G A C E T A  D E L  C O N G R E S O

200

Bogotá, D. C., viernes 22 de abril de 2005

SENADO DE LA REPÚBLICA

 

ACTAS DE COMISIÓN

 

HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES

Comisiones Primeras

ACTA NUMERO 01 DE 2005

(marzo 8)

Sesiones Extraordinarias

Cuatrienio 2002-2006 - Legislatura 2003-2004

Sesiones Conjuntas

En la ciudad de Bogotá, D. C., el día ocho (8) de marzo de dos mil cinco (2005), previa citación, se reunieron en el recinto del Senado, los honorables Senadores miembros de la Comisión Primera del Senado y los honorables Representantes miembros de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, con el fin de sesionar conjuntamente conforme a las Resoluciones números: 129 de 2005 Senado, 0228 y 0240 de 2005 Cámara, 07 y 09 de 2005 Comisión Primera Senado, 001 de 2005 Comisión Primera Cámara.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

La Presidencia de la Sesión Conjunta ejercida por el honorable Senador Mauricio Pimiento Barrera, indica a la Secretaría de la Comisión Primera del Senado, llamar a lista y contestaron los siguientes honorables Senadores:

Blum de Barberi Claudia

Gerléin Echeverría Roberto

Martínez Betancourt Oswaldo Darío

Pimiento Barrera Mauricio

Rojas Jiménez Héctor Helí

Trujillo García José Renán

Uribe Escobar Mario.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los honorables Senadores:

Andrade Obando Carlos Hernando

Andrade Serrano Hernán

Cristo Bustos Juan Fernando

Gaviria Díaz Carlos

Gómez Gallo Luis Humberto

González Díaz Andrés

Holguín Sardi Carlos

Navarro Wolff Antonio

Pardo Rueda Rafael

Ramírez Pinzón Ciro

Rivera Salazar Rodrigo

Vargas Lleras Germán.

La Presidencia solicita a la Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes proceder al llamado a lista.

Contestaron los honorables Representantes:

Almendra Velazco Lorenzo

Arboleda Palacio Oscar

Benedetti Villaneda Armando Alberto

Bravo Realpe Oscar Fernando

Cabana Jamette Orlando Mario

Enríquez Maya Eduardo

Henao Hoyos Barlahán

López Dorado Oscar

Martínez Quiroga Jairo

Montes Alvarez Reginaldo

Piedrahíta Cárdenas Carlos Arturo

Silva Amín Zamir Eduardo

Tapasco Triviño Dixon Ferney

Torres Barrera Hernando

Vives Pérez Joaquín José.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los honorables Representantes:

Amín Hernández Jaime Alejandro

Arcila Córdoba José Luis

Camacho Weverberg Roberto

Devia Arias Javier Ramiro

Díaz Matéus Iván

Flórez Rivera José Luis

García Valencia Jesús Ignacio

Giraldo Jorge Homero

Gutiérrez Castañeda Nancy Patricia

Jaimes Ochoa Adalberto Enrique

Jozame Amar Tony

Navas Talero Carlos Germán

Parody D’Echeona Gina María

Pinillos Abozaglo Clara Isabel

Rodríguez Sarmiento Milton Arlex

Barón Cotrino Germán A.

Velasco Chávez Luis Fernando

Vélez Mesa William.

Dejaron de asistir con excusa los honorables Congresistas:

Ceballos Arévalo Sandra

Martínez Rosales Rosmery.

Los textos de las excusas son los siguientes:

Bogotá, D. C., marzo 7 de 2005                                    SC-MPNC-088

Doctor

HERNANDO TORRES BARRERA

Presidente Comisión Primera Cámara

Bogotá, D. C.

Apreciado doctor Barrera:

De manera atenta me permito presentarle excusa por la ausencia en la sesión extraordinaria para discusión y votación del Proyecto de ley número 35 de 2004 Cámara, Acumulado 083 de 2004 y 086 de 2004 Cámara y la sesión conjunta para discusión del Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, programadas para el día de mañana martes 8 de marzo de 2005 a las 10:00 a. m., en consideración a que debo asistir al Foro Conmemorativo del Día de la Mujer, presidido por la doctora Zulema Jattin Corrales, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Ibagué.

Por lo anterior, me permito anexar la proposición que autoriza dicho evento, la cual fue presentada por la Representante a la Cámara Rosmery Martínez y aprobada en plenaria el día 15 de diciembre de 2005.

Agradezco su acostumbrada colaboración.

Sandra Ceballos Arévalo,

Representante a la Cámara.

Anexo: Lo anunciado.

* * *

Bogotá, D. C., marzo 7 de 2005                                    SC-MPNC-089

Doctor

MAURICIO PIMIENTO BARRERA

Presidente Comisión Primera Senado

Bogotá, D. C.

Apreciado doctor Pimiento:

De manera atenta me permito presentarle excusas por la ausencia en la sesión conjunta a celebrarse el día de mañana martes 8 de marzo de 2005 a las 10:00 a. m., en consideración a que debo asistir al Foro Conmemorativo del Día de la Mujer presidido por la doctora Zulema Jattin Corrales, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Ibagué.

Por lo anterior, me permito anexar la proposición que autoriza dicho evento, la cual fue presentada por la Representante a la Cámara Rosmery Martínez y aprobada en plenaria el día 15 de diciembre de 2005.

Agradezco su acostumbrada colaboración.

Firmado por:

Sandra Ceballos Arévalo,

Representante a la Cámara.

Anexo: Lo anunciado.

Proposición

Con ocasión de la celebración del Día Internacional de la Mujer, autorícese la realización de un foro el día martes 8 de marzo de 2005, en la ciudad de Ibagué, el cual será presidido por la doctora Zulema Jattín Corrales Presidente de la Cámara de Representantes, con transmisión en directo o diferido por el canal institucional.

Invítese para que participe en dicho Foro a la Directora de la Oficina de Equidad para la mujer y comuníquese a los medios de comunicación para su cubrimiento.

Bogotá, D. C., diciembre 14 de 2004

Rosmery Martínez Rosales,

Representante a la Cámara.

* * *

Bogotá, D. C., marzo 3 de 2005

Doctor

EMILIANO RIVERA BRAVO

Secretario General

Comisión Primera

Cámara de Representantes

Respetado doctor:

Tengo el gusto de dirigirme a su Despacho para desearle éxitos en el desempeño de sus delicadas e importantes funciones.

Con la presente de manera respetuosa y atendiendo la citación realizada por la Mesa Directiva de esa célula legislativa para el próximo martes 8 de marzo de 2005, me permito comunicarle que con ocasión del Día Internacional de la Mujer la plenaria de la Corporación aprobó la proposición presentada por la suscrita (anexo a la presente), para la realización de un foro conmemorativo en esa misma fecha en la ciudad de Ibagué.

Por ello me permito excusar de asistir a esta sesión a las Representantes que a continuación relaciono, quienes serán panelistas para tal evento:

Sandra Rocío Ceballos Arévalo

Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda

Clara Isabel Pinillos Abozaglo

Rosmery Martínez Rosales

Agradezco su atención, la colaboración al respecto y aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.

Muy Cordialmente,

Firmado por:

Rosmery Martínez Rosales,

Representante a la Cámara.

C. C.   Doctor Hernando Torres Barrera

         Presidente de la Comisión Primera Constitucional.

Anexo: Lo anunciado

* * *

Proposición

Con ocasión de la celebración del Día Internacional de la Mujer, autorícese la realización de un foro el día martes 8 de marzo de 2005, en la ciudad de Ibagué, el cual será presidido por la doctora Zulema Jattin Corrales Presidente de la Cámara de Representantes, con transmisión en directo o diferido por el canal institucional.

Invítese para que participe en dicho Foro a la Directora de la Oficina de Equidad para la mujer y comuníquese a los medios de comunicación para su cubrimiento.

Bogotá, D. C., diciembre 14 de 2004

Rosmery Martínez Rosales,

Representante a la Cámara.

La Secretaría de la Comisión Primera de Senado informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de Senado.

La Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara, informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de la honorable Cáma ra.

Siendo las 11:10 a.m. la Presidencia declara abierta la sesión, y solicita a la Secretaría dar lectura al Orden del Día:

ORDEN DEL DIA

Día martes 8 de marzo de 2005

hora: 10:00 a.m.

Sesión Conjunta

Sesiones Extraordinarias

I

Llamado a lista y verificación del quórum

Comisión Primera del honorable Senado

Comisión Primera de la honorable Cámara de Representantes

II

Consideración y votación del Orden del Día

III

Lectura de ponencias y consideración
de proyectos para primer debate

1. Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Acumulados el Proyecto de ley número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara, por la cual se dictan normas sobre verdad, justicia, reparación, prevención, publicidad y memoria para el sometimiento de los grupos paramilitares que adelanten diálogos con el Gobierno. Proyecto de ley número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos desmovilizados en proceso de Paz (Alternatividad Penal). Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporació n de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional. Proyecto de ley número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara, por la cual se establecen las condiciones y procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte de grupos desmovilizados en los procesos de paz. Proyecto de ley número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, por la paz y la reconciliación nacional (Reparación y Rehabilitación). Proyecto de ley número 212 de 2005 Senado, por medio de la cual se dictan disposiciones tendientes a la desmovilización de grupos armados y búsqueda de la reconciliación nacional. Proyecto de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, por la cual se expide la ley para la reconciliación nacional y Proyecto de ley 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones sobre justicia restaurativa para la reincorporación social de los miembros de los grupos armados al margen de la ley.

Autor: Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, doctor Sabas Pretelt de la Vega, Ministro del Interior y de Justicia.

Proyecto de ley 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara, honorable Senadora Piedad Córdoba Ruiz.

Proyecto de ley 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, honorable Senador Carlos Moreno de Caro.

Proyecto de ley 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, honorables Senadores Rafael Pardo Rueda, Andrés González Díaz, Luis Fernando Velazco, Gina Parody, Wilson Borja, Gustavo Petro, Venus Albeiro Silva.

Proyecto de ley 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara, honorable Senador Carlos Moreno de Caro.

Proyecto de ley 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, honorable Senador Ricardo Español Suárez.

Proyecto de ley 212 de 2005 Senado, 294 de 2005 Cámara, honorables Representantes Armando Benedetti, Sandra Ceballos, William Vélez, Zulema Jattin, Carlos Ignacio Cuervos, Adriana Gutiérrez y Eduardo Crissien.

Proyecto de ley 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, honorables Senadores Leonor Serrano de Camargo, Luis Elmer Arenas, Javier Miguel Vargas, Luis Enrique Salas, Robert Quintero.

Proyecto de ley 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, honorables Representantes Jesús Ignacio García, Barlahán Henao, Jorge Homero Giraldo, Clara Pinillos, Carlos Arturo Piedrahíta, Zamir Silva, Dixon Ferney Tapasco Triviño.

Ponentes primer debate:

Senado: honorables Senadores Rafael Pardo Rueda (Coordinador), Mario Uribe Escobar (Coordinador), Carlos Gaviria Díaz, Germán Vargas Lleras, Rodrigo Rivera Salazar, Claudia Blum de Barberi, José Renán Trujillo García, Luis Humberto Gómez Gallo y Ciro Ramírez Pinzón.

Cámara: honorables Representantes Roberto Camacho (Coordinador), Javier Ramiro Devia Arias, Iván Díaz Matéus, José Luis Arcila, Gina Maria Parody, Germán Varón Cotrino, Armando Alberto Benedetti, Luis Fernando Velasco Chávez, Jesús Ignacio García Valencia, Jorge Homero Giraldo, Oscar Arboleda y Germán Navas Talero.

Publicación:

Ley 211 de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Proyecto de ley 180 de 2004 Gaceta del Congreso número 796 de 2004.

Proyecto de ley 207 de 2005 Gaceta del Congreso número 19 de 2005.

Proyecto de ley 208 de 2005 Gaceta del Congreso número 27 de 2005.

Proyecto de ley 209 de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Ley 210 de 2005 Gaceta del Congreso número 43 de 2005.

Ley 212 de 2005 Gaceta del Congreso número 50 de 2005.

Ley 214 de 2005 Gaceta del Congreso número 52 de 2005.

Ley 287 de 2005 Cámara, Gaceta del Congreso número 54 de 2005.

Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso del Congreso número 74 de 2005 y 77 de 200 5.

I V

Negocios sustanciados por la Presidencia

V

Lo que propongan los honorables Senadores

El Presidente,

MAURICIO PIMIENTO BARRERA

El Vicepresidente,

HERNANDO TORRES BARRERA

Los Secretarios,

GUILLERMO LEON GIRALDO GIL

Senado.

EMILIANO RIVERA BRAVO

Cámara.

La Presidencia cierra la discusión del Orden del Día e informa que cuando se registre quórum decisorio en ambas Comisiones se someterá a votación.

III

Lectura de ponencias
y consideración de proyectos para primer debate

Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Acumulados con los Proyecto de ley: Número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara; número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara; número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara; número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara; número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara; número 212 de 2005 Senado; número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara; 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado.

Por instrucciones de la Presidencia la Secretaria da lectura a los Decretos números 225 y 300 de 2005, por medio de los cuales se convoca a sesiones extraordinarias al Congreso de la República, al igual que del Mensaje de Urgencia enviado por el Ejecutivo para el estudio del Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado 293 de 2005 Cámara y demás proyectos relacionados con el tema.

DECRETO NUMERO 225 DE 2005

(febrero 1º)

por el cual se convoca al Congreso de la República
a sesiones extraordinarias.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Gobierno en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias;

Que en el Congreso de la República cursan los Proyectos de ley acumulados 006 y 007 de 2003 y 262 de 2004 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;

Que en el Congreso de la República cursa el Proyecto de ley número 014 de 2003 Cámara acumulado con el Proyecto de ley número 037 de 2003 Cámara, por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos;

Que el Gobierno presentará al honorable Congreso de la República los proyectos de ley:

Por la cual se establecen normas para normalizar la cartera del Estado y se dictan otras disposiciones.

Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional;

Que en razón de que el período de sesiones legislativo ordinario se inicia el 16 de marzo de 2005, es imperiosa la convocatoria de sesiones extraordinarias antes del comienzo del mismo, con el objeto de que el honorable Congreso de la República se ocupare exclusivamente de los asuntos que el Gobierno someta a su consideración,

DECRETA:

Artículo 1º. Convócase al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias por los días 15 de febrero al 15 de marzo de 2005.

Artículo 2º. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, el honorable Congreso de la República se ocupará exclusivamente de los siguientes asuntos:

1. Considerar y aprobar las siguientes actas del honorable Senado de la República:

NUMERO DEL ACTA                                        FECHA

28                                                                   Diciembre 14 de 2004

2. Considerar y aprobar las siguientes actas de la honorable Cámara de Representantes:

NUMERO DEL ACTA                                         FECHA

149                                                                 Noviembre 30 de 2004

154                                                                 Diciembre 14 de 2004

3. Considerar y aprobar las siguientes actas de la honorable Cámara de Representantes:

NUMEROS DEL ACTA                                      FECHA

23 y 24 de la Comisión Primera de Cámara           Octubre 21 y 22 de 2004

4. Considerar y dar trámite legislativo de los siguientes proyectos de ley:

4.1 Por la cual se establecen normas para normalizar la cartera del Estado y se dictan otras disposiciones.

4.2 Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional.

5. Culminar el trámite legislativo de los proyectos de ley:

5.1 Proyecto de ley número 014 de 2003 Cámara, Acumulado con el Proyecto de ley número 037 de 2003 Cámara, por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.

5.2 Proyectos de ley acumulados 006 y 007 de 2003 y 262 de 2004 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

(Sin firma).

* * *

DECRETO NUMERO 300 DE 2005

(febrero 11)

por el cual se modifica el Decreto número 225 de 2005.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que en el Congreso de la República cursan los Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;

Que el Gobierno presentó al honorable Congreso de la República el Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional;

Que se han radicado en el Congreso de la República los Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005 Senado, 209 de 2005 Senado, 210 de 2005 Senado, relacionados con los procesos de paz,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícanse los numerales 1, 2 y 3 del artículo 2º del Decreto 225 de 2005.

1. Considerar y aprobar las actas del honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:

NUMERO DEL ACTA                                           FECHA

                    4                                           Agosto 10 de 2004

                    8                                           Septiembre 1º de 2004

                    9                                           Septiembre 7 de 2004

                  10                                           Septiembre 8 de 2004

                  13                                           Septiembre 28 de 2004

                  15                                           Octubre 19 de 2004

                  16                                           Octubre 20 de 2004

                  17                                           Octubre 26 de 2004

                  18                                           Noviembre 2 de 2004

                  19                                           Noviembre 9 de 2004

                  20                                           Noviembre 10 de 2004

                  21                                           Noviembre 16 de 2004

                  22                                            Noviembre 23 de 2004

                  23                                           Noviembre 24 de 2004

                  24                                           Noviembre 30 de 2004

                  25                                           Diciembre 1º de 2004

                  26                                           Diciembre 6 de 2004

                  27                                           Diciembre 13 de 2004

                  28                                           Diciembre 14 de 2004

                  29                                           Diciembre 15 de 2004

                  30                                           Diciembre 16 de 2004

2. Considerar y aprobar las actas de la honorable Cámara de Representantes que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:

NUMERO DEL ACTA                                           FECHA

                 148                                           Noviembre 24 de 2004

                 149                                           Noviembre 30 de 2004

                 153                                           Diciembre 13 de 2004

                 154                                           Diciembre 14 de 2004

3. Considerar y aprobar las actas de las Comisiones Primeras Constitucionales de la honorable Cámara de Representantes y el honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:

NUMERO DEL ACTA                                           FECHA

43 y 44 de la Comisión Primera de Cámara               Junio 3 y 4 de 2004

21 y 22 de la Comisión Primera de Cámara               Octubre 19 y 20 de                                      2004

23 y 24 de la Comisión Primera de Cámara               Octubre 21 y 22 de                                      2004

Artículo 2º. Modifícase el numeral 52 del artículo 2º del Decreto 225 de 2005 que quedará así:

52 Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara, por la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Artículo 2º. Modifícase el numeral 42 del artículo 2º del Decreto 225 de 2005 que quedará así:

42 Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, al cual se le podrán acumular los Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005 Senado, 209 de 2005 Senado y 210 de 2005 Senado, y los proyectos de ley de iniciativa gubernamental o parlamentaria que sobre el mismo tema se hayan radicado o se radiquen en el Congreso de la República, siempre que constitucional y legalmente sea procedente.

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de febrero de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Sabas Pretelt de la Vega.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Muy bien, antes de iniciar el debate quiero establecer el orden con que se adelantará la discusión de las ponencias que han sido oportunamente radicadas. Con fundamento en el artículo 171 se iniciará la discusión con la ponencia radicada en primer orden que será la base para el debate.

En consecuencia tomarán la palabra en primer lugar los coordinadores de esa ponencia y luego los ponentes que la sustentan. Y en segundo término harán lo propio los coordinadores de la segunda ponencia radicada para que luego lo acompañen en su sustentación los ponentes suscriptores de ese segundo informe.

Con ese orden iniciaremos en el día de hoy este debate general.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:

Gracias señor Presidente. Antes de leer la proposición que habíamos anunciado con su apoyo en la semana pasada en las audiencias de participación ciudadana, permítame hacer dos pequeñas observaciones por cierto muy respetuosas con respecto a las ponencias, que creo que son absolutamente necesarias hacerlas para efectos de que si es posible se puedan corregir dos elementales vicios de procedimiento en que se ha incurrido, salvo mejor criterio.

La ponencia que firman en el Senado de la República como coordinadores el Senador Mario Uribe y otros, y en la Cámara de Representantes Roberto Camacho, establece una acumulación de todos los proyectos que se radicaron sobre este tema, ahí está incluida la acumulación del Proyecto número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara.

Ese proyecto fue presentado por los Senadores Rafael Pardo, Andrés González, Representantes Luis Fernando Velasco, Gina Parody, Wilson Borja, Gustavo Petro, Venus Albeiro Silva. Me parece que es incorrecto acumular un proyecto que tiene ponencia separada y que tiene articulado separado y tiene pliego de modificaciones aparte.

A mí me parece que esa acumulación no es correcta debió excluirse este proyecto de ley porque los autores han decidido sustentar su ponencia en forma aparte y creo que ya está publicada la correspondiente ponencia.

Y segunda observación, también muy comedida y respetuosa. La Ley 5ª de 1992 establece que los ponentes que son los encargados de decretar la acumulación o rechazarla deben expresar las razones por las cuales se acumulan o no se acumulan los proyectos, y leyendo la ponencia publicada en la Gaceta número 74, yo no encuentro las razones que tuvieron los ponentes para decretar la acumulación.

Dejo por lo menos esa constancia de esos dos aspectos de procedimiento para ver si es posible que los corrijan si a bien tienen los señores ponentes.

La proposición dice así:

Proposición

Invítese para la sesión del día de mañana 9 de marzo de 2005, para que expresen sus opiniones sobre el proyecto de ley de justicia y paz a las siguientes personas.

1. Presidente Corte Suprema de Justicia.

2. Presidente Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

3. Fiscal General de la Nación.

4. Procurador General de la Nación.

5. Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.

6. Presidente Academia de Jurisprudencia.

7. Presidente Colegio de Abogados de Bogotá.

8. Presidente Comisión Andina de Juristas.

9. Presidenta o similar de la Asociación de las víctimas de la violencia y del secuestro.

10. Presidente de la Conferencia Epicospal.

11. Presidente de la Asociación de gobernadores y alcaldes.

12. Vocero autorizado por las autodefensas desmovilizadas.

13. Fundación Nueva Esperanza, Presidente Gustavo Adolfo Muñoz.

14. Vocero de la Fundación u organización Planeta Paz, Mario Giraldo y por último, la Asociación de Militares retirados que preside el ex General Rafael Samudio.

Yo creo que sobra pues hacer una argumentación sobre la necesidad de oír a estos importantes altos funcionarios del Estado y ciudadanos de la vida colombiana, no estamos frente a un proyectico, ni a un articulito, estamos frente a un proyecto de unas dimensiones insospechadas y creo que es más, más que necesario insisto, oír a esta gente que tiene mucho que decir sobre estos proyectos por lo que extraoficialmente hemos tenido la oportunidad de apreciar algunas declaraciones en algunos medios de comunicación, en un tema que modifica toda una teoría penal, creo que la presencia y la voz del Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia es indispensable.

Lo mismo que el Procurador General de la Nación entre otros como representante de la sociedad, Fiscal General de la Nación, pues ni más faltaba, yo creo que las comisiones primeras vamos a obrar con seriedad, absoluta responsabilidad, con carácter, con transparencia frente a este tema, pero es pertinente, disipar dudas, tener tranquilidad de conciencia, escuchando a todas estas personas.

No interfiere el trámite del proyecto en absoluto como usted lo ha decidido señor Presidente y yo creo que es correcta su determinación, el debate se inicia en el día de hoy con la lectura de las ponencias, la sustentación de las mismas por parte de los ponentes, posteriormente intervendremos quienes consideremos necesario hacerlo y en el día de mañana continuará el debate y antes de votar el articulado del proyecto habremos escuchado oportunamente a estos ciudadanos que me permito invitarlos a través de esta proposición.

Yo l e ruego entonces a los señores Congresistas, miembros de las Comisiones Primeras se sirvan impartirle su aprobación. Gracias.

La Secretaría, tanto de la Comisión Primera del Senado como de la Comisión Primera de Cámara, informa que se ha constituido quórum decisorio en cada una de las células legislativas.

La Presidencia abre la discusión del Orden del Día, cerrado este y sometido a votación es aprobado por las Comisiones Primeras de Senado y Cámara en forma separada.

La Presidencia abre la discusión de la proposición leída por el honorable Senador Darío Martínez y concede el uso de la palabra al honorable Senador José Renán Trujillo García:

Gracias señor Presidente. Quisiera plantearle al Senador Darío Martínez lo siguiente, observo que en su invitación, incluye una serie de entidades vinculadas con el tema del secuestro, si a usted le parece bien señor Senador le solicitaría que incluyéramos la invitación para que se haga presente el señor Vicepresidente de la República en razón a que en el curso del debate y en la exposición que haré como miembro integrante del equipo de ponentes, voy a plantear la inclusión de cuatro artículos vinculados con el tema del acuerdo humanitario en Colombia. Por esa razón si usted me acepta señor Senador que quede incluido el señor Vicepresidente en esta invitación.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Rafael Pardo Rueda:

Yo creo que está muy bien planteada la proposición del Senador Darío Martínez, pero yo quería hacerle una sugerencia para no tener sorpresas, usted dice un miembro desmovilizado de las autodefensas, aquí ya tuvimos una sorpresa con un mico que se metió una vez que n o es su intención en la cual se hizo una proposición de invitar a unas personas y aparecieron los señores jefes de las autodefensas aquí en el Congreso.

Esa no es su idea, pero es como vienen diciendo que el señor Mancuso ya está desmovilizado entonces me parece por lo menos si eso es así yo no aprobaría esa proposición, sí que se nos diga exactamente quién es la persona que va a venir como persona desmovilizada de las autodefensas para saber quién es y cómo es, porque yo creo que usted no quiere tampoco lo que yo estoy planteando Senador Martínez.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:

Presidente, yo dejo a su criterio porque usted conoce más esos terrenos que yo, para que invite a la persona indicada, con todo respeto lo hago porque es una persona que vive en una zona que es la más azotada por las autodefensas, afortunadamente en el sur, en Nariño, pues no tenemos ese flagelo en esa magnitud, lo tenemos, pero no en esa dimensión.

Yo no conozco a los desmovilizados, no sé quiénes son, no sé quién pueda ser el vocero, pues eso lo puede manejar la mesa directiva de la comisión con su criterio y su sapiencia que es muy reconocido ahí en la Comisión Primera señor Presidente.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Senador Martínez, como autor de la proposición tiene que precisar a quién debe invitarse a efectos de que no se presenten las sorpresas a que hace referencia el Senador Pardo, por lo demás las autodefensas de la región de la que provengo por desgracia no se han desmovilizado.

Entonces, mal haría yo en ponerme a aventurar o a señalar voceros cuando no conozco ni quienes están interesados en ellos, ni quienes pueden ser los voceros que ustedes reclaman en su proposición.

Sin embargo, yo le sugeriría que lo precisara con el Alto Comisionado para la paz para que se le dé la oportunidad a un vocero de esos grupos al margen de la ley que haga la exposición a la que alude su proposición. Creo que es lo que procede y con ello estaríamos dando la garantía que tiene el propósito de otorgar esa proposición que ustedes han suscrito en el día de hoy.

La Presidencia concede el uso de la palabra a la honorable Representante Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda:

Sí, es para preguntarle a la Secretaría si alguno de los organismos o personas relacionadas en la proposición participaron en la audiencia pública que se celebró anteriormente.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Sí, honorable Representante pude percatarme que hay algunas entidades u organizaciones que se sirvieron exponer sus puntos de vista en audiencia pública, habría que considerar que sí se procede la repetición de la participación de esas personas en la sesión informal objeto de la proposición del Senador Martínez.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Hernán Andrade Serrano:

Muchas gracias, señor Presidente, señor Ministro, colegas. Teniendo la voluntad de la plenaria, pero comparto el sentido de escucharlo más amplio, el más amplio espectro, aspecto y estudio de aspectos en esta ley. Yo por ejemplo, Presidente y si me lo permite Senador Darío Martínez, trabajando y profundizando en el tema de devolución de las tierras y aspecto de reparación que va ligado indudablemente a la ley de extinción de dominio, yo estaría interesado que asistiera a la plenaria de estas Comisiones Conjuntas el nuevo Director Nacional de Estupefacientes, el Viceministro Vives para estudiar concretamente esa problemática ¿qué ha pasado con las tierras ya decomisadas? ¿En qué proceso va la devolución a sus legítimos propietarios? Y si el sentido es abrir la discusión en todas estas áreas, yo pediría que se adicionara y se invitara además del señor Ministro de Justicia y Viceministro que aquí los veo al señor Director Nacional de Estupefacientes.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

O sea, que se solicitar adicionar la proposición.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Representante Carlos Germán Navas Talero:

Gracias Presidente, es la segunda vez que el doctor Darío Martínez insiste en que se invite a uno de estos paramilitares al Recinto del Senado. Me parece precisar la observación que ha hecho el Senador Rafael Pardo de ¿a quién es que quiere traer? Yo mediaría entre los dos, si hay tanto deseo de ver a esas personas que no vengan al Congreso, no hay necesidad, se les lleva una Cámara y a través de un circuito cerrado de televisión se le interroga, pero yo no creo que el Congreso de la República deba seguir teniendo lugar de reuniones de personas al margen de la ley.

Aquí trajeron a unos señores de las Farc otro día, después a los paramilitares. Yo creo a guardar distancias. El que infringe la ley se llama delincuente. Y uno y otro son delincuentes, yo creo que entre más lejos estén del Recinto del Senado, mientras estén fuera de la ley, es mucho mejor, busquen la manera porque le pongan una Cámara de televisión, allá al señor a quien el doctor Darío Martínez quiere escuchar y así podríamos, pero realmente no es sano para el país que estas personas estén viniendo al Congreso con todo el aparato que implica esto, la publicidad que ellos se hacen y entonces ahí sí termina el Congreso haciéndole vitrinas a ellos.

Yo no creo que esa sea la solución, nosotros tenemos hechos, tenemos documentos, informes que demuestran el gran mal que le han hecho al país. Si quieren escucharlos, una Cámara de televisión allá donde se encuentren y nosotros acá. Muchas gracias.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Antes de darle la palabra al Senador Martínez quiero hacer la siguiente precisión. Como quiera la proposición está solicitando escuchar en sesión informal a esas personas que se han relacionado por parte del Senador Martínez Betancourt, en el día de mañana no hemos podido obtener que haya transmisión en televisión, por cuanto este Recinto, como el servicio de la señal de televisión ya estaba dispuesto por la mesa directiva del Senado para atender un foro promovido por la Comisión Tercera del Senado.

Sin embargo, estamos haciendo las gestiones para que en la sesión del día de mañana que habremos de adelantar en el salón Boyacá podamos contar con este servicio y en su defecto la transmisión para el Foro de la Comisión Tercera se pudiera ver en diferido.

Quiero precisar eso porque no contamos con señal de televisión en el día de mañana.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:

Gracias Presidente. Bueno, a ver. Primero tengo que declarar que yo no he sido, ni soy, ni seré vocero de las autodefensas, ni de ninguna organización armada al margen de la ley. Mi propuesta obedece a otros criterios. Pues es derecho fundamental, constitucional la participación ciudadana y la Constitución no ha hecho excepciones, si deben ser o no delincuentes.

Pero por sobre todo, esta es una ley que va a aprobar el Congreso para delincuentes dentro de un proceso de paz y una cosa es escuchar y otra cosa es negociar. Más aún todavía si no hace mucho los tuvieron a guerrilleros y paramilitares en el hemiciclo de la Cámara de Representantes y no pasó absolutamente nada. Y los escucharon, entraron y salieron.

Yo tengo un sentido democrático de las cosas, tengo formación liberal democrática y creo que no se le hace un buen favor al proyecto sin escuchar a aquellos que se van a beneficiar o que de alguna manera se van afectar.

Ese ha sido el propósito, pero después de escuchar a algunos Congresistas pues tratan pues de como de buena fe insinuar que el Senador Darío Martínez está muy interesado en tener aquí a unos delincuentes y que hay que tenerlos lejos, hay que tenerlos lejos jurídicamente y físicamente, pero acercarlos para oírlos sin entregar la autonomía del Congreso y la independencia es una cosa muy distinta, muy distinta.

Yo no le tengo pavor a eso, ni medio, ni escrúpulos, a que se escuchen personas que han delinquido porque hay mucho delincuente que se ha sentado en el Congreso, comenzando por Pablo Escobar, que aquí estuvieron sentados legislando. Bueno, eso es objeto de otro debate, pero yo sí quiero reiterar y aclarar que jamás de los jamases me puedo auto constituir en vocero de ningún delincuente en Colombia. Yo solamente actúo bajo el imperativo y el mandato del Tribu nal Superior de mi conciencia.

Así que señor Presidente para evitar entonces esas suspicacias y esas sospechas, ni más faltaba que yo vaya a obsesionarme por tener aquí sentado a un paramilitar o a un guerrillero, yo retiro esa parte de mi proposición y le ruego el favor a las comisiones que voten el resto de la proposición.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Representante José Luis Arcila Córdoba:

Gracias señor Presidente. Como quiera que lo que aquí hagamos luego es observado y decidido por la Corte Constitucional es bueno en razón del trámite aclarar algunas cosas que de pronto se dicen. El Senador Darío Martínez ha señalado que no se podía realizar la acumulación de los proyectos por parte de los ponentes que de manera precisa lo hicieron al radicar la ponencia la noche del jueves anterior.

Yo quiero recordar que la Ley 5ª es muy clara al tenor del artículo 151 donde de manera taxativa señala lo pertinente en razón a acumulación de proyectos. Y dice:

Acumulación de proyectos. Cuando a una comisión llegare un proyecto de ley que se refiere al mismo tema, de un proyecto que esté en trámite el Presidente lo remitirá con la debida fundamentación al Ponente inicial para que proceda su acumulación si no ha sido aún presentado el informe respetivo.

Solo podrán acumularse los proyectos en primer debate, muy clara la norma, estamos en primer debate, estamos en sesiones conjuntas en razón del mensaje de urgencia y los distintos proyectos que se radicaron en diferentes momentos podían acumularse en razón de este artículo 151 del Reglamento Interno del Congreso que de manera concordante lo podemos leer al tenor también del artíc ulo 154 entre otros de la Ley 5ª.

Luego entonces dejo esta aclaración porque en medio del debate se dejan muchas cosas sueltas para que luego se lean en la Corte y de pronto se quiere señalar que lo que se ha hecho es improcedente, yo creo que en todo momento ha tenido el rigor debido que señala el ordenamiento jurídico preestablecido para la materia. Gracias señor Presidente.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Sí, yo creo que la explicación del Representante Arcila es clara, además ambas ponencias que han sido radicadas rinden informe sobre todos los proyectos que fueron acumulados, acogiendo la convocatoria hecha por el Gobierno Nacional, no hacen referencia a ningún proyecto en particular ni alusión a su condición de autores de cualquiera de esos proyectos, los ponentes que coinciden con tal condición.

De tal manera que no cabe la sugerencia de un posible vicio de procedimiento porque las ponencias han sido rendidas sobre la acumulación de proyectos y no sobre un proyecto específico en ambos casos.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Germán Vargas Lleras:

Presidente, para rogarle un punto de orden si a bien lo tiene. Supongo que usted ha dispuesto que el coordinador de lo que podríamos denominar la ponencia mayoritaria inicie su presentación, yo quisiera rogarle a usted el favor que una vez esa presentación termine me inscriba, porque si bien soy suscriptor de la ponencia mayoritaria, quisiera dejar una constancia y expresar un punto de vista en el cual me separo de varios artículos de la ponencia mayoritaria a fin de fijar con claridad mi posición. Graci as.

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Así se hará Senador Vargas, ya he anunciado el orden en que intervendrán, luego usted después de que haga el uso de la palabra el Senador Mario Uribe como coordinador de la ponencia que fue radicada y que servirá como base para la discusión tendrá derecho al uso de la palabra no solamente para los propósitos que usted ha señalado son también como ponente que es de esa ponencia.

Por Secretaría se da lectura a la proposición con las modificaciones y adiciones formuladas.

Proposición número 01

Invítese para la sesión del día jueves 10 de marzo del presente año para que expresen sus opiniones sobre el proyecto de ley de justicia y paz a las siguientes personas: Doctor Carlos Isaac Náder, Presidente Corte Suprema de Justicia; doctora Marina Pulido de Barón, Presidente Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia; doctor Luis Camilo Osorio Isaza, Fiscal General de la Nación; doctor Edgardo José Maya Villazón, Procurador General de la Nación; doctora Lucía Arbalez de Tobón, Presidenta del Consejo Superior de la Judicatura; doctor Carlos José Miranda Melo, Presidente Colegio de Abogados de Bogotá; doctor Gustavo Gallón Giraldo, Presidente Comisión Colombiana de Juristas; Monseñor Pedro Rubiano Sáenz, Presidente de la Conferencia Episcopal; doctor Néstor Eugenio Ramírez Cardona, Presidente de la Federación Nacional de Municipios; doctor Rodrigo Villalba Mosquera, Presidente Federación Nacional de Departamentos; doctor Gustavo Adolfo Muñoz, Fundación Nueva Esperanza; doctor Mario Giraldo, Vocero Planeta Paz; ex General Rafael Zamudio, Presidente Acore; doctor Volmar Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo; doctor Francisco Santos Calderón, Vicepresidente de la República; doctor Marco Gerardo Monroy Cabra, Presidente Academia de Jurisprudencia y doctor Jorge Alberto Uribe Echavarría, Ministro de Defensa y Presidente del Consejo Nacional de lucha contra el secuestro y demás atentados contra la libertad Personal Conase.

Firmado honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt.

Proposición número 02 aditiva

Cítese al señor Director Nacional de Estupefacientes, para efectos de explicar el estado anterior y actual de la aplicación de la ley de extinción de dominio, con relación al capítulo de devolución de las tierras en Colombia obtenidas ilícitamente en Colombia.

Firmado honorable Senador Hernán Andrade.

La Presidencia cierra el debate de las Proposiciones números 01 y 02 y aplaza su votación.

La Presidencia dispone que se continúe con el siguiente punto del Orden del Día.

III

Lectura de ponencias y consideración
de proyectos para primer debate

Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Acumulados los Proyectos de ley número 180 de 2004 Senado 288 de 2005 Cámara, por la cual se dictan normas sobre verdad, justicia, reparación, prevención, publicidad y memoria para el sometimiento de los grupos paramilitares que adelanten diálogos con el Gobierno. Proyecto de ley número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos desmovilizados en proceso de paz (Alternatividad Penal). Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional. Proyecto de ley número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara, por la cual se establecen las condiciones y procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte de grupos desmovilizados en los procesos de paz. Proyecto de ley número 210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, por la paz y la reconciliación nacional (Reparación y Rehabilitación). Proyecto de ley número 212 de 2005 Senado, por medio de la cual se dictan disposiciones tendientes a la desmovilización de grupos armados y búsqueda de la reconciliación nacional. Proyecto de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, por la cual se expide la ley para la reconciliación nacional y Proyecto de ley 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones sobre justicia restaurativa para la reincorporación social de los miembros de los grupos armados al margen de la ley.

La Presidencia abre el debate general y concede el uso de la palabra al Coordinador de la ponencia base, honorable Senador Mario Uribe Escobar:

Gracias señor Presidente, en primer término quiero saludarlo a usted y a todos los colegas, a usted particularmente decirle celebro que dirija estas reuniones, le tocó estrenarse con un proyecto muy difícil, pero él será el que nos ofrezca la mejor prueba de sus capacidades, de su liderazgo, de su preparación en estos temas, enhorabuena por estar usted allí al frente de estas discusiones, señor Presidente.

Las apreciaciones que voy a formular enseguida tan breves como sean posibles para abrir el debate sin perjuicio de que él intervenga tantas veces como considere necesario, están referidas básicamente a la ponencia que presentáramos con base en el proyecto que a su vez presentó el Gobierno Nacional.

Ponencia y pliego de modificaciones que fueron suscritas por la Senadora Blum, el Senador José Renán Trujillo, el Senador Luis Humberto Gómez Gallo, el Senador Ciro Ramírez Pinzón y el Senador Germán Vargas Lleras, el Representante Roberto Camacho, Armando Benedetti, José Luis Arcila, Oscar Arboleda y Germán Varón.

Naturalmente señor Presidente, como aquí se ha dicho algunos de quienes suscriben el grueso de la ponencia y del pliego de modificaciones presentarán en su momento las salvedades que han anunciado, para elaborar además la ponencia tuvimos en cuenta, señor Presidente, lo expuesto en la audiencia pública celebrada aquí el 1º de marzo, acto en el cual participaron entre otros el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los representantes de organizaciones no gubernamentales como iniciativa de mujeres por la paz y de la comisión nacional de juristas.

Este proyecto, señor Presidente, tiene antecedentes en uno que se presentara hace aproximadamente año y medio, el Proyecto de ley 85 de 2003, por medio de la cual se dictan disposiciones en procura de la reincorporación de miembros de grupos armados que contribuyan de manera efectiva la consecución de la paz nacional, el cual no surtió debate alguno en el Congreso de la República.

Ese proyecto señor Presidente que tenía fundamento en muy diversos antecedentes de índole internacional y nacional no fue recibido por la opinión pública o fue objeto de numerosas críticas al punto de que nunca pudo concretarse ni (...) pliego de modificaciones y mucho menos la discusión al interior de las Cámaras, no obstante quienes por entonces fuimos designados como ponentes de la iniciativa, le trabajamos muchísimo al margen del Congreso y logramos articular una propuesta que se recogió en un proyecto que tuvimos listo por allá en el mes de mayo del año pasado y tampoco se presentó porque entonces se alegaba que la comisión primera de la Cámara de Representantes que debería reunirse con la primera del Senado de manera conjunta a discutir esa iniciativa, no había conocido suficientemente el proyecto y ya se avecinaba el cierre de las sesiones del primer semestre del año pasado.

Las paradojas de nuestra vida institucional condujeron señor Presidente, a que se apremiara la presentación de estos proyectos, lo cual condujo a que estemos discutiendo el cúmulo de iniciativas acumuladas que nos ocupa hoy.

Sobre el tema de la acusación valga un paréntesis, señor Presidente, para decir señor Presidente que sería importante que usted tomara en cuenta la advertencia que ha hecho el Senador Martínez en el objeto de considerar la posible desacumu lación de un proyecto que al parecer no podría ser objeto de esta decisión. Como ordenador de la discusión usted puede dictar las medidas de saneamiento necesarias para evitar que en el futuro tengamos tropiezos de índole formal después de un gran esfuerzo como el que habrá de hacerse seguramente para expedir esta iniciativa.

Decía señor Presidente que este proyecto tiene antecedentes internacionales y nacionales, están consignados en la ponencia, no voy a detenerme en los internacionales, pero sí quiero además de lo dicho en la ponencia, decir, hacer unos comentarios preliminares muy breves.

Esta iniciativa como todos sabemos tiene el propósito de facilitar la reincorporación a la sociedad de miembros de grupos armados que contribuyan efectivamente a la paz nacional. No es una tarea sencilla, no es un tema superficial, el propósito es sensible para Senadores y Representantes, para el Gobierno, para los ciudadanos, para las víctimas y para la comunidad internacional y desde luego para los mismos grupos armados.

Los ponentes, señor Presidente, hemos obrado con la mayor responsabilidad en la selección de los mecanismos que sugieren los proyectos, no porque hayamos centrado nuestras discusiones, las que tanto conoce la opinión, en el proyecto particular presentado por el Gobierno Nacional, hemos desechado las otras iniciativas y por el contrario hemos tomado de ellas lo que hemos considerado útil para el proyecto, por lo demás nos hemos esmerado en calcular las consecuencias favorables y desfavorables de esta iniciativa, hemos sopesado pros y contras, hemos examinado los condicionamientos que se ofrecen desde muy diversos ángulos y hemos procurado presentar una iniciativa equilibrada y que desde nuestro punto de vista sea útil a consolidar el proceso de negociación con los grupos armados organizados al margen de la ley que conoce el país.

Por supuesto señor Presidente, hemos procurado tener en cuenta las críticas que se han dirigido al proyecto inicial y hemos sido muy cuidadosos en el diseño de las medidas necesarias para garantizar la reparación de los daños causados.

Tenemos muchos cuestionamientos, muchos condicionamientos, tanto desde el punto de vista constitucional, como internacional, a una iniciativa como esta, por las eno rmes distancias que separan la discusión de este proyecto que rigió los proyectos de paz en época pasada, las figuras de la amnistía y del indulto, que sirvieron durante décadas como válvula de escape para sellar la paz, en graves pasajes de nuestro conflicto interno, prestan todavía una utilidad, sin embargo, la conciencia mundial frente al desprecio por los Derechos Humanos no permite un tratamiento evasivo a la cuestión de los crímenes de lesa humanidad, ni a los delitos e infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario.

La ponencia señor Presidente, es elocuente en esa materia, las medidas especiales dice la ponencia: Para la consecución de la paz, constituyen una práctica reiterada en el derecho internacional dentro de los procesos que se han gestado para superar la fratricida.

Adelante, sin embargo, en los últimos años el ordenamiento jurídico constitucional y el internacional y la sociedad colombiana exigen con existencia que se niegue el beneficio de indulto o amnistía a quienes han cometido delitos graves diferentes a la rebelión, la sedición, el concierto para delinquir o la asonada y en tales casos es necesario aplicar medidas dentro del marco de la verdad, la justicia y la reparación que en desarrollo del Código Penal permiten avanzar de manera decidida hacia la reconciliación nacional. En ese orden se requiere la aplicación de especiales medidas que permitan en aras de lograr la reconciliación nacional, que los autores o partícipes de dichas conductas punibles respondan ante los jueces de la República, pero con la posibilidad de otorgárseles algunos beneficios si colaboran en actos concretos y efectivos a la paz y a la convivencia nacionales.

Colombia ha adherido a instrumentos internacionales de Derechos Humanos y ha expedido con vigor leyes que castigan a delitos considerados no amnistiables o no indultables, es el caso de la Ley 733 de 2002, que da ese tratamiento a los delitos de terrorismo, secuestro y extorsión, al calificarlos como atroces y no susceptibles de ser considerados conexos con el delito político y que impone enormes dificultades a la hora de adoptar medidas de perdón total para el grueso de los delitos cometidos por las cúpulas de los grupos armados.

Se exige hoy una actitud mucho más atenta en el tratamiento que deben recibir los delitos más graves en el marco de los procesos de paz. La conciencia mundial exige poner en juego los denominados estándares internacionales en tres ejes básicos, el derecho a saber lo ocurrido, el derecho a la justicia y el derecho a la reparación, la conciencia internacional rechaza las llamadas leyes de ar repentidos, las leyes de punto final o la utilización desviada del mecanismo de la amnistía.

Aun cuando no está muy definido el alcance normativo de tales estándares internacionales, se alude mucho a ello señor Presidente, se les utiliza como para sentar tesis que en las discusiones de estos asuntos se tienen como inmodificables, se les trae como organismos de autoridad, pero sin duda alguna se considera importante a pesar de ello tenerlos en cuenta porque se han ido perfilando en la doctrina y en la jurisprudencia internacional como orientadores de las decisiones que se toman en estos procesos de paz y en general en los diálogos para la reconciliación.

Todos los procesos de paz tienen complicaciones políticas y exigen decisiones de gran calado, por eso a los procesos de reconciliación hoy se están añadiendo numerosos condicionamientos jurídicos en virtud de los estándares internacionales. Sobre ese tema de los estándares internacionales señor Presidente, podemos volver más adelante si es necesario, cuál es su verdadera naturaleza jurídica, cuál es su origen y cómo podrían orientarnos en una discusión de estas y más allá en las decisiones que tomemos al punto de que la iniciativa que aprobemos aquí, este en consonancia con las corrientes del derecho de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario y en general de las soluciones que en el mundo se están dando a estos problemas, advirtiendo sí, señor Presidente, que el estudio que he hecho ha llegado a la conclusión de que en esta materia Colombia va a tener que señalarle un camino a la comunidad internacional. Quizá sea si se aprueba esta iniciativa, la primera ocasión en que sin culminar el acuerdo de paz, sin si quiera desmovilizarse una parte muy notable de las personas a quienes se pretende beneficiarias de esta iniciativa, ellas inmediatamente culminen los procesos de desmovilización, entrega de armas, van a ir a parar directamente a la cárcel.

No hay antecedentes en esa materia o por lo menos si los hay, las medidas que se han tomado en otros países han sido mucho más favorables que las que pretendemos tomar aquí al tenor de la ponencia y al tenor del pliego de modificaciones, Presidente, creo que conviene a esta discusión señalar en unos breves minutos cuáles son los antecedentes de las amnistías e indultos en Colombia.

Eché mano de una publicación que hizo el señor Víctor Guerrero de la Fundación Social que se encuentra por allí en formato electrónico y que nos describe algunos momentos de nuestra historia que es bueno recordar aquí.

Mediante el tratado de Newlandia suscrito el 24 de octubre de 1902, se dispuso a favor de quienes entregaran las armas, la cesación de toda acción penal en su contra, el tratado de Wisconsi, explícitamente estableció el otorgamiento de una amnistía ilimitada para quienes se acogieran al tratado, el tratado de Chinácota celebrado el 3 de diciembre de 1902 culminó el esfuerzo por encontrar la fórmula de terminar la guerra civil. En la víspera del frente nacional mediante Decreto 1823 de 1954, se dispuso el otorgamiento de una amnistía amplia e incondicional que no distinguía para efectos de su aplicación, entre ofensas cometidas por quienes se acogieran a la misma.

En la administración de Lleras Camargo, buscando también la pacificación del país, se otorgaron exenciones penales mediante el Decreto 328 de 28 de noviembre de 1958, más conocido como la Ley de Amnistía.

Bajo la administración de Lleras Restrepo se expidió el Decreto 2090 de 1967, por medio de la cual se concedieron amnistías por delitos cometidos en la Universidad Nacional durante octubre de 1966 y junio de 1967 que involucraron entre otros homicidios y actos de tortura y de barbarie. Ese Decreto 2090 permitió amnistiar a los autores de dichos crímenes.

La ocupación de la refinería de Ecopetrol de Barrancabermeja por la USO en 1971 y que culminara con la imposición de severas penas de prisión, implicó un proceso de amnistías bajo la subsiguiente administración de Pastrana Borrero que otorgó la libertad a los condenados. Una década después y en el propósito gubernamental de lograr acuerdos con el M-19, se expidió la Ley 37 de 1981 mediante la cual se otorgaba la amnistía por delitos políticos. Luego se dicto la Ley 35 de 1982 que dispuso el otorgamiento de una amnistía general, sin que para tal fecha se hubiera concretado ningún acuerdo con alguno de los grupos guerrilleros, bajo la administración Barco se reinicio la búsqueda de acuerdos con el M-19, se dictó entonces la Ley 77 de 1989 que otorgó finalmente el perdón judicial, extinción de la acción penal y de la pena, cuya aplicación para los casos individuales se reglamentó a través del Decreto 213 de 22 de enero de 1991.

El Gobierno suscribió también acuerdos de desmovilización e incorporación a la vida civil, con el Partido Revolucionario de los Trabajadores, en enero de 1991 y el Qui ntin Lame el 27 del mismo año y en cuyos textos respectivos se aludía a la mencionada ley de indulto y a su correspondiente decreto reglamentario.

Posteriormente y en relación con las negociaciones adelantadas con la Corriente de Renovación Socialista, se expidió una ley de indulto, la 104 del 93 que contemplaba el otorgamiento de otras medidas como auto inhibitorio, preclusión de investigación, cesación de procedimiento cuando se tratara de delitos políticos y conexos.

Un mes más tarde, en mayo del 94 se formalizaron nuevos acuerdos de desmovilización y reinserción con base en la Ley 104, esta vez con grupos de milicias de Medellín, milicias populares del pueblo y para el pueblo, milicias independientes del Valle de Aburra, y milicias metropolitanas.

La expedición de la Ley 418 de diciembre de 1997 durante la administración Samper, prorrogada mediante Leyes 548 y 782 vigentes hoy, previo el otorgamiento de indultos individuales para miembros de las guerrillas que manifestaran su voluntad de desmovilización y cuando se tratara de delitos políticos.

Esta ley, esto es muy importante señor Presidente y podría ser el primer antecedente de lo que vamos a aprobar muy seguramente unos días más adelante, excluye una cantidad de hechos punibles de los delitos susceptibles de indulto, en efecto según su artículo 50, los indultos no se aplicarán a autores de conductas atroces, de ferocidad o barbarie, terrorismo, secuestro, genocidios, homicidios fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión.

Ese es grosso modo la historia de la forma como hemos canalizado la solución de nuestros conflictos, óigase bien señor Presidente, sin mucho acento en los riesgos de impunidad, sin mucha atención a los derechos de las víctimas, hoy nos corresponde añadir los principios de verdad, justicia y reparación en cualquier proceso de reconciliación.

Hemos llegado aquí tal vez señor President e a lo que podría ser el meollo de este asunto, en el pasado según la relación que he hecho, el país no para mientes, en el valor justicia, ni tampoco en los derechos de las víctimas, antes por encima de nada estaba, se tuvo en cuenta única y exclusivamente el valor de la paz, para lograrla era admitido, se admitía que podría apelarse a cualquier tipo de decisión legal, con el propósito que frente a un grupo armado al margen de la ley, cualquiera que hubiera sido los delitos en que hubiera incurrido, decidieran desmovilizarse y firmar un acuerdo de paz, bastaba ello, que ello sucediera, para que inmediatamente sobreviniera la respectiva norma legal que acogiera a los integrantes de esos grupos armados, permitiera que se reinsertaran a la vida civil y es más, permitiera que siguieran actuando con plenos derechos civiles y políticos en todo el escenario de la vida democrática nacional.

Quizá esa Ley 782 es el primer antecedente de que algunos delitos los excluidos y que he citado, no deberían ser objeto de ese tratamiento tan benigno por parte del legislador o por parte del Gobierno o por ambos.

Pues bien señor Presidente, las cosas hoy han cambiado y han cambiado radicalmente al punto de que al país podría señalarse de haber denegado justicia, de no haberla administrado si se procediera de idéntica manera, hoy está completamente proscrito, están completamente proscritos el indulto y la amnistía para los delitos atroces, la comunidad internacional, la opinión nacional, la conciencia nacional no admitirían hoy que expidiéramos leyes como las que he citado para resolver los problemas que tenemos que enfrentar para resolver los delitos que han cometido o las autodefensas o las guerrillas u otros miembros de grupos armados organizados al margen de la ley.

Ha variado como señalaba la doctrina, la jurisprudencia internacional, han variado las corrientes del derecho de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, y hoy se opone y hoy se impone que a delitos atroces así medie un proceso de paz, sea necesario imponerles no solo condenas, sino en algún grado la privación de la libertad efectiva para sus autores, para que de alguna manera nos reconciliemos con la comunidad internacional, con la comunidad nacional y sobre todo y también para que a estos procesos agreguemos el desarrollo del valor justicia, como otro derecho fundamental y valor superior y también para que atendamos los derechos de las víctimas que se reconocen hoy en todos los escenarios anotados.

El proyecto señor Presidente contiene una serie de exposiciones que como señalaba al principio, hemos considera do nosotros que son las que convienen para resolver el proceso en que se ha embarcado el Gobierno Nacional con las autodefensas y que también sería o podría constituirse en un punto de referencia para negociaciones futuras con otros grupos armados.

Desde luego que no faltan quienes se mofan de esto afirmando que será imposible negociar en el futuro con nuestras guerrillas, si no se parte de tomar medidas como las que se tomaron en el pasado para integrantes de grupos de ellas mismas, así ocurra como he señalado una absoluta contrariedad, tanto con la opinión nacional como con la comunidad internacional. De todas maneras señor Presidente, yo voy a señalar algunos de los contenidos iniciales del proyecto, sin dejar de resaltar que sobre todos o algunos de ellos va a suscitarse aquí una grandísima discusión que será la que tengamos que enfrentar en el momento oportuno.

Dejo sí a salvo como lo señalaba, que los ponentes hemos hecho un gran esfuerzo, hemos obrado con buena fe y desde luego que estamos plenamente convencidos de que esta no es la verdad revelada y que serán bienvenidos los aportes que puedan hacer todos los Congresistas a efecto de mejorar esta iniciativa, partiendo del entendido de la buena fe que nos asiste a todos y el propósito de acertar para que realmente este proyecto sea eficaz y conduzca a que avancemos muchísimo en el proceso de consolidación de la paz en que está empeñado el Gobierno Nacional y que creo que la mayoría de los Congresistas apoyamos.

El contenido del proyecto en breves líneas señor Presidente.

Uno. El proyecto es cuidadoso en articular los beneficios penales con los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Hay un sinnúmero de artículos que desarrollan esos tres postulados y que acogen en buena medida como lo señalaba las corrientes del derecho internacional y la jurisprudencia y la doctrina tanto internacional como la nacional.

Dos. El proyecto sólo incluye como potenciales beneficiarios a grupos de la guerrilla o de autodefensas y definitivamente excluye a organizaciones de narcotraficantes, ahí ha habido mucha discusión en este punto señor Presidente, algunos consideramos nosotros sin razón, han dicho que en este punto se nos ha colado el narcotráfico y que quizá co n la aprobación de este proyecto habremos incurrido no solo en abrirles un espacio desde el punto de vista muy general, muy generoso a los narcotraficantes, si nada más habremos incurrido en una operación de lavado de bienes adquiridos de manera ilícita de gran magnitud, atendiendo esas observaciones, que no compartimos por supuesto porque hemos sido cuidadosos en que este proyecto sea exclusivamente para guerrilleros o para autodefensas que no tengan como fin primordial el narcotráfico, pues hemos tomado además unas cautelas como la elaboración de un listado por parte del Gobierno Nacional en el que podrá obrar de manera selectiva e imponer el primer tamiz, sino porque a los fiscales y a los jueces que les tocará decidir finalmente sobre manejar las investigaciones y decidir sobre las penas a imponer y demás, tendrán un margen muy amplio para también imponer el tamiz a punto de que no sean elegibles, sino personas que hayan pertenecido a grupos armados al margen de la ley y que desde luego pertenezcan a guerrilla o a autodefensas y que no sean narcotraficantes.

El tercer punto. Los hechos investigados, buscados y sancionados de conformidad con la ley, solo pueden ser aquellos cometidos, durante y con ocasión de la pertenencia a los grupos guerrilleros o a los autodefensa, no a hechos anteriores o cometidos por fuera de la organización.

La aplicación de la ley quedará ligada a las disposiciones internacionales que regulan la materia, ya lo decía; hemos procurado observar lo que se denomina los estándares internacionales aquellos en los que podremos detenernos cuando llegue la ocasión.

Cinco. La reinserción a la vida civil de las personas que puedan ser favorecidas con amnistía o indulto o cualquier otro beneficio establecido en la Ley 782 de 2002, se seguirá canalizando por lo dispuesto en esa ley, debe quedar suficientemente claro para todos los integrantes de estas comisiones señor Presidente, que no se modifica la Ley 782 y que será aplicable como lo ha sido hasta ahora para resolver los casos de personas vinculadas a esos grupos armados que no han incurrido en la comisión de delitos atroces.

Seis. La ley obliga a los jueces a determinar la pena aplicable en cada caso de conformidad con las normas ordinarias, no es que no vaya a aplicarse a los miembros de los grupos armados que sean beneficiarios de esta ley, la condigna sanción por los delitos que han cometido, muy seguramente a la mayoría de los cabecillas de estas organizaciones se impondrán penas altísimas que no deberán ser inferiores pienso yo a treinta, cuarenta años por supuesto atendiendo la naturaleza del delito cometido a las circunstancias en que se cometió y demás, pero además de esa ley, adicionalmente se fijará un beneficio consistente en reemplazar esa pena, la pena ordinaria por el delito cometido por otra pena alternativa que se concede como por la contribución del beneficiario a la consecución de la paz nacional, a la colaboración con la justicia, la reparación a las víctimas y la adecuada resocialización, habrá entonces impuesta por los magistrados, una pena principal y una pena alternativa que será el beneficio fundamental que concede esta ley.

Siete. Las víctimas mantienen una altísima consideración en el proyecto, no podría ser de otra forma, ya he dado algunas explicaciones alrededor del tema y por eso sigo adelante señor Presidente.

Ocho. Por virtud de la aplicación de la ley, el Estado no renuncia a su deber de realizar una investigación efectiva que conduzca a la identificación, captura y sanción de las personas responsables por delitos cometidos por los miembros de los grupos armados, no porque se trate de una negociación política, no porque se trate de la obligación que tiene el imputado de rendir una versión, no porque se produzcan las condenas, el Estado puede renunciar al deber que tiene de esclarecer los hechos para conservar su memoria histórica y sobre todo para tomar las medidas necesarias y conducentes como lo establece el proyecto a la no-repetición.

Nueve. El proyecto es contundente y explícito en exigir la revelación de los hechos delictivos y en demandar de los beneficiarios de la ley información sobre el paradero de las víctimas de secuestro y desaparición forzada. Y el proyecto no se opone a que en el futuro puedan aplicarse otros mecanismos no judiciales para la reconstrucción de la verdad.

Diez. El proyecto prevé acciones que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción de las víctimas y se fija en garantizar la no-repetición. Según los estándares internacionales, en la restitución, indemnización y rehabilitación y satisfacción de las víctimas y la garantía de no-repetición, se descompone lo que en general se conoce como el derecho de reparación.

En ese sentido se obliga a hacer restituciones, compensaciones y acciones tendientes a la recuperación de las víctimas, así co mo acciones tendientes a restablecer su dignidad, reparaciones simbólicas, reparaciones colectivas entre otras.

El proyecto señor Presidente contiene unas muy ricas de medidas en materia de procurar en reparación de las víctimas tanto desde el punto de vista individual como desde el punto de vista colectivo, también para ofrecer satisfacciones a la sociedad entera.

Once. No habrá beneficios sin desmovilización, recuérdese que todo este proceso parte señor Presidente, de la firma de un acuerdo, de los grupos armados organizados al margen de la Ley o de bloques de estos, con el Gobierno Nacional a partir de lo cual será un listado que será el que determine en un futuro luego de la investigación y del juzgamiento respectivo la aplicación de las sanciones y de los beneficios de la ley. No habrá beneficios sin entrega de bienes.

Trece. Los beneficiarios tienen que demostrar no solo su desmovilización, sino su desmantelamiento definitivo; claro los beneficiarios de esta ley tendrán que contribuir eficazmente a que cese la actividad armada del grupo a que pertenecía.

Quince. El proyecto exige perentoriamente que el grupo cese toda interferencia al libre ejercicio de los derechos políticos y libertades públicas y cualquier otra actividad ilícita. Este asunto señor Presidente que no estaba en los proyectos iniciales, fue objeto de encendido reclamo por parte o por algunos de los asistentes a esas reuniones. Al parecer miembros de estos grupos armados interfieren la vida política local y regional, determinan el suceso de las elecciones, imponen candidatos, señalan a quienes no pueden participar y por esa razón hemos establecido normas muy claras para que se pierdan los beneficios en caso de que se evidencie alguna interferencia de miembros de estos grupos armados en proceso de desmovilización y obtención de beneficios a la vida política local, regional e incluso la nacional.

Dieciséis. La ley no aplica para grupos que se hayan organizado para el tráfico de estupefacientes o enriquecimiento ilícito, en eso como lo señalaba es absolutamente claro y categórico el proyecto y creemos que con las salvaguardas que se han introducido no podrá afirmarse que se colaron o que se colaran narcotraficantes como beneficiarios de est a ley.

Diecisiete. Los privados de la libertad podrán acceder a los beneficios siempre que se determine su pertenencia al grupo, es obvio que quien pertenezca a un grupo de estos, para el se expida una ley de beneficios, naturalmente se le apliquen ello siempre y cuando de las decisiones judiciales respectivas no quede duda alguna en la materia.

Dieciocho. Se permite la aplicación de la ley en condiciones muy estrictas a los desmovilizados individualmente que contribuyan a la consecución de la paz, la ley como se ha dicho, es aplicable tanto a quienes se desmovilicen de manera colectiva como a quienes se desmovilicen e individualmente según procedimientos y requisitos muy claros que se consagran en el articulado. Ya lo veremos señor Presidente.

La investigación y la actuación procesal está regida por los principios de oralidad y celeridad, naturalmente señor Presidente, lo que pretendemos los legisladores en esta materia es que se apliquen en extenso, las nuevas corrientes del derecho penal colombiano que hacen de la oralidad y la celeridad un procedimiento a aplicar de manera inmediata, estos procesos serán orales y tendrán que tomarse las medidas necesarias para que estos proyectos no duerman en los anaqueles y no que se resuelvan como conviene a la paz, a la justicia, a la reparación y como conviene al logro del propósito de la paz nacional.

Se crea una Unidad Nacional de Fiscalía para la justicia, la paz, para investigar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizaran las conductas punibles, las condiciones de vida sociales, familiares, etc., del acusado y su conducta.

Vamos a crear esa unidad de Fiscalía señor Presidente especial, porque la consideramos necesaria para que sea ese solo grupo dentro de la gran Fiscalía, el que se ocupe de un tema tan complejo como este, para que haya concentración de la información y sobre todo para que los Fiscales que intervengan conozcan mucho más a fondo los temas que se someten a consideración. Consideramos necesario no desparramar esta investigación o estas investigaciones por toda la Fiscalía, porque correríamos inmensos riesgos que obviamente ustedes advier ten muy fácilmente.

Veintidós. El Tribunal Superior de Distrito Judicial que determine el Consejo Superior de la Judicatura será el competente para conocer del juzgamiento de las conductas punibles a que se refiere la presente ley. De este modo se respeta la estructura y la organización judicial ordinaria. Señor Presidente, los proyectos iniciales contemplaban la constitución de un tribunal especial que se encargara de la investigación y el juzgamiento por estos delitos. Para ello encontramos que se necesitaría o la expedición de una Ley Estatutaria o eventualmente la expedición de una reforma constitucional. Analizábamos los pros y los contras y llegamos a la conclusión de que en orden a obtener este marco legal tan rápido como fuera posible y a los riesgos de constitucionalidad, de crear ese tribunal especial o a un riesgo de acudir a una reforma constitucional, optamos por la vía de autorizar la creación de unas salas especializadas en los tribunales superiores de distrito, aquellas que señale el Consejo Superior de la Judicatura que tiene la facultad legal para hacerlo, a fin de que se encarguen esos tribunales superiores a través de salas especializadas, del juzgamiento de estos delitos.

Veintitrés, ante el Fiscal correspondiente, los potenciales beneficiarios de la ley podrán manifestar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que hayan participado en los hechos delictivos, cometidos con ocasión de su pertenencia a estos grupos, que sean anteriores a su desmovilización y por los cuales se acogen a la presente ley.

La versión rendida será sometida a un programa metodológico orientado a comprobar la veracidad de la información y esclarecimiento de los hechos. Se establece que si el potencial beneficiario no declaró algunos hechos punibles, se le programará audiencia preliminar para la formulación de imputación por esos hechos. La Sala competente del Tribunal convocará a audiencia pública para examinar cargos y luego citar a audiencia de sentencia, individualización de la pena.

Se investigarán y juzgarán conjuntamente los hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia del desmovilizado al grupo armado, la investigación o el juzgamiento de los cargos no aceptados por el potencial beneficiario se tramitara por leyes procedimentales al momento de su comisión y respecto de los cargos aceptados se otorgaran los beneficios de que trata la presente ley. Señor Presidente, aquí hay un asunto interesante y es que podríamos encontrarnos en algún momento ante el hecho de que alguno de los presuntos beneficiarios de esta ley confesará sólo parte de los delitos y que a él pudieran imputársele otros que no confesó.

Naturalmente sobre los que confesó se aplicarán las disposiciones de esta ley. Sobre los que no confesó se abrirá la investigación respectiva conforme a normas ordinarias, se aplicarán las sanciones y claro, el proyecto prevé unas disposiciones clarísimas para resolver aquel caso en que él en algún momento procesal decida confesar esos delitos, caso en el cual podrán aplicarse los beneficios y que sino lo hiciere pues podrá, se prevé todo aquello relativo a la acumulación de las penas.

Los hechos no confesados serán investigados y juzgados conforme a Ley Ordinaria, en materia de recursos la sentencia es apelable ante la Corte, habrá acción extraordinaria de revisión ante la Corte en pleno, no habrá recurso de casación, dado que la segunda instancia de estos procesos a petición de la Corte Suprema de Justicia, será tramitada por la Sala Plena.

Las salas de los tribunales determinarán la pena que corresponda por los delitos cometidos como ya se había dicho, en ningún caso se aplicarán subrogados penales, beneficios adicionales o rebajas complementarias a la pena alternativa que será de cinco años, como mínimo y no superior a ocho, pasaba de acuerdo con la gravedad de los delitos y la colaboración efectiva en el esclarecimiento de los hechos.

Señor Presidente, porque una pena de cinco años mínima, porque una máxima de ocho años, alrededor de este tema una gran discusión al interior de las comisiones, de las comisiones de ponentes y de los representantes del Gobierno Nacional y del propio Presidente de la República. Sin duda alguna a mi juicio una decisión de esta índole tiene un enorme valor subjetivo, caprichoso si se quiere. Uno podría decir igualmente que una pena mínima de cuatro años es suficiente o que también lo es de dos como la que se aplicó en Inglaterra y por el contrario también habría alguien que podría sostener que la pena máxima de ocho años es mínima y que una pena adecuada podría ser de dieciséis o de veinte años dado que se trata de delitos muy graves.

Tiene esta decisión un coponente subjetivo y caprichoso sin duda alguna, acogimos el rango de cinco o a ocho años, porque fue el que nos pareció que tenía mayor nivel de aceptación y porque pensamos que con él s atisfacíamos tanto la demanda de la comunidad internacional, sus presiones, porque evidentemente existen, sino también porque satisfacíamos a la opinión nacional; recuérdese que partimos de la base de que tenemos que desarrollar el valor paz como un derecho fundamental, pero también agregarle ingredientes de justicia, de verdad y de reparación.

Cumplida la pena alternativa y en las condiciones impuestas en la sentencia, se concederá al individuo la libertad a prueba por el término superior a una quinta parte de la pena alternativa.

La cosa es la siguiente señor Presidente, repito, una pena principal al tenor de los delitos cometidos según las leyes ordinarias, una pena alternativa entre cinco y ocho años, la cual una vez purgada abrirá paso a una libertad vigilada por una quinta parte de la pena alternativa al término de la cual esa se declara pagada o cancelada definitivamente la pena, se perderán los beneficios obtenidos en virtud de la ley, si durante la ejecución de la pena o el período de libertad a prueba del reinsertado intimida o pretende corromper a cualquier autoridad a carcelar, naturalmente tendrán que observar una conducta intachable quienes sean beneficiarios de esta ley.

El proyecto crea la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y define quiénes son sus integrantes, dice además la creará señor Presidente por cinco años y tendrá una función primordial de garantizar los derechos de las víctimas, presentar informes públicos sobre las causas y surgimientos de los grupos armados, hacer seguimiento y verificación a los procesos de reincorporación, hacer recomendaciones a los Tribunales Superiores sobre medidas de reparación y a la revocatoria de beneficios entre otros, habrá comisiones regionales que se encargarán sobre todo de tramitar los temas relativos con bienes, la ley crea un fondo para la reparación de las víctimas, se le asignan algunas funciones a la red de solidaridad social en punto de acciones de reparación e indemnización, se establecen unas normas para la conservación de la memoria y aquí viene un tema muy polémico señor Presidente, sobre el cual como se dirá aquí más adelante, se han dejado unas salvedades por parte de algunos de los Congresistas que suscriben la ponencia. Es el relativo a una rebaja de penas entre una décima y una quinta parte para todo aquel que cumpla la pena a la entrada en vigencia de la ley o que condicionada comportamiento, acciones de reparación y cooperación con la justicia, es lo que vulgarmente se ha denominado como el jubileo o la rebaja por el jubileo.

También se incluye a petición entre otros del Senador José R enán Trujillo quien ha sido un adalid de esa causa, algunas disposiciones que permiten aplicar los beneficios de la ley para facilitar los acuerdos humanitarios. Y por último, se establece que la ley se aplicará únicamente a hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia; eso es en términos generales señor Presidente el contenido fundamental del proyecto de ley, cada uno de esos puntos es extremadamente discutible, no sólo particularmente considerados, sino también lo es, no se me escapa el contenido general de la ley y más que es una decisión que considero política, trascendental en esta materia.

Algunos podrían decir inclusive que no debería expedirse una ley y que, en materia de resolución de un conflicto como esa queja, tendríamos que aplicar en extenso y a raja tabla la legislación vigente.

Muchas otras críticas podrían presentarse señor Presidente, vamos a ver qué pasa en el debate, para nosotros quienes suscribimos esta ponencia será de vital importancia escuchar los argumentos de nuestros colegas y especialmente de quienes se han separado de nuestra posición por razones que obviamente nosotros respetamos señor Presidente. Respeto, eso sí que no nos inhabilitara para participar en una discusión con el único y exclusivo propósito de tratar de aceptar señor Presidente.

Señor Presidente. Yo dejo ahí por el momento, le repito, dejando a salvo la posibilidad que tengo como coordinador de ponente de intervenir en el debate, cuantas veces lo estime prudente, siempre y cuando usted me lo permita, muchas gracias.

Secretario:

Señor Presidente. Me permito informar que ha sido radicado en la Secretaría un impedimento de un Representante.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Darío Martínez Betancourt:

Presidente. Para formularle una respetuosa pregunta, como el reglamento dispone que los ponentes absolverán los interrogantes y dudas que se planteen, que nosotros tenemos los miembros de las comisiones en este caso el derecho a formular preguntas, yo tengo varias preguntas. ¿En qué momento podemos formularles esas preguntas a los señores Ponentes?

La Presidencia interviene para un punto de orden:

Apenas terminen de hacer su exposición del Respectivo informe. Eso quiere decir que terminada la sustentación de este informe por parte de quienes suscriben la ponencia base, se procederá a la formulación de las preguntas que tengan los honorables Senadores y Representantes. Y lo propio harán cuando concluyan la sustentación del informe de la segunda ponencia que se ha radicado sobre el proyecto que estamos debatiendo.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Germán Vargas Lleras:

No, señor Presidente. Estaba esperando que usted me concediera el uso de la palabra para la constancia que pretendo dejar y que no voy a someterlos a que la escuchen, sino sintetizarla de manera breve en mi condición de suscriptor de la ponencia principal y tal como usted había señalado.

A ver Presidente. Yo advertí que no los voy a fatigar con la lectura de una constancia que por demás no es pequeña, contiene veinticuatro páginas. Pero a quien quiera profundizar sobre el alcance de la misma, la radicaré en Secretaría para que obre dentro del expediente de la discusión de este proyecto.

La voy a sintetizar de la manera más breve posible. Insistimos y por eso suscribimos la ponencia principal que en términos generales compartimos la estructura del proyecto que viene a la consideración de las comisiones. Pero queremos hacer algunos aportes y sobre estos llamo la reflexión a ustedes.

En primer lugar, me parece que deberíamos examinar y tomar o no la decisión en la discusión de esta ponencia principal, no reiterar conceptos y repetir conceptos que ya están incorporados en nuestro derecho interno, de nuestro derecho positivo, por ejemplo:

Artículo 1º. Objeto de la presente ley. El inciso segundo de la misma no hace nada distinto que repetir el artículo 8º de la Ley 782 y su parágrafo 2º.

En igual forma, consideramos que la estructura de este proyecto hay que entenderla así la percibo yo como una ley instrumentaria de la 782. Dentro del cual para futuras interpretaciones debería entenderse que nos rige el Código de Procedimiento Penal, la 782 y este como un instrumento de aplicación de la 782 para determinadas circunstancias, manteniendo plena validez, el alcance de la Ley 782.

En segundo lugar, me parece que para el artículo 4º valdría la pena agregar en desarrollo de estos conceptos la frase de acuerdo con los estándares internacionales y eso nos permitiría ir limpiando el proyecto de redefinición de conceptos como el de víctima, justicia, verdad, reparación, desmovilización.

Creo yo que todos estos conceptos como muchos otros que ya están contenidos en el Código de Procedimiento Penal, hacen parte del bloque de constitucionalidad. Están incorporados en los tratados internacionales ratificados por Colombia, y aun los no aprobados por el Congreso, de los suscritos por el Gobierno Nacional de conformidad con reiteradas sentencias de la Corte y esto lo menciono para cuando entremos a la discusión y votación del articulado, entender que presentaremos proposiciones supresivas, a todos aquellos artículos insisto, que sean r eiterativos de convenios internacionales con unas descripciones que corren el riesgo de apartarse de los estándares internacionales inútilmente, como también la reiteración de principios consagrados en el Código de Procedimiento Penal que creo yo no viene a lugar reiterarlos en esta iniciativa.

Me preocupa si un asunto sobre el cual ya el doctor Uribe hizo hincapié que me parece que no resulta claro ni preciso, me voy a referir al delicado tema que se ha mencionado y es cómo operaría el tema del narcotráfico en relación con este proceso, tanto de desmovilización colectiva como de desmovilización individual.

Yo no creo que resulte clara la definición contenida en el artículo 10, cuando se señala que como requisito para acceder a la desmovilización, que la organización del grupo no haya tenido como fin principal el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito.

Y posteriormente cuando en el artículo 11 se señala el numeral 11.5 que su actividad o la del grupo al que pertenecía no haya tenido como finalidad el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito, yo creo que no resulta claro qué es lo que se desea. A quién va esto dirigido, quién resultaría elegible para el proceso, o cómo podría operar el tema de la conexidad. Y traemos a consideración de ustedes una propuesta que pondremos en su momento a consideración sustitutiva de este articulado, tanto en el artículo 10 como en el 11, una propuesta que podría rezar en igual forma no son elegibles ni para la desmovilización colectiva, ni para la desmovilización individual, aquellas personas cuya actividad personal haya sido el narcotráfico como lo reza el proyecto, pero luego me parece obligante que nos curemos en salud, advirtiendo que tampoco lo serán aquellas personas que hayan derivado un enriquecimiento personal de esta actividad del narcotráfico. Y mucho menos aquella persona que haya participado en actividades de narcotráfico con anterioridad a su incorporación a un grupo al margen de la ley.

Me parece que tomando precauciones de esta naturaleza, evitamos las aseveraciones que hoy gravitan sobre el actual proceso en el sentido de que personas están comprando frentes, de que personas que no participaron de la actividad se han incorporado al proceso, evitamos que personas que hayan derivado un enriquecimiento personal por actividades de narcotráfico puedan beneficiarse de la alternatividad o de la pena alternativa que aquí se está consignando y cerraríamos todas las puertas a eventualidades de esta naturaleza. Me parece que es uno de los temas gruesos y uno de los temas sobre los cuales vale la pena que me ditemos, porque uno comprende las buenas intenciones contenidas en la ponencia, pero insisto, me parece que deben ser complementadas para superar cualquier manto de duda que pueda presentarse tanto en la discusión y aprobación de esta iniciativa como en su posterior aplicación.

Y este es uno de los temas gruesos donde queremos hacer este aporte, en igual forma y dentro de las expresiones que yo les he señalado de ir depurando el proyecto de conceptos ya contenidos tanto en el ordenamiento internacional como en nuestro ordenamiento del Código Procesal Penal, no parece razonable insistir en reiterar principios de oralidad, de celeridad, los principios de oralidad y celeridad en los artículos 12 ó 13 o reiterar el concepto de defensa en el artículo 14 o el del esclarecimiento de la verdad en el artículo 15, todos estos conceptos están mejor definidos y con mayor precisión en el actual Código de Procedimiento Penal.

En igual forma y dentro del artículo 15 pues no hay necesidad, ni compete a esta ley la creación de una unidad de Fiscalías para justicia, paz, esas son competencias generales del Fiscal General de la Nación.

Yo quiero plantear aquí un tema sobre la competencia, entiendo que los ponentes que participaron de las reuniones de Palacio han estudiado el tema y nos aportarán luces. Yo simplemente me limito a exponerles a ustedes preocupaciones que me asisten sobre el tema de la competencia.

Yo tengo la impresión señor Presidente de que no estamos facultados, claro acepto argumentos en contrario, de que no estamos facultados para asignarles a los Tribunales Superiores de Distrito la competencia en primera instancia para el conocimiento de estos casos, y dejar la segunda instancia en la sala, en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, francamente me parece que es un asunto sobre el cual debemos adelantar un debate.

La propuesta que traigo a consideración de ustedes es que respetemos el procedimiento actual, el Consejo Superior de la Judicatura puede organizar de manera colectiva los jueces superiores a los jueces de distrito para que surtan la primera instancia conservando la segunda instancia en el Tribunal Superior y no aboliendo la casación, sino manteniéndola dentro del proyecto.

Firmemente, creo que estaríamos modificando la Ley Estatutaria de Justicia, si cambiamos las competencias en esta materia. Como también creo que podríamos estar violando la Constitución si eliminamos la instancia de la casación a través de una Ley Ordinaria.

Pero quiero dejarles estas preocupaciones, yo creo que bastaría con decir que conocerá en primera instancia el Juez Colectivo, jueces de circuito, organizados para este efecto por el Consejo Superior de la Judicatura, pero será asunto que discutiremos, yo lo menciono porque me asiste esa preocupación, sin duda estamos cambiando las competencias que fija la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, es evidente y yo creo que inclusive vulnerando principios de carácter constitucional, recuerdan ustedes el principio ex post facto, a uno lo pueden juzgar por la comisión de hechos anteriores cambiándole el juez de competencia o la competencia para el juzgamiento posterior, pero lo dejo a consideración de ustedes, asuntos que me inquietan en lo que tiene que ver con la competencia en esta materia que contiene la materia principal.

Sé que se debatió el tema, probablemente se presentarán argumentos en contrario, pero yo expongo estas preocupaciones que creo que serían superables si conservamos la estructura contenida en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, no veo peligro alguno en hacerlo.

Creo en igual forma, que el tema de la versión libre y la confesión adolece de algo que quiero plantearles, no obstante que está en mi criterio perfectamente bien concebida, la estructura que se ha determinado a través de la versión libre, lo que no puede resultar sano, lo que no puede resultar aceptable es que una persona concurra a la versión libre, no cuente toda la verdad, no confiese, entre en equívocos o cuente mentiras y posteriormente cuando la Fiscalía General de la Nación enc