienes muebles e inmuebles utilizados por el grupo en desarrollo de sus actividades delictivas.

Yo creo que eso es lo mínimo que se le puede pedir a un grupo armado y es que entregue al Gobierno los productos con los cuales realizó como grupo la actividad armada.

Lo mismo se plantea y esto es muy importante en términos de las víctimas, que el grupo armado deberá entregar al Gobierno la información que corresponda sobre los lugares en los cuales se hallen fosas comunes o cuerpos de personas desaparecidas o asesinadas; esto es fundamental como requisito de entrada a un proceso de beneficios jurídicos pues las víctimas reclaman muchas veces no tanto que se devuelvan a sus seres vivos porque posiblemente ya no están vivos sino que sepan dónde están los cadáveres.

Estamos planteando esos requisitos Presi-dente, eso está en el artículo 10 del planteamiento que nosotros hacemos, creemos que debe también el Gobierno y eso es para efecto simplemente de orientar la investigación, el Gobierno debe entregar a la Fiscalía un listado de los delitos presuntamente atribuidos al grupo con el cual hizo el acuerdo de paz, no con carácter de incriminación ni de indagación, sino con el propósito exclusivo de que la Fiscalía tenga un listado orientador de cuáles son los hechos delictivos que el Gobierno que es el responsable del orden público considera que son probablemente o supuestamente atribuidos al grupo con el cual hace la paz.

De ahí se pasa de ese listado que es un elemento inicial central, se pasa a la segunda parte del procedimiento, la segunda parte del procedimiento es que la Fiscalía, la unidad de Fiscalía que se crea para propósito de esta ley que se aprobó la semana anterior, esta unidad de Fiscalía realice una versión preliminar con todos los miembros del listado que suministra el grupo armado.

¿Por qué con todos los miembros del listado que suministra el grupo armado? Porque esencialmente ya la Fiscalía explicó el señor Vicefiscal que la Fiscalía viene haciendo eso en desarrollo de la Ley 782 aunque esta ley no contempla ese procedimiento porque la Fiscalía considera que es fundamental iniciar una investigación y para esa investigación requiere una versión preliminar.

Hoy la Fiscalía está solicitando versión preliminar a todos los miembros de grupos armados que se desmovilicen y nosotros planteamos como primer elemento de procedi-miento que se realice esa versión preliminar.

Después viene un cruce de caminos en el procedimiento, hay unas personas que van a ser procesadas en virtud de la Ley 782 que son aquellas sobre las cuales no pesa delito distinto que la pertenencia al grupo armado, que no tiene la Fiscalía información sobre actividades delictivas, que no tiene la Fiscalía ningún proceso pendiente por estas personas y que ellos recibirían el mecanismo contemplado en la 782 que es un auto inhibitorio o eventualmente un indulto como lo ha venido haciendo la Fiscalía para la gran mayoría de los miembros de grupos armados que se han desmovilizado en grupo o individualmente.

Para aquellos sobre los cuales la Fiscalía considere o porque tiene procesos en curso o porque tiene informaciones que le permitan suponer que esa persona puede eventualmente estar vinculada a conductas delictivas no contempladas en la Ley 782, la Fiscalía inicia ría un procedimiento que es el que se contempla en la propuesta que nosotros tenemos planteada en la ponencia alternativa.

Ahí viene un procedimiento que yo pediría señor Presidente que lo explicara el Senador Andrés González, que tiene que ver con el acceso a los beneficios de este procedimiento y tiene que ver con el requisito esencial de confesión y entrega de bienes ilícitos para acceder al procedimiento del cual se trata el planteamiento que nosotros tenemos.

Entonces yo le pediría señor Presidente, que le dé la palabra al Senador Andrés González, para que él explique esta parte de confesión de requisito de entrega de bienes ilícitos como mecanismo fundamental y crucial para la obtención de los beneficios.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Andrés González Díaz:

Gracias señor Presidente. De manera muy breve este ha sido un tema que hemos debatido en varias oportunidades y existen reflexiones y argumentos unos de tipo jurídico y de constitucionalidad y otros de tipo político en cuanto a la política de paz y de negociación, permítame referirme a los principales argumen-tos en materia jurídica.

Se dice que no es posible plantear la autoincriminación, que no es posible exigir a nadie que se vulnere un derecho fundamental, cual es el que le existe a todo ser humano de no declarar en contra de sí mismo y en contra de sus parientes más cercanos y esto en efecto así considerado corresponde a una visión exacta de ese derecho fundamental, lo que ocurre es que no se está planteando en ninguna parte de las propuestas aquí mencionadas el que se obligue a una persona a declarar contra sí misma o a autoincriminarse.

Lo que aquí se está ofreciendo es la confesión como una opción no como una obligación, repito la confesión es una opción que se les abre a las personas para que a su vez obtenga beneficios penales, no es una obligación, es más, una vez una persona hace uso de esa opción, de esa oportunidad, de esa posibilidad, incluso ya al interior de la confesión, de la diligencia pertinente, puede simplemente de cir yo respecto de mi conducta señalo la certeza de estos hechos, pero respecto de otros que no conozco pues no tengo nada que afirmar o nada que agregar.

De manera, repito, que una es la visión de quienes pretenden creer que se establece la confesión como una obligación y otra como una opción, que es como consideramos nosotros que debe plantearse; aquí se le está abriendo la puerta a un grupo de personas por un fin fundamental como es la paz, como es la reconciliación, como es lograr el desmantela-miento de unos grupos alzados en armas y para ese efecto se ofrecen unos beneficios penales, pero lo menos que puede exigir la sociedad es que esa persona sea leal y colabore con la administración de justicia y con la Nación, para el esclarecimiento de la verdad y para el esclarecimiento de aquellos hechos que resultan fundamentales en este proceso de desmantela-miento de los grupos alzados en armas.

De manera que quiero señalar que desde el punto de vista jurídico no se establece como una obligación, es un presupuesto dentro de una alternativa, pero una vez la persona libremente escoge esa alternativa, escoge esa puerta, uno de los presupuestos sí es la confesión que debe realizarse sin ningún apremio, sin ningún requerimiento, pero sí como un requisito que se señalará si la persona lo acogió o no lo acogió.

Y el segundo aspecto que habría que precisar son las consecuencias de esa conducta, en algunos de los artículos del proyecto del Gobierno se establece que si la persona (…) en adelante que resulta probado un delito, no pasaría nada porque simplemente basta con aceptar los cargos de nuevo y entraría dentro de las posibilidades de pena que están contempladas en la alternatividad.

Creo que este es un artículo cualquiera que fuere el resultado de los debates y de la votación el día de hoy que debe corregirse, no tiene ningún sentido, sería no solamente no reconocer la confesión sino desestimularla, sino establecer una patente de corso en esta materia y piensen ustedes lo que pasaría si una persona dice yo no tengo nada que confesar, simplemente reconozco que pertenezco a este grupo armado y mañana se comprueba y se establece que esa persona fue autor, dio la orden o propició una masacre y así se le condena; pues según lo que está planteado en este proyecto simplemente esa persona diría no pasa nada, yo acepto los cargos y entonces se beneficiaría de las alternativas penales que aquí se plantean. Eso no responde a ninguna lógica y le restaría no solamente juridicidad sino credibilidad al proyecto.

Yo invitaría a los señores ponentes más allá, lo que se pretende aquí es que resulte bien librada la Nación, que se corrijan situaciones como estas.

Quiero agregar como argumentos de autoridad no solamente una lectura diferente de la Sentencia C-776 de 2001 de la Corte Constitucional sobre el derecho a la no autoincriminación, el alcance de esa no autoincriminación, porque una cosa es plantear la confesión cuando se trata de agravar la situación de las personas y otra cosa es la concesión cuando es el tiquete de entrada a una situación de mayores beneficios penales, es totalmente diferente.

Por eso cuando aquí la confesión es uno de los presupuestos para recibir beneficios, es lo mínimo que se podría exigir para que esta política de paz tenga presentación ante el mundo, ante propios y extraños y frente al ordenamiento jurídico.

Yo agregaría como la Sentencia C-776 habla de los parámetros de reciprocidad, de los deberes y obligaciones que corresponden a los ciudadanos también en materia de justicia y encasaría perfectamente este tema de la colaboración con ese tipo de observaciones.

Así lo señala la Corte que de conformidad con la Constitución el sindicado desde luego no puede ser obligado a hablar, pero pueden darse circunstancias que agraven posteriormente su pena o que reflejen la autoría que esta pudiera tener dentro de la conducta punible, si luego se demuestra que una persona no ha sido leal con el Estado, con la Nación al entrar este proceso lo menos que pueden consagrarse son conse-cuencias serias de esa falta de lealtad con la justicia.

Y en segundo lugar voy a agregar como argumento de autoridad la misma opinión de las Naciones Unidas, a muchos de ustedes les habrá llegado quizás una reflexión del Comisionado de Naciones Unidas en estas materias que se refiere realmente al alcance que aquí se ha querido dar al tema de la confesión, pues bien, sobre esta reflexión el señor Frulin, precisamente comparte la importancia de que la confesión sea plena, de que sea una confesión leal, de que sea una confesión íntegra.

Desde luego que aquí tienen que jugar los principios de la buena fe, si una persona dice que participó en el embarque de una determinada cantidad de droga o en un genocidio, pues no tiene que reconocérsele todos los detalles, pero sí la buena fe de que diga si era uno de los partícipes de una de las masacres y de los delitos más graves si cuando menos participó o no participó en esta materia.

Y agrega de todas maneras el señor Frulin, que según lo estipulado en el pacto internacional de derechos civiles y políticos de la Convención Americana, toda persona tiene el derecho irrenunciable a que no se le obligue a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable.

Lo que en los instrumentos internacionales ya citados se enuncia es el derecho a no ser compelido a la aceptación de haber sido autor o participe en una conducta punible, este derecho no resulta lesionado cuando su titular confiesa voluntariamente, con coacciones físicas o psicológicas sean ellas directas o indirectas.

Se reconoce la libertad de la persona, aquí no se está obligando a nadie a que confiese, por el contrario se está diciendo quienes quieran entrar en este proceso de paz y es libre su decisión de entrar o no entrar, pero quienes así lo decidan tienen que colaborar y tienen que cuando menos decir lo mínimo para que se haga justicia.

De manera tal que sobre estas consideraciones señor Presidente, si esa versión libre, si esa confesión reúne unas mínimas condiciones, estas serían plenamente constitucionales como el actuar voluntariamente y sin apremio y reitero el argumento, es que aquí la confesión sería una opción, a nadie se le está obligando a que entre a este proceso, pero si entra, que contribuya y colabore con la administración de justicia.

Finalmente, desde el punto de vista de la política de paz, si nuestro propósito es lograr que haya un desmantelamiento de los grupos paramilitares, si nuestro propósito es que haya una desarticulación de ellos, si no obtenemos la información mínima sobre su estructura financiera, sobre cómo operan, sobre cómo ha sido su organización de poder, sobre cómo es la estructura de esos grupos organizados, bien difícil va a ser lograr un desmantelamiento y una desarticulación y bien difícil va a ser entonces que logremos una paz duradera.

De manera pues que bajo esas argumenta-ciones, unas de tipo jurídico y otras de tipo de política de paz consideramos fundamental que se preserve la figura de la confesión y no simplemente una figura de aceptación de cargos como está establecido en el proyecto que hoy se somete a consideración de ustedes, sino una ampliación de la misma sobre todo en cuanto a aquellas conductas en las cuales el Estado no tiene elementos de juicio, elementos procesales que permitan imputar y formular esos cargos.

Ha habido un avance en cuanto aquí los planteamientos se han hecho pero son insuficientes, es importante la figura de la aceptación de los cargos, pero resulta insuficiente la fórmula planteada por el Gobierno. Gracias señor Presidente.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Rafael Pardo Rueda:

Gracias Presidente. Sí, a partir de la confesión como ha explicado el Senador Andrés González, quisiéramos hacer una exposición sobre lo que tenemos contemplado en la ponencia como procedimiento que va a explicar la Representante Gina Parody, Presidente.

La Presidencia concede el uso de la palabra a la honorable Representante Gina María Parody D’Echeona:

Gracias Presidente. A ver Comisionado, escúcheme, porque si no vemos otra vez otro artículo en el que usted me cita, en el que pone cosas que yo no había dicho; sí porque es que creo que hubo un último artículo en el que ya el Senador González no sé si alcanzó a escuchar la explicación de por qué si se podía renunciar al derecho a la autoincriminación, pero no sé si además para concluir todo este tema jurídico el artículo 8° del nuevo Código de Procedimiento Penal que tiene el sistema acusatorio, que es el que hemos venido defendiendo establece que en defensa, me permito leer un parrafito, dice: En desarrollo de la actuación una vez adquirida la condición de imputado, este tendrá derecho en plena igualdad respecto del órgano de persecución penal en lo que aplica A.

B. No auto a incriminarse ni a incriminar a su cónyuge, es decir ahí se está estableciendo clarísimamente ese derecho constitucional de no autoincriminarse, pero al final establece que ese es uno de los dos derechos renunciables.

Así que el mismo Código de Procedimiento Penal ya está estableciendo clarísimamente que la autoincriminación puede ser renunciable, esto todo para señalar que aquí el tema de la confesión ya no es un tema de sistema jurídico porque cualquiera del que se esté hablando permite renunciar a este derecho, lo que no permite es que el Estado obligue a la persona a confesar y por medio de ello obtenga beneficios; es decir, si la persona decide no confesar lo que pasa es que tiene derecho a un juicio con todas las garantías, con una defensa técnica y con todas las garantías que impone el debido proceso.

Si confiesa, entonces tendrá los beneficios que este proyecto plantea, así que la decisión aquí es política, si queremos o no queremos conocer la verdad; si no queremos conocer la verdad y queremos limitar esa verdad a lo que nos van a decir estos criminales que ha cometido delitos de lesa humanidad, lo que tenemos que hacer es aceptarles otro procedimiento o al mismo tiempo aceptar que solo se tendrá una aceptación de cargos por parte de ellos y tendríamos que hacer una revisión de las masacres que hemos tenido en Colombia en los últimos tiempos, por ejemplo la del Chengue, en donde los dos únicos implicados ya fueron absueltos por supuesto por un juzgado de Sincelejo.

Así que si limitáramos esto a la aceptación de cargos de quienes han cometido delitos de lesa humanidad, la única verdad que se conocería en Colombia sería o de quienes han cometido delitos de lesa humanidad o de lo que hoy pueda tener la Unidad de Investigación de Derechos Humanos de la Fiscalía.

A esto es a lo que se va a reducir la verdad si tuviéramos esto, pero además quiero decir por qué sería tan inconveniente la aceptación de cargos, porque el proyecto propuesto por la ponencia de base establece en su artículo 21 inciso segundo y en el artículo 25 dos puntos que van claramente en contra de esto que ha señalado el Comisionado Luis Carlos Restrepo.