G A C E T A D E L
C O N G R E S O
200
Bogotá, D. C., viernes 22 de
abril de 2005
ACTAS DE COMISIÓN
HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
Comisiones Primeras
ACTA NUMERO 01 DE 2005
(marzo 8)
Sesiones
Extraordinarias
Cuatrienio
2002-2006 - Legislatura 2003-2004
Sesiones
Conjuntas
En la ciudad de Bogotá, D. C., el día ocho (8) de
marzo de dos mil cinco (2005), previa citación, se reunieron en el recinto del
Senado, los honorables Senadores miembros de la Comisión Primera del Senado y
los honorables Representantes miembros de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes, con el fin de sesionar conjuntamente conforme a las
Resoluciones números: 129 de 2005 Senado, 0228 y 0240 de 2005 Cámara, 07 y 09
de 2005 Comisión Primera Senado, 001 de 2005 Comisión Primera Cámara.
I
Llamado
a lista y verificación del quórum
La Presidencia de la Sesión Conjunta ejercida por
el honorable Senador Mauricio Pimiento Barrera, indica a la Secretaría de la
Comisión Primera del Senado, llamar a lista y contestaron los siguientes
honorables Senadores:
Blum de Barberi Claudia
Gerléin Echeverría Roberto
Martínez Betancourt Oswaldo Darío
Pimiento Barrera Mauricio
Rojas Jiménez Héctor Helí
Trujillo García José Renán
Uribe Escobar Mario.
En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los honorables Senadores:
Andrade Obando Carlos
Hernando
Andrade Serrano Hernán
Cristo Bustos Juan Fernando
Gaviria Díaz Carlos
Gómez Gallo Luis Humberto
González Díaz Andrés
Holguín Sardi Carlos
Navarro Wolff Antonio
Pardo Rueda Rafael
Ramírez Pinzón Ciro
Rivera Salazar Rodrigo
Vargas Lleras Germán.
La Presidencia solicita a la Secretaría de la
Comisión Primera de la Cámara de Representantes proceder al llamado a lista.
Contestaron los honorables Representantes:
Almendra Velazco Lorenzo
Arboleda Palacio Oscar
Benedetti Villaneda Armando Alberto
Bravo Realpe Oscar Fernando
Cabana Jamette Orlando Mario
Enríquez Maya Eduardo
Henao Hoyos Barlahán
López Dorado Oscar
Martínez Quiroga Jairo
Montes Alvarez Reginaldo
Piedrahíta Cárdenas Carlos Arturo
Silva Amín Zamir Eduardo
Tapasco Triviño Dixon Ferney
Torres Barrera Hernando
Vives Pérez Joaquín José.
En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los honorables Representantes:
Amín Hernández Jaime Alejandro
Arcila Córdoba José Luis
Camacho Weverberg Roberto
Devia Arias Javier Ramiro
Díaz Matéus Iván
Flórez Rivera José Luis
García Valencia Jesús
Ignacio
Giraldo Jorge Homero
Gutiérrez Castañeda Nancy
Patricia
Jaimes Ochoa Adalberto
Enrique
Jozame Amar Tony
Navas Talero Carlos Germán
Parody D’Echeona Gina
María
Pinillos Abozaglo Clara
Isabel
Rodríguez Sarmiento Milton Arlex
Barón Cotrino Germán A.
Velasco Chávez Luis
Fernando
Vélez Mesa William.
Dejaron de asistir con excusa los honorables Congresistas:
Ceballos Arévalo Sandra
Martínez Rosales Rosmery.
Los textos de las excusas son los siguientes:
Bogotá, D. C., marzo 7 de 2005 SC-MPNC-088
Doctor
HERNANDO TORRES BARRERA
Presidente Comisión Primera Cámara
Bogotá, D. C.
Apreciado doctor Barrera:
De manera atenta me permito presentarle excusa por
la ausencia en la sesión extraordinaria para discusión y votación del Proyecto
de ley número 35 de 2004 Cámara, Acumulado 083 de 2004 y 086 de 2004 Cámara y
la sesión conjunta para discusión del Proyecto de ley número 211 de 2005
Senado, 293 de 2005 Cámara, programadas para el día de mañana martes 8 de marzo
de 2005 a las 10:00 a. m., en consideración a que debo asistir al Foro
Conmemorativo del Día de la Mujer, presidido por la doctora Zulema Jattin Corrales,
el cual se llevará a cabo en la ciudad de Ibagué.
Por lo anterior, me permito anexar la proposición
que autoriza dicho evento, la cual fue presentada por la Representante a la
Cámara Rosmery Martínez y aprobada en plenaria el día 15 de diciembre de 2005.
Agradezco su acostumbrada colaboración.
Sandra Ceballos Arévalo,
Representante a la Cámara.
Anexo: Lo anunciado.
* * *
Bogotá, D. C., marzo 7 de 2005 SC-MPNC-089
Doctor
MAURICIO PIMIENTO BARRERA
Presidente Comisión Primera Senado
Bogotá, D. C.
Apreciado doctor Pimiento:
De manera atenta me permito presentarle excusas
por la ausencia en la sesión conjunta a celebrarse el día de mañana martes 8 de
marzo de 2005 a las 10:00 a. m., en consideración a que debo asistir al Foro
Conmemorativo del Día de la Mujer presidido por la doctora Zulema Jattin
Corrales, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Ibagué.
Por lo anterior, me permito anexar la proposición
que autoriza dicho evento, la cual fue presentada por la Representante a la
Cámara Rosmery Martínez y aprobada en plenaria el día 15 de diciembre de 2005.
Agradezco su acostumbrada colaboración.
Firmado por:
Sandra Ceballos Arévalo,
Representante a la Cámara.
Anexo: Lo anunciado.
Proposición
Con ocasión de la celebración del Día
Internacional de la Mujer, autorícese la realización de un foro el día martes 8
de marzo de 2005, en la ciudad de Ibagué, el cual será presidido por la doctora
Zulema Jattín Corrales Presidente de la Cámara de Representantes, con
transmisión en directo o diferido por el canal institucional.
Invítese para que participe en dicho Foro a la
Directora de la Oficina de Equidad para la mujer y comuníquese a los medios de
comunicación para su cubrimiento.
Bogotá, D. C., diciembre 14 de 2004
Rosmery Martínez Rosales,
Representante a la Cámara.
* * *
Bogotá, D. C., marzo 3 de 2005
Doctor
EMILIANO RIVERA BRAVO
Secretario General
Comisión Primera
Cámara de Representantes
Respetado doctor:
Tengo el gusto de dirigirme a su Despacho para desearle
éxitos en el desempeño de sus delicadas e importantes funciones.
Con la presente de manera respetuosa y atendiendo
la citación realizada por la Mesa Directiva de esa célula legislativa para el
próximo martes 8 de marzo de 2005, me permito comunicarle que con ocasión del
Día Internacional de la Mujer la plenaria de la Corporación aprobó la
proposición presentada por la suscrita (anexo a la presente), para la
realización de un foro conmemorativo en esa misma fecha en la ciudad de Ibagué.
Por ello me permito excusar de asistir a esta
sesión a las Representantes que a continuación relaciono, quienes serán
panelistas para tal evento:
Sandra Rocío Ceballos Arévalo
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda
Clara Isabel Pinillos Abozaglo
Rosmery Martínez Rosales
Agradezco su atención, la colaboración al respecto
y aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi más alta y
distinguida consideración.
Muy Cordialmente,
Firmado por:
Rosmery Martínez Rosales,
Representante a la Cámara.
C. C. Doctor
Hernando Torres Barrera
Presidente
de la Comisión Primera Constitucional.
Anexo: Lo anunciado
* * *
Proposición
Con ocasión de la celebración del Día
Internacional de la Mujer, autorícese la realización de un foro el día martes 8
de marzo de 2005, en la ciudad de Ibagué, el cual será presidido por la doctora
Zulema Jattin Corrales Presidente de la Cámara de Representantes, con
transmisión en directo o diferido por el canal institucional.
Invítese para que participe en dicho Foro a la
Directora de la Oficina de Equidad para la mujer y comuníquese a los medios de
comunicación para su cubrimiento.
Bogotá, D. C., diciembre 14 de 2004
Rosmery Martínez Rosales,
Representante a la Cámara.
La Secretaría de la Comisión Primera de Senado
informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de Senado.
La Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara,
informa que se ha registrado quórum deliberatorio por parte de la honorable
Cáma
ra.
Siendo las 11:10 a.m. la Presidencia declara
abierta la sesión, y solicita a la Secretaría dar lectura al Orden del Día:
ORDEN DEL DIA
Día martes 8 de marzo de 2005
hora: 10:00 a.m.
Sesión Conjunta
Sesiones Extraordinarias
I
Llamado a lista y verificación del quórum
Comisión Primera del honorable Senado
Comisión Primera de la honorable Cámara de
Representantes
II
Consideración y votación del Orden del Día
III
Lectura de ponencias y consideración
de proyectos para primer debate
1. Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado,
293 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la
reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley,
que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional, Acumulados
el Proyecto de ley número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara, por la
cual se dictan normas sobre verdad, justicia, reparación, prevención,
publicidad y memoria para el sometimiento de los grupos paramilitares que
adelanten diálogos con el Gobierno. Proyecto de ley número 207 de 2005
Senado, 289 de 2005 Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la
reincorporación de miembros de grupos desmovilizados en proceso de Paz (Alternatividad
Penal). Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, por
la cual se dictan disposiciones para la reincorporació
n de miembros de grupos
armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a
la consecución de la paz nacional. Proyecto de ley número 209 de 2005
Senado, 291 de 2005 Cámara, por la cual se establecen las condiciones y
procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte
de grupos desmovilizados en los procesos de paz. Proyecto de ley número
210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, por la paz y la reconciliación
nacional (Reparación y Rehabilitación). Proyecto de ley número 212 de
2005 Senado, por medio de la cual se dictan disposiciones tendientes a
la desmovilización de grupos armados y búsqueda de la reconciliación nacional.
Proyecto de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, por la
cual se expide la ley para la reconciliación nacional y Proyecto de ley
287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado, por la cual se dictan
disposiciones sobre justicia restaurativa para la reincorporación social de los
miembros de los grupos armados al margen de la ley.
Autor: Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, 293 de
2005 Cámara, doctor Sabas Pretelt de la Vega, Ministro del Interior y de
Justicia.
Proyecto de ley 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara,
honorable Senadora Piedad Córdoba Ruiz.
Proyecto de ley 207 de 2005 Senado, 289 de 2005
Cámara, honorable Senador Carlos Moreno de Caro.
Proyecto de ley 208 de 2005 Senado, 290 de 2005
Cámara, honorables Senadores Rafael Pardo Rueda, Andrés González Díaz, Luis
Fernando Velazco, Gina Parody, Wilson Borja, Gustavo Petro, Venus Albeiro
Silva.
Proyecto de ley 209 de 2005 Senado, 291 de 2005
Cámara, honorable Senador Carlos Moreno de Caro.
Proyecto de ley 210 de 2005 Senado, 292 de 2005
Cámara, honorable Senador Ricardo Español Suárez.
Proyecto de ley 212 de 2005 Senado, 294 de 2005
Cámara, honorables Representantes Armando Benedetti, Sandra Ceballos,
William Vélez, Zulema Jattin, Carlos Ignacio Cuervos, Adriana Gutiérrez y Eduardo
Crissien.
Proyecto de ley 214 de 2005 Senado, 295 de 2005
Cámara, honorables Senadores Leonor Serrano de Camargo, Luis Elmer Arenas,
Javier Miguel Vargas, Luis Enrique Salas, Robert Quintero.
Proyecto de ley 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005
Senado, honorables Representantes Jesús Ignacio García, Barlahán Henao,
Jorge Homero Giraldo, Clara Pinillos, Carlos Arturo Piedrahíta, Zamir Silva,
Dixon Ferney Tapasco Triviño.
Ponentes primer debate:
Senado: honorables Senadores Rafael Pardo Rueda
(Coordinador), Mario Uribe Escobar (Coordinador), Carlos Gaviria
Díaz, Germán Vargas Lleras, Rodrigo Rivera Salazar, Claudia Blum de Barberi,
José Renán Trujillo García, Luis Humberto Gómez Gallo y Ciro Ramírez
Pinzón.
Cámara: honorables Representantes Roberto
Camacho (Coordinador), Javier Ramiro Devia Arias, Iván Díaz Matéus, José
Luis Arcila, Gina Maria Parody, Germán Varón Cotrino, Armando Alberto
Benedetti, Luis Fernando Velasco Chávez, Jesús Ignacio García Valencia, Jorge
Homero Giraldo, Oscar Arboleda y Germán Navas Talero.
Publicación:
Ley 211 de 2005 Gaceta del Congreso número
43 de 2005.
Proyecto de ley 180 de 2004 Gaceta del
Congreso número 796 de 2004.
Proyecto de ley 207 de 2005 Gaceta del
Congreso número 19 de 2005.
Proyecto de ley 208 de 2005 Gaceta del
Congreso número 27 de 2005.
Proyecto de ley 209 de 2005 Gaceta del
Congreso número 43 de 2005.
Ley 210 de 2005 Gaceta del Congreso número
43 de 2005.
Ley 212 de 2005 Gaceta del Congreso número
50 de 2005.
Ley 214 de 2005 Gaceta del Congreso número
52 de 2005.
Ley 287 de 2005 Cámara, Gaceta del Congreso número
54 de 2005.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso del
Congreso número 74 de 2005 y 77 de 200
5.
I V
Negocios sustanciados por la Presidencia
V
Lo que propongan los honorables Senadores
El Presidente,
MAURICIO PIMIENTO BARRERA
El Vicepresidente,
HERNANDO TORRES BARRERA
Los Secretarios,
GUILLERMO LEON GIRALDO GIL
Senado.
EMILIANO RIVERA BRAVO
Cámara.
La Presidencia cierra la discusión del Orden del
Día e informa que cuando se registre quórum decisorio en ambas Comisiones se
someterá a votación.
III
Lectura de ponencias
y consideración de proyectos para primer debate
Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de
2005 Cámara, por la cual se dictan
disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados
al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la
paz nacional, Acumulados con los
Proyecto de ley: Número 180 de 2004 Senado, 288 de 2005 Cámara; número 207 de
2005 Senado, 289 de 2005 Cámara; número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara;
número 209 de 2005 Senado, 291 de 2005 Cámara; número 210 de 2005 Senado, 292
de 2005 Cámara; número 212 de 2005 Senado; número 214 de 2005 Senado, 295 de
2005 Cámara; 287 de 2005 Cámara, 217 de 2005 Senado.
Por instrucciones de la Presidencia la Secretaria
da lectura a los Decretos números 225 y 300 de 2005, por medio de los cuales
se convoca a sesiones extraordinarias al Congreso de la República, al igual
que del Mensaje de Urgencia enviado por el Ejecutivo para el estudio del
Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado 293 de 2005 Cámara y demás proyectos
relacionados con el tema.
DECRETO NUMERO 225 DE 2005
(febrero 1º)
por el cual se convoca al Congreso de la República
a sesiones extraordinarias.
El Presidente de la República de Colombia, en
ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2
de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno en relación con el
Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias;
Que en el Congreso de la República cursan los
Proyectos de ley acumulados 006 y 007 de 2003 y 262 de 2004 Cámara, por
medio de la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública;
Que en el Congreso de la República cursa el
Proyecto de ley número 014 de 2003 Cámara acumulado con el Proyecto de ley
número 037 de 2003 Cámara, por la cual se dictan disposiciones sobre
racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y
entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o
prestan servicios públicos;
Que el Gobierno presentará al honorable Congreso
de la República los proyectos de ley:
● Por la cual se establecen normas para
normalizar la cartera del Estado y se dictan otras disposiciones.
● Por la cual se dictan disposiciones para la
reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley,
que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional;
Que en razón de que el período de sesiones
legislativo ordinario se inicia el 16 de marzo de 2005, es imperiosa la
convocatoria de sesiones extraordinarias antes del comienzo del mismo, con el
objeto de que el honorable Congreso de la República se ocupare exclusivamente
de los asuntos que el Gobierno someta a su consideración,
DECRETA:
Artículo 1º. Convócase al honorable Congreso de la
República a sesiones extraordinarias por los días 15 de febrero al 15 de marzo
de 2005.
Artículo 2º. Durante el período de sesiones
extraordinarias señalado en el artículo anterior, el honorable Congreso de la
República se ocupará exclusivamente de los siguientes asuntos:
1. Considerar y aprobar las siguientes actas del
honorable Senado de la República:
NUMERO DEL ACTA FECHA
28 Diciembre
14 de 2004
2. Considerar y aprobar las siguientes actas de la
honorable Cámara de Representantes:
NUMERO DEL ACTA
FECHA
149 Noviembre
30 de 2004
154 Diciembre
14 de 2004
3. Considerar y aprobar las siguientes actas de la
honorable Cámara de Representantes:
NUMEROS DEL ACTA FECHA
23 y 24 de la Comisión Primera de Cámara Octubre 21 y 22 de 2004
4. Considerar y dar trámite legislativo de los
siguientes proyectos de ley:
4.1 Por la cual se establecen normas para
normalizar la cartera del Estado y se dictan otras disposiciones.
4.2 Por la cual se dictan disposiciones para la
reincorporación de miembros de grupos armados
organizados al margen de la ley,
que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional.
5. Culminar el trámite legislativo de los
proyectos de ley:
5.1 Proyecto de ley número 014 de 2003 Cámara,
Acumulado con el Proyecto de ley número 037 de 2003 Cámara, por la cual se
dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos
administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares
que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.
5.2 Proyectos de ley acumulados 006 y 007 de 2003
y 262 de 2004 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 80 de 1993,
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de
la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
(Sin firma).
*
* *
DECRETO
NUMERO 300 DE 2005
(febrero
11)
por
el cual se modifica el Decreto número 225 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en
ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2
de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que en el Congreso de la República cursan los
Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara, por medio de la
cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la
Administración Pública;
Que el Gobierno presentó al honorable Congreso de
la República el Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la cual se dictan
disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados
al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la
paz nacional;
Que se han radicado en el Congreso de la República
los Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005
Senado, 209 de 2005 Senado, 210 de 2005 Senado, relacionados con los procesos
de paz,
DECRETA:
Artículo 1º. Modifícanse los numerales 1, 2 y 3
del artículo 2º del Decreto 225 de 2005.
1. Considerar y aprobar las actas del honorable
Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:
NUMERO DEL ACTA FECHA
4 Agosto 10 de 2004
8 Septiembre 1º de 2004
9 Septiembre 7 de 2004
10 Septiembre 8 de 2004
13 Septiembre 28 de 2004
15 Octubre 19 de 2004
16 Octubre 20 de 2004
17 Octubre 26 de 2004
18 Noviembre 2 de 2004
19 Noviembre 9 de 2004
20 Noviembre 10 de 2004
21 Noviembre 16 de 2004
22
Noviembre 23 de 2004
23 Noviembre 24 de 2004
24 Noviembre 30 de 2004
25 Diciembre 1º de 2004
26 Diciembre 6 de 2004
27 Diciembre 13 de 2004
28 Diciembre 14 de 2004
29 Diciembre 15 de 2004
30 Diciembre 16 de 2004
2. Considerar y aprobar las actas de la honorable
Cámara de Representantes que no hayan sido aprobadas, en especial las
siguientes:
NUMERO DEL ACTA FECHA
148 Noviembre 24 de 2004
149 Noviembre 30 de 2004
153 Diciembre 13 de 2004
154 Diciembre 14 de 2004
3. Considerar y aprobar las actas de las
Comisiones Primeras Constitucionales de la honorable Cámara de Representantes y
el honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial
las siguientes:
NUMERO DEL ACTA FECHA
43 y 44 de la Comisión
Primera de Cámara Junio 3 y
4 de 2004
21 y 22 de la Comisión
Primera de Cámara Octubre 19
y 20 de 2004
23 y 24 de la Comisión
Primera de Cámara Octubre 21
y 22 de 2004
Artículo 2º. Modifícase el numeral 52 del artículo
2º del Decreto 225 de 2005 que quedará así:
52 Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de
2004 Cámara, por la cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública.
Artículo 2º. Modifícase el numeral 42 del artículo
2º del Decreto 225 de 2005 que quedará así:
42 Proyecto de ley 211 de 2005 Senado, por la
cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos
armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a
la consecución de la paz nacional, al cual se le podrán acumular los
Proyectos de ley 180 de 2004 Senado, 207 de 2005 Senado, 208 de 2005 Senado,
209 de 2005 Senado y 210 de 2005 Senado, y los proyectos de ley de iniciativa
gubernamental o parlamentaria que sobre el mismo tema se hayan radicado o se
radiquen en el Congreso de la República, siempre que constitucional y
legalmente sea procedente.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de
la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Muy bien, antes de iniciar el
debate quiero establecer el orden con que se adelantará la discusión de las
ponencias que han sido oportunamente radicadas. Con fundamento en el artículo
171 se iniciará la discusión con la ponencia radicada en primer orden que será
la base para el debate.
En consecuencia tomarán la palabra en primer lugar
los coordinadores de esa ponencia y luego los ponentes que la sustentan. Y en
segundo término harán lo propio los coordinadores de la segunda ponencia
radicada para que luego lo acompañen en su sustentación los ponentes suscriptores
de ese segundo informe.
Con ese orden iniciaremos en el día de hoy este
debate general.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:
Gracias señor Presidente. Antes de leer la
proposición que habíamos anunciado con su apoyo en la semana pasada en las
audiencias de participación ciudadana, permítame hacer dos pequeñas
observaciones por cierto muy respetuosas con respecto a las ponencias, que creo
que son absolutamente necesarias hacerlas para efectos de que si es posible se
puedan corregir dos elementales vicios de procedimiento en que se ha incurrido,
salvo mejor criterio.
La ponencia que firman en el Senado de la
República como coordinadores el Senador Mario Uribe y otros, y en la Cámara de
Representantes Roberto Camacho, establece una acumulación de todos los
proyectos que se radicaron sobre este tema, ahí está incluida la acumulación
del Proyecto número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara.
Ese proyecto fue presentado por los Senadores
Rafael Pardo, Andrés González, Representantes Luis Fernando Velasco, Gina
Parody, Wilson Borja, Gustavo Petro, Venus Albeiro Silva. Me parece que es
incorrecto acumular un proyecto que tiene ponencia separada y que tiene
articulado separado y tiene pliego de modificaciones aparte.
A mí me parece que esa acumulación no es correcta
debió excluirse este proyecto de ley porque los autores han decidido sustentar
su ponencia en forma aparte y creo que ya está publicada la correspondiente
ponencia.
Y segunda observación, también muy comedida y
respetuosa. La Ley 5ª de 1992 establece que los ponentes que son los encargados
de decretar la acumulación o rechazarla deben expresar las razones por las
cuales se acumulan o no se acumulan los proyectos, y leyendo la ponencia
publicada en la Gaceta número 74, yo no encuentro las razones que
tuvieron los ponentes para decretar la acumulación.
Dejo por lo menos esa constancia de esos dos
aspectos de procedimiento para ver si es posible que los corrijan si a bien
tienen los señores ponentes.
La proposición dice así:
Proposición
Invítese para la sesión del día de mañana 9 de
marzo de 2005, para que expresen sus opiniones sobre el proyecto de ley de
justicia y paz a las siguientes personas.
1. Presidente Corte
Suprema de Justicia.
2. Presidente Sala de Casación Penal de la Corte
Suprema de Justicia.
3. Fiscal General de la Nación.
4. Procurador General de la Nación.
5. Presidente del Consejo Superior de la
Judicatura.
6. Presidente Academia de Jurisprudencia.
7. Presidente Colegio de Abogados de Bogotá.
8. Presidente Comisión Andina de Juristas.
9. Presidenta o similar de la Asociación de las
víctimas de la violencia y del secuestro.
10. Presidente de la Conferencia Epicospal.
11. Presidente de la Asociación de gobernadores y
alcaldes.
12. Vocero autorizado por las autodefensas
desmovilizadas.
13. Fundación Nueva Esperanza, Presidente Gustavo
Adolfo Muñoz.
14. Vocero de la Fundación u organización Planeta
Paz, Mario Giraldo y por último, la Asociación de Militares retirados que
preside el ex General Rafael Samudio.
Yo creo que sobra pues hacer una argumentación
sobre la necesidad de oír a estos importantes altos funcionarios del Estado y
ciudadanos de la vida colombiana, no estamos frente a un proyectico, ni a un
articulito, estamos frente a un proyecto de unas dimensiones insospechadas y
creo que es más, más que necesario insisto, oír a esta gente que tiene mucho
que decir sobre estos proyectos por lo que extraoficialmente hemos tenido la
oportunidad de apreciar algunas declaraciones en algunos medios de
comunicación, en un tema que modifica toda una teoría penal, creo que la
presencia y la voz del Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de
Justicia es indispensable.
Lo mismo que el Procurador General de la Nación
entre otros como representante de la sociedad, Fiscal General de la Nación,
pues ni más faltaba, yo creo que las comisiones primeras vamos a obrar con
seriedad, absoluta responsabilidad, con carácter, con transparencia frente a
este tema, pero es pertinente, disipar dudas, tener tranquilidad de conciencia,
escuchando a todas estas personas.
No interfiere el trámite del proyecto en absoluto
como usted lo ha decidido señor Presidente y yo creo que es correcta su
determinación, el debate se inicia en el día de hoy con la lectura de las
ponencias, la sustentación de las mismas por parte de los ponentes,
posteriormente intervendremos quienes consideremos necesario hacerlo y en el
día de mañana continuará el debate y antes de votar el articulado del proyecto
habremos escuchado oportunamente a estos ciudadanos que me permito invitarlos a
través de esta proposición.
Yo l
e ruego entonces a los señores Congresistas,
miembros de las Comisiones Primeras se sirvan impartirle su aprobación.
Gracias.
La Secretaría, tanto de la Comisión Primera del
Senado como de la Comisión Primera de Cámara, informa que se ha constituido
quórum decisorio en cada una de las células legislativas.
La Presidencia abre la discusión del Orden del
Día, cerrado este y sometido a votación es aprobado por las Comisiones Primeras
de Senado y Cámara en forma separada.
La Presidencia abre la discusión de la proposición
leída por el honorable Senador Darío Martínez y concede el uso de la palabra al
honorable Senador José Renán Trujillo García:
Gracias señor Presidente. Quisiera plantearle al
Senador Darío Martínez lo siguiente, observo que en su invitación, incluye una
serie de entidades vinculadas con el tema del secuestro, si a usted le parece
bien señor Senador le solicitaría que incluyéramos la invitación para que se
haga presente el señor Vicepresidente de la República en razón a que en el
curso del debate y en la exposición que haré como miembro integrante del equipo
de ponentes, voy a plantear la inclusión de cuatro artículos vinculados con el
tema del acuerdo humanitario en Colombia. Por esa razón si usted me acepta
señor Senador que quede incluido el señor Vicepresidente en esta invitación.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Rafael Pardo Rueda:
Yo creo que está muy bien planteada la proposición
del Senador Darío Martínez, pero yo quería hacerle una sugerencia para no tener
sorpresas, usted dice un miembro desmovilizado de las autodefensas, aquí ya
tuvimos una sorpresa con un mico que se metió una vez que n
o es su intención en
la cual se hizo una proposición de invitar a unas personas y aparecieron los
señores jefes de las autodefensas aquí en el Congreso.
Esa no es su idea, pero es como vienen diciendo
que el señor Mancuso ya está desmovilizado entonces me parece por lo menos si
eso es así yo no aprobaría esa proposición, sí que se nos diga exactamente
quién es la persona que va a venir como persona desmovilizada de las
autodefensas para saber quién es y cómo es, porque yo creo que usted no quiere
tampoco lo que yo estoy planteando Senador Martínez.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:
Presidente, yo dejo a su criterio porque usted
conoce más esos terrenos que yo, para que invite a la persona indicada, con
todo respeto lo hago porque es una persona que vive en una zona que es la más
azotada por las autodefensas, afortunadamente en el sur, en Nariño, pues no tenemos
ese flagelo en esa magnitud, lo tenemos, pero no en esa dimensión.
Yo no conozco a los desmovilizados, no sé quiénes
son, no sé quién pueda ser el vocero, pues eso lo puede manejar la mesa
directiva de la comisión con su criterio y su sapiencia que es muy reconocido
ahí en la Comisión Primera señor Presidente.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Senador Martínez, como autor de la proposición
tiene que precisar a quién debe invitarse a efectos de que no se presenten las
sorpresas a que hace referencia el Senador Pardo, por lo demás las autodefensas
de la región de la que provengo por desgracia no se han desmovilizado.
Entonces, mal haría yo en ponerme a aventurar o a
señalar voceros cuando no conozco ni quienes están interesados en ellos, ni
quienes pueden ser los voceros que ustedes reclaman en su proposición.
Sin embargo, yo le sugeriría que lo precisara con
el Alto Comisionado para la paz para que se le dé la oportunidad a un vocero de
esos grupos al margen de la ley que haga la exposición a la que alude su
proposición. Creo que es lo que procede y con ello estaríamos dando la garantía
que tiene el propósito de otorgar esa proposición que ustedes han suscrito en
el día de hoy.
La Presidencia concede el uso de la palabra a la
honorable Representante Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda:
Sí, es para preguntarle a la Secretaría si alguno
de los organismos o personas relacionadas en la proposición participaron en la
audiencia pública que se celebró anteriormente.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Sí, honorable Representante pude percatarme que
hay algunas entidades u organizaciones que se sirvieron exponer sus puntos de
vista en audiencia pública, habría que considerar que sí se procede la
repetición de la participación de esas personas en la sesión informal objeto de
la proposición del Senador Martínez.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Hernán Andrade Serrano:
Muchas gracias, señor Presidente, señor Ministro,
colegas. Teniendo la voluntad de la plenaria, pero comparto el sentido de
escucharlo más amplio, el más amplio espectro, aspecto y estudio de aspectos en
esta ley. Yo por ejemplo, Presidente y si me lo permite Senador Darío Martínez,
trabajando y profundizando en el tema de devolución de las tierras y aspecto de
reparación que va ligado indudablemente a la ley de extinción de dominio, yo
estaría interesado que asistiera a la plenaria de estas Comisiones Conjuntas el
nuevo Director Nacional de Estupefacientes, el Viceministro Vives para estudiar
concretamente esa problemática ¿qué ha pasado con las tierras ya decomisadas?
¿En qué proceso va la devolución a sus legítimos propietarios? Y si el sentido
es abrir la discusión en todas estas áreas, yo pediría que se adicionara y se
invitara además del señor Ministro de Justicia y Viceministro que aquí los veo
al señor Director Nacional de Estupefacientes.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
O sea, que se solicitar adicionar la proposición.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Representante Carlos Germán Navas Talero:
Gracias Presidente, es la
segunda vez que el doctor Darío Martínez insiste en que se invite a uno de
estos paramilitares al Recinto del Senado. Me parece precisar la observación
que ha hecho el Senador Rafael Pardo de ¿a quién es que quiere traer? Yo
mediaría entre los dos, si hay tanto deseo de ver a esas personas que no vengan
al Congreso, no hay necesidad, se les lleva una Cámara y a través de un
circuito cerrado de televisión se le interroga, pero yo no creo que el Congreso
de la República deba seguir teniendo lugar de reuniones de personas al margen
de la ley.
Aquí trajeron a unos señores de las Farc otro día,
después a los paramilitares. Yo creo a guardar distancias. El que infringe la
ley se llama delincuente. Y uno y otro son delincuentes, yo creo que entre más
lejos estén del Recinto del Senado, mientras estén fuera de la ley, es mucho
mejor, busquen la manera porque le pongan una Cámara de televisión, allá al
señor a quien el doctor Darío Martínez quiere escuchar y así podríamos, pero
realmente no es sano para el país que estas personas estén viniendo al Congreso
con todo el aparato que implica esto, la publicidad que ellos se hacen y entonces
ahí sí termina el Congreso haciéndole vitrinas a ellos.
Yo no creo que esa sea la solución, nosotros
tenemos hechos, tenemos documentos, informes que demuestran el gran mal que le
han hecho al país. Si quieren escucharlos, una Cámara de televisión allá donde
se encuentren y nosotros acá. Muchas gracias.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Antes de darle la palabra al Senador Martínez
quiero hacer la siguiente precisión. Como quiera la proposición está
solicitando escuchar en sesión informal a esas personas que se han relacionado
por parte del Senador Martínez Betancourt, en el día de mañana no hemos podido
obtener que haya transmisión en televisión, por cuanto este Recinto, como el
servicio de la señal de televisión ya estaba dispuesto por la mesa directiva
del Senado para atender un foro promovido por la Comisión Tercera del Senado.
Sin embargo, estamos haciendo las gestiones para
que en la sesión del día de mañana que habremos de adelantar en el salón Boyacá
podamos contar con este servicio y en su defecto la transmisión para el Foro de
la Comisión Tercera se pudiera ver en diferido.
Quiero precisar eso porque no contamos con señal
de televisión en el día de mañana.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Oswaldo Darío Martínez Betancourt:
Gracias Presidente. Bueno, a ver. Primero tengo
que declarar que yo no he sido, ni soy, ni seré vocero de las autodefensas, ni
de ninguna organización armada al margen de la ley. Mi propuesta obedece a
otros criterios. Pues es derecho fundamental, constitucional la participación
ciudadana y la Constitución no ha hecho excepciones, si deben ser o no
delincuentes.
Pero por sobre todo, esta es una ley que va a
aprobar el Congreso para delincuentes dentro de un proceso de paz y una cosa es
escuchar y otra cosa es negociar. Más aún todavía si no hace mucho los tuvieron
a guerrilleros y paramilitares en el hemiciclo de la Cámara de Representantes y
no pasó absolutamente nada. Y los escucharon, entraron y salieron.
Yo tengo un sentido democrático de las cosas,
tengo formación liberal democrática y creo que no se le hace un buen favor al
proyecto sin escuchar a aquellos que se van a beneficiar o que de alguna manera
se van afectar.
Ese ha sido el propósito, pero después de escuchar
a algunos Congresistas pues tratan pues de como de buena fe insinuar que el
Senador Darío Martínez está muy interesado en tener aquí a unos delincuentes y
que hay que tenerlos lejos, hay que tenerlos lejos jurídicamente y físicamente,
pero acercarlos para oírlos sin entregar la autonomía del Congreso y la
independencia es una cosa muy distinta, muy distinta.
Yo no le tengo pavor a eso, ni medio, ni
escrúpulos, a que se escuchen personas que han delinquido porque hay mucho
delincuente que se ha sentado en el Congreso, comenzando por Pablo Escobar, que
aquí estuvieron sentados legislando. Bueno, eso es objeto de otro debate, pero
yo sí quiero reiterar y aclarar que jamás de los jamases me puedo auto
constituir en vocero de ningún delincuente en Colombia. Yo solamente actúo bajo
el imperativo y el mandato del Tribu
nal Superior de mi conciencia.
Así que señor Presidente para evitar entonces esas
suspicacias y esas sospechas, ni más faltaba que yo vaya a obsesionarme por
tener aquí sentado a un paramilitar o a un guerrillero, yo retiro esa parte de
mi proposición y le ruego el favor a las comisiones que voten el resto de la
proposición.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Representante José Luis Arcila Córdoba:
Gracias señor Presidente. Como quiera que lo que
aquí hagamos luego es observado y decidido por la Corte Constitucional es bueno
en razón del trámite aclarar algunas cosas que de pronto se dicen. El Senador
Darío Martínez ha señalado que no se podía realizar la acumulación de los
proyectos por parte de los ponentes que de manera precisa lo hicieron al
radicar la ponencia la noche del jueves anterior.
Yo quiero recordar que la Ley 5ª es muy clara al
tenor del artículo 151 donde de manera taxativa señala lo pertinente en razón a
acumulación de proyectos. Y dice:
Acumulación de proyectos. Cuando a una comisión llegare un proyecto de ley
que se refiere al mismo tema, de un proyecto que esté en trámite el Presidente
lo remitirá con la debida fundamentación al Ponente inicial para que proceda su
acumulación si no ha sido aún presentado el informe respetivo.
Solo podrán acumularse los proyectos en primer
debate, muy clara la norma, estamos en primer debate, estamos en sesiones
conjuntas en razón del mensaje de urgencia y los distintos proyectos que se
radicaron en diferentes momentos podían acumularse en razón de este artículo
151 del Reglamento Interno del Congreso que de manera concordante lo podemos
leer al tenor también del artíc
ulo 154 entre otros de la Ley 5ª.
Luego entonces dejo esta aclaración porque en
medio del debate se dejan muchas cosas sueltas para que luego se lean en la
Corte y de pronto se quiere señalar que lo que se ha hecho es improcedente, yo
creo que en todo momento ha tenido el rigor debido que señala el ordenamiento
jurídico preestablecido para la materia. Gracias señor Presidente.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Sí, yo creo que la explicación del Representante
Arcila es clara, además ambas ponencias que han sido radicadas rinden informe
sobre todos los proyectos que fueron acumulados, acogiendo la convocatoria
hecha por el Gobierno Nacional, no hacen referencia a ningún proyecto en
particular ni alusión a su condición de autores de cualquiera de esos
proyectos, los ponentes que coinciden con tal condición.
De tal manera que no cabe la sugerencia de un
posible vicio de procedimiento porque las
ponencias han sido rendidas sobre la acumulación de proyectos y no sobre un
proyecto específico en ambos casos.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Germán Vargas Lleras:
Presidente, para rogarle un punto de orden si a
bien lo tiene. Supongo que usted ha dispuesto que el coordinador de lo que
podríamos denominar la ponencia mayoritaria inicie su presentación, yo quisiera
rogarle a usted el favor que una vez esa presentación termine me inscriba,
porque si bien soy suscriptor de la ponencia mayoritaria, quisiera dejar una
constancia y expresar un punto de vista en el cual me separo de varios
artículos de la ponencia mayoritaria a fin de fijar con claridad mi posición.
Graci
as.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Así se hará Senador Vargas, ya he anunciado el
orden en que intervendrán, luego usted después de que haga el uso de la palabra
el Senador Mario Uribe como coordinador de la ponencia que fue radicada y que
servirá como base para la discusión tendrá derecho al uso de la palabra no
solamente para los propósitos que usted ha señalado son también como ponente
que es de esa ponencia.
Por Secretaría se da lectura a la proposición con
las modificaciones y adiciones formuladas.
Proposición número 01
Invítese para la sesión del día jueves 10 de marzo
del presente año para que expresen sus opiniones sobre el proyecto de ley de justicia
y paz a las siguientes personas: Doctor Carlos Isaac Náder, Presidente
Corte Suprema de Justicia; doctora Marina Pulido de Barón, Presidente
Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia; doctor Luis Camilo
Osorio Isaza, Fiscal General de la Nación; doctor Edgardo José Maya
Villazón, Procurador General de la Nación; doctora Lucía Arbalez de
Tobón, Presidenta del Consejo Superior de la Judicatura; doctor Carlos
José Miranda Melo, Presidente Colegio de Abogados de Bogotá; doctor Gustavo
Gallón Giraldo, Presidente Comisión Colombiana de Juristas; Monseñor Pedro
Rubiano Sáenz, Presidente de la Conferencia Episcopal; doctor Néstor
Eugenio Ramírez Cardona, Presidente de la Federación Nacional de
Municipios; doctor Rodrigo Villalba Mosquera, Presidente Federación
Nacional de Departamentos; doctor Gustavo Adolfo Muñoz, Fundación Nueva
Esperanza; doctor Mario Giraldo, Vocero Planeta Paz; ex General Rafael
Zamudio, Presidente Acore; doctor Volmar Pérez Ortiz, Defensor del
Pueblo; doctor Francisco Santos Calderón, Vicepresidente de la
República; doctor Marco Gerardo Monroy Cabra, Presidente Academia de
Jurisprudencia y doctor Jorge Alberto Uribe Echavarría, Ministro de
Defensa y Presidente del Consejo Nacional de lucha contra el secuestro y demás
atentados contra la libertad Personal Conase.
Firmado honorable Senador Oswaldo Darío
Martínez Betancourt.
Proposición
número 02 aditiva
Cítese al señor Director Nacional de
Estupefacientes, para efectos de explicar el estado anterior y actual de la
aplicación de la ley de extinción de dominio, con relación al capítulo de
devolución de las tierras en Colombia obtenidas ilícitamente en Colombia.
Firmado honorable Senador Hernán Andrade.
La Presidencia cierra el debate de las
Proposiciones números 01 y 02 y aplaza su votación.
La Presidencia dispone que se continúe con el
siguiente punto del Orden del Día.
III
Lectura
de ponencias y consideración
de proyectos para primer debate
Proyecto de ley número 211 de 2005 Senado, 293 de
2005 Cámara, por la cual se dictan
disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados
al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la
paz nacional, Acumulados los Proyectos
de ley número 180 de 2004 Senado 288 de 2005 Cámara, por la cual se
dictan normas sobre verdad, justicia, reparación, prevención, publicidad y
memoria para el sometimiento de los grupos paramilitares que adelanten diálogos
con el Gobierno. Proyecto de ley número 207 de 2005 Senado, 289 de 2005
Cámara, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de
miembros de grupos desmovilizados
en proceso de paz (Alternatividad Penal).
Proyecto de ley número 208 de 2005 Senado, 290 de 2005 Cámara, por la
cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos
armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a
la consecución de la paz nacional. Proyecto de ley número 209 de 2005
Senado, 291 de 2005 Cámara, por la cual se establecen las condiciones y
procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte
de grupos desmovilizados en los procesos de paz. Proyecto de ley número
210 de 2005 Senado, 292 de 2005 Cámara, por la paz y la reconciliación
nacional (Reparación y Rehabilitación). Proyecto de ley número 212 de
2005 Senado, por medio de la cual se dictan disposiciones tendientes a
la desmovilización de grupos armados y búsqueda de la reconciliación nacional. Proyecto
de ley número 214 de 2005 Senado, 295 de 2005 Cámara, por la cual se
expide la ley para la reconciliación nacional y Proyecto de ley 287 de 2005
Cámara, 217 de 2005 Senado, por la cual se dictan disposiciones sobre
justicia restaurativa para la reincorporación social de los miembros de los
grupos armados al margen de la ley.
La Presidencia abre el debate general y concede el
uso de la palabra al Coordinador de la ponencia base, honorable Senador Mario
Uribe Escobar:
Gracias señor Presidente, en primer término quiero
saludarlo a usted y a todos los colegas, a usted particularmente decirle
celebro que dirija estas reuniones, le tocó estrenarse con un proyecto muy
difícil, pero él será el que nos ofrezca la mejor prueba de sus capacidades, de
su liderazgo, de su preparación en estos temas, enhorabuena por estar usted
allí al frente de estas discusiones, señor Presidente.
Las apreciaciones que voy a formular enseguida tan
breves como sean posibles para abrir el debate sin perjuicio de que él
intervenga tantas veces como considere necesario, están referidas básicamente a
la ponencia que presentáramos con base en el proyecto que a su vez presentó el
Gobierno Nacional.
Ponencia y pliego de modificaciones que fueron
suscritas por la Senadora Blum, el Senador José Renán Trujillo, el Senador Luis
Humberto Gómez Gallo, el Senador Ciro Ramírez Pinzón y el Senador Germán Vargas
Lleras, el Representante Roberto Camacho, Armando Benedetti, José Luis Arcila,
Oscar Arboleda y Germán Varón.
Naturalmente señor Presidente, como aquí se ha
dicho algunos de quienes suscriben el grueso de la ponencia y del pliego de
modificaciones presentarán en su momento las salvedades que han anunciado, para
elaborar además la ponencia tuvimos en cuenta, señor Presidente, lo expuesto en
la audiencia pública celebrada aquí el 1º de marzo, acto en el cual
participaron entre otros el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, los representantes de organizaciones no gubernamentales como
iniciativa de mujeres por la paz y de la comisión nacional de juristas.
Este proyecto, señor Presidente, tiene
antecedentes en uno que se presentara hace aproximadamente año y medio, el Proyecto
de ley 85 de 2003, por medio de la cual se dictan disposiciones en procura
de la reincorporación de miembros de grupos armados que contribuyan de manera
efectiva la consecución de la paz nacional, el cual no surtió debate alguno
en el Congreso de la República.
Ese proyecto señor Presidente que tenía fundamento
en muy diversos antecedentes de índole internacional y nacional no fue recibido
por la opinión pública o fue objeto de numerosas críticas al punto de que nunca
pudo concretarse ni (...) pliego de modificaciones y mucho menos la discusión
al interior de las Cámaras, no obstante quienes por entonces fuimos designados
como ponentes de la iniciativa, le trabajamos muchísimo al margen del Congreso
y logramos articular una propuesta que se recogió en un proyecto que tuvimos
listo por allá en el mes de mayo del año pasado y tampoco se presentó porque
entonces se alegaba que la comisión primera de la Cámara de Representantes que
debería reunirse con la primera del Senado de manera conjunta a discutir esa
iniciativa, no había conocido suficientemente el proyecto y ya se avecinaba el
cierre de las sesiones del primer semestre del año pasado.
Las paradojas de nuestra vida institucional
condujeron señor Presidente, a que se apremiara la presentación de estos proyectos,
lo cual condujo a que estemos discutiendo el cúmulo de iniciativas acumuladas
que nos ocupa hoy.
Sobre el tema de la acusación valga un paréntesis,
señor Presidente, para decir señor Presidente que sería importante que usted
tomara en cuenta la advertencia que ha hecho el Senador Martínez en el objeto
de considerar la posible desacumu
lación de un proyecto que al parecer no podría
ser objeto de esta decisión. Como ordenador de la discusión usted puede dictar
las medidas de saneamiento necesarias para evitar que en el futuro tengamos
tropiezos de índole formal después de un gran esfuerzo como el que habrá de
hacerse seguramente para expedir esta iniciativa.
Decía señor Presidente que este proyecto tiene
antecedentes internacionales y nacionales, están consignados en la ponencia, no
voy a detenerme en los internacionales, pero sí quiero además de lo dicho en la
ponencia, decir, hacer unos comentarios preliminares muy breves.
Esta iniciativa como todos sabemos tiene el
propósito de facilitar la reincorporación a la sociedad de miembros de grupos
armados que contribuyan efectivamente a la paz nacional. No es una tarea
sencilla, no es un tema superficial, el propósito es sensible para Senadores y
Representantes, para el Gobierno, para los ciudadanos, para las víctimas y para
la comunidad internacional y desde luego para los mismos grupos armados.
Los ponentes, señor Presidente, hemos obrado con
la mayor responsabilidad en la selección de los mecanismos que sugieren los
proyectos, no porque hayamos centrado nuestras discusiones, las que tanto
conoce la opinión, en el proyecto particular presentado por el Gobierno
Nacional, hemos desechado las otras iniciativas y por el contrario hemos tomado
de ellas lo que hemos considerado útil para el proyecto, por lo demás nos hemos
esmerado en calcular las consecuencias favorables y desfavorables de esta
iniciativa, hemos sopesado pros y contras, hemos examinado los
condicionamientos que se ofrecen desde muy diversos ángulos y hemos procurado
presentar una iniciativa equilibrada y que desde nuestro punto de vista sea
útil a consolidar el proceso de negociación con los grupos armados organizados
al margen de la ley que conoce el país.
Por supuesto señor Presidente, hemos procurado
tener en cuenta las críticas que se han dirigido al proyecto inicial y hemos
sido muy cuidadosos en el diseño de las medidas necesarias para garantizar la
reparación de los daños causados.
Tenemos muchos cuestionamientos, muchos
condicionamientos, tanto desde el punto de vista constitucional, como
internacional, a una iniciativa como esta, por las eno
rmes distancias que
separan la discusión de este proyecto que rigió los proyectos de paz en época
pasada, las figuras de la amnistía y del indulto, que sirvieron durante décadas
como válvula de escape para sellar la paz, en graves pasajes de nuestro
conflicto interno, prestan todavía una utilidad, sin embargo, la conciencia
mundial frente al desprecio por los Derechos Humanos no permite un tratamiento
evasivo a la cuestión de los crímenes de lesa humanidad, ni a los delitos e
infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario.
La ponencia señor Presidente, es elocuente en esa
materia, las medidas especiales dice la ponencia: Para la consecución de la
paz, constituyen una práctica reiterada en el derecho internacional dentro de
los procesos que se han gestado para superar la fratricida.
Adelante, sin embargo, en los últimos años el
ordenamiento jurídico constitucional y el internacional y la sociedad
colombiana exigen con existencia que se niegue el beneficio de indulto o
amnistía a quienes han cometido delitos graves diferentes a la rebelión, la
sedición, el concierto para delinquir o la asonada y en tales casos es
necesario aplicar medidas dentro del marco de la verdad, la justicia y la
reparación que en desarrollo del Código Penal permiten avanzar de manera
decidida hacia la reconciliación nacional. En ese orden se requiere la
aplicación de especiales medidas que permitan en aras de lograr la
reconciliación nacional, que los autores o partícipes de dichas conductas
punibles respondan ante los jueces de la República, pero con la posibilidad de
otorgárseles algunos beneficios si colaboran en actos concretos y efectivos a
la paz y a la convivencia nacionales.
Colombia ha adherido a instrumentos internacionales
de Derechos Humanos y ha expedido con vigor leyes que castigan a delitos
considerados no amnistiables o no indultables, es el caso de la Ley 733 de
2002, que da ese tratamiento a los delitos de terrorismo, secuestro y
extorsión, al calificarlos como atroces y no susceptibles de ser considerados
conexos con el delito político y que impone enormes dificultades a la hora de
adoptar medidas de perdón total para el grueso de los delitos cometidos por las
cúpulas de los grupos armados.
Se exige hoy una actitud mucho más atenta en el
tratamiento que deben recibir los delitos más graves en el marco de los
procesos de paz. La conciencia mundial exige poner en juego los denominados
estándares internacionales en tres ejes básicos, el derecho a saber lo ocurrido,
el derecho a la justicia y el derecho a la reparación, la conciencia
internacional rechaza las llamadas leyes de ar
repentidos, las leyes de punto
final o la utilización desviada del mecanismo de la amnistía.
Aun cuando no está muy definido el alcance normativo
de tales estándares internacionales, se alude mucho a ello señor Presidente, se
les utiliza como para sentar tesis que en las discusiones de estos asuntos se
tienen como inmodificables, se les trae como organismos de autoridad, pero sin
duda alguna se considera importante a pesar de ello tenerlos en cuenta porque
se han ido perfilando en la doctrina y en la jurisprudencia internacional como
orientadores de las decisiones que se toman en estos procesos de paz y en
general en los diálogos para la reconciliación.
Todos los procesos de paz tienen complicaciones
políticas y exigen decisiones de gran calado, por eso a los procesos de
reconciliación hoy se están añadiendo numerosos condicionamientos jurídicos en
virtud de los estándares internacionales. Sobre ese tema de los estándares
internacionales señor Presidente, podemos volver más adelante si es necesario,
cuál es su verdadera naturaleza jurídica, cuál es su origen y cómo podrían
orientarnos en una discusión de estas y más allá en las decisiones que tomemos
al punto de que la iniciativa que aprobemos aquí, este en consonancia con las
corrientes del derecho de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional
Humanitario y en general de las soluciones que en el mundo se están dando a
estos problemas, advirtiendo sí, señor Presidente, que el estudio que he hecho
ha llegado a la conclusión de que en esta materia Colombia va a tener que
señalarle un camino a la comunidad internacional. Quizá sea si se aprueba esta
iniciativa, la primera ocasión en que sin culminar el acuerdo de paz, sin si
quiera desmovilizarse una parte muy notable de las personas a quienes se
pretende beneficiarias de esta iniciativa, ellas inmediatamente culminen los
procesos de desmovilización, entrega de armas, van a ir a parar directamente a
la cárcel.
No hay antecedentes en esa materia o por lo menos
si los hay, las medidas que se han tomado en otros países han sido mucho más
favorables que las que pretendemos tomar aquí al tenor de la ponencia y al
tenor del pliego de modificaciones, Presidente, creo que conviene a esta
discusión señalar en unos breves minutos cuáles son los antecedentes de las
amnistías e indultos en Colombia.
Eché mano de una publicación que hizo el señor
Víctor Guerrero de la Fundación Social que se encuentra por allí en formato
electrónico y que nos describe algunos momentos de nuestra historia que es
bueno recordar aquí.
Mediante el tratado de Newlandia suscrito el 24 de
octubre de 1902, se dispuso a favor de quienes entregaran las armas, la
cesación de toda acción penal en su contra, el tratado de Wisconsi,
explícitamente estableció el otorgamiento de una amnistía ilimitada para
quienes se acogieran al tratado, el tratado de Chinácota celebrado el 3 de diciembre
de 1902 culminó el esfuerzo por encontrar la fórmula de terminar la guerra
civil. En la víspera del frente nacional mediante Decreto 1823 de 1954, se
dispuso el otorgamiento de una amnistía amplia e incondicional que no
distinguía para efectos de su aplicación, entre ofensas cometidas por quienes
se acogieran a la misma.
En la administración de Lleras Camargo, buscando
también la pacificación del país, se otorgaron exenciones penales mediante el
Decreto 328 de 28 de noviembre de 1958, más conocido como la Ley de Amnistía.
Bajo la administración de Lleras Restrepo se
expidió el Decreto 2090 de 1967, por medio de la cual se concedieron amnistías
por delitos cometidos en la Universidad Nacional durante octubre de 1966 y
junio de 1967 que involucraron entre otros homicidios y actos de tortura y de
barbarie. Ese Decreto 2090 permitió amnistiar a los autores de dichos crímenes.
La ocupación de la refinería de Ecopetrol de
Barrancabermeja por la USO en 1971 y que culminara con la imposición de severas
penas de prisión, implicó un proceso de amnistías bajo la subsiguiente
administración de Pastrana Borrero que otorgó la libertad a los condenados. Una
década después y en el propósito gubernamental de lograr acuerdos con el M-19,
se expidió la Ley 37 de 1981 mediante la cual se otorgaba la amnistía por
delitos políticos. Luego se dicto la Ley 35 de 1982 que dispuso el otorgamiento
de una amnistía general, sin que para tal fecha se hubiera concretado ningún
acuerdo con alguno de los grupos guerrilleros, bajo la administración Barco se
reinicio la búsqueda de acuerdos con el M-19, se dictó entonces la Ley 77 de
1989 que otorgó finalmente el perdón judicial, extinción de la acción penal y
de la pena, cuya aplicación para los casos individuales se reglamentó a través del
Decreto 213 de 22 de enero de 1991.
El Gobierno suscribió también acuerdos de
desmovilización e incorporación a la vida civil, con el Partido Revolucionario
de los Trabajadores, en enero de 1991 y el Qui
ntin Lame el 27 del mismo año y
en cuyos textos respectivos se aludía a la mencionada ley de indulto y a su
correspondiente decreto reglamentario.
Posteriormente y en relación con las negociaciones
adelantadas con la Corriente de Renovación Socialista, se expidió una ley de
indulto, la 104 del 93 que contemplaba el otorgamiento de otras medidas como
auto inhibitorio, preclusión de investigación, cesación de procedimiento cuando
se tratara de delitos políticos y conexos.
Un mes más tarde, en mayo del 94 se formalizaron
nuevos acuerdos de desmovilización y reinserción con base en la Ley 104, esta
vez con grupos de milicias de Medellín, milicias populares del pueblo y para el
pueblo, milicias independientes del Valle de Aburra, y milicias metropolitanas.
La expedición de la Ley 418 de diciembre de 1997
durante la administración Samper, prorrogada mediante Leyes 548 y 782 vigentes
hoy, previo el otorgamiento de indultos individuales para miembros de las
guerrillas que manifestaran su voluntad de desmovilización y cuando se tratara
de delitos políticos.
Esta ley, esto es muy importante señor Presidente
y podría ser el primer antecedente de lo que vamos a aprobar muy seguramente
unos días más adelante, excluye una cantidad de hechos punibles de los delitos
susceptibles de indulto, en efecto según su artículo 50, los indultos no se
aplicarán a autores de conductas atroces, de ferocidad o barbarie, terrorismo,
secuestro, genocidios, homicidios fuera de combate o colocando a la víctima en
estado de indefensión.
Ese es grosso modo la historia de la forma como
hemos canalizado la solución de nuestros conflictos, óigase bien señor
Presidente, sin mucho acento en los riesgos de impunidad, sin mucha atención a
los derechos de las víctimas, hoy nos corresponde añadir los principios de
verdad, justicia y reparación en cualquier proceso de reconciliación.
Hemos llegado aquí tal vez señor President
e a lo
que podría ser el meollo de este asunto, en el pasado según la relación que he
hecho, el país no para mientes, en el valor justicia, ni tampoco en los
derechos de las víctimas, antes por encima de nada estaba, se tuvo en cuenta
única y exclusivamente el valor de la paz, para lograrla era admitido, se
admitía que podría apelarse a cualquier tipo de decisión legal, con el
propósito que frente a un grupo armado al margen de la ley, cualquiera que
hubiera sido los delitos en que hubiera incurrido, decidieran desmovilizarse y
firmar un acuerdo de paz, bastaba ello, que ello sucediera, para que
inmediatamente sobreviniera la respectiva norma legal que acogiera a los
integrantes de esos grupos armados, permitiera que se reinsertaran a la vida
civil y es más, permitiera que siguieran actuando con plenos derechos civiles y
políticos en todo el escenario de la vida democrática nacional.
Quizá esa Ley 782 es el primer antecedente de que
algunos delitos los excluidos y que he citado, no deberían ser objeto de ese
tratamiento tan benigno por parte del legislador o por parte del Gobierno o por
ambos.
Pues bien señor Presidente, las cosas hoy han
cambiado y han cambiado radicalmente al punto de que al país podría señalarse
de haber denegado justicia, de no haberla administrado si se procediera de
idéntica manera, hoy está completamente proscrito, están completamente
proscritos el indulto y la amnistía para los delitos atroces, la comunidad
internacional, la opinión nacional, la conciencia nacional no admitirían hoy
que expidiéramos leyes como las que he citado para resolver los problemas que
tenemos que enfrentar para resolver los delitos que han cometido o las
autodefensas o las guerrillas u otros miembros de grupos armados organizados al
margen de la ley.
Ha variado como señalaba la doctrina, la
jurisprudencia internacional, han variado las corrientes del derecho de los
Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, y hoy se opone y hoy
se impone que a delitos atroces así medie un proceso de paz, sea necesario
imponerles no solo condenas, sino en algún grado la privación de la libertad
efectiva para sus autores, para que de alguna manera nos reconciliemos con la
comunidad internacional, con la comunidad nacional y sobre todo y también para
que a estos procesos agreguemos el desarrollo del valor justicia, como otro
derecho fundamental y valor superior y también para que atendamos los derechos
de las víctimas que se reconocen hoy en todos los escenarios anotados.
El proyecto señor Presidente contiene una serie de
exposiciones que como señalaba al principio, hemos considera
do nosotros que son
las que convienen para resolver el proceso en que se ha embarcado el Gobierno
Nacional con las autodefensas y que también sería o podría constituirse en un
punto de referencia para negociaciones futuras con otros grupos armados.
Desde luego que no faltan quienes se mofan de esto
afirmando que será imposible negociar en el futuro con nuestras guerrillas, si
no se parte de tomar medidas como las que se tomaron en el pasado para
integrantes de grupos de ellas mismas, así ocurra como he señalado una absoluta
contrariedad, tanto con la opinión nacional como con la comunidad
internacional. De todas maneras señor Presidente, yo voy a señalar algunos de
los contenidos iniciales del proyecto, sin dejar de resaltar que sobre todos o
algunos de ellos va a suscitarse aquí una grandísima discusión que será la que
tengamos que enfrentar en el momento oportuno.
Dejo sí a salvo como lo señalaba, que los ponentes
hemos hecho un gran esfuerzo, hemos obrado con buena fe y desde luego que
estamos plenamente convencidos de que esta no es la verdad revelada y que serán
bienvenidos los aportes que puedan hacer todos los Congresistas a efecto de
mejorar esta iniciativa, partiendo del entendido de la buena fe que nos asiste
a todos y el propósito de acertar para que realmente este proyecto sea eficaz y
conduzca a que avancemos muchísimo en el proceso de consolidación de la paz en
que está empeñado el Gobierno Nacional y que creo que la mayoría de los
Congresistas apoyamos.
El contenido del proyecto en breves líneas señor
Presidente.
Uno. El proyecto es cuidadoso en articular los
beneficios penales con los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y
la reparación. Hay un sinnúmero de artículos que desarrollan esos tres
postulados y que acogen en buena medida como lo señalaba las corrientes del
derecho internacional y la jurisprudencia y la doctrina tanto internacional
como la nacional.
Dos. El proyecto sólo incluye como potenciales
beneficiarios a grupos de la guerrilla o de autodefensas y definitivamente
excluye a organizaciones de narcotraficantes, ahí ha habido mucha discusión en
este punto señor Presidente, algunos consideramos nosotros sin razón, han dicho
que en este punto se nos ha colado el narcotráfico y que quizá co
n la
aprobación de este proyecto habremos incurrido no solo en abrirles un espacio
desde el punto de vista muy general, muy generoso a los narcotraficantes, si
nada más habremos incurrido en una operación de lavado de bienes adquiridos de
manera ilícita de gran magnitud, atendiendo esas observaciones, que no
compartimos por supuesto porque hemos sido cuidadosos en que este proyecto sea
exclusivamente para guerrilleros o para autodefensas que no tengan como fin
primordial el narcotráfico, pues hemos tomado además unas cautelas como la
elaboración de un listado por parte del Gobierno Nacional en el que podrá obrar
de manera selectiva e imponer el primer tamiz, sino porque a los fiscales y a
los jueces que les tocará decidir finalmente sobre manejar las investigaciones
y decidir sobre las penas a imponer y demás, tendrán un margen muy amplio para
también imponer el tamiz a punto de que no sean elegibles, sino personas que
hayan pertenecido a grupos armados al margen de la ley y que desde luego
pertenezcan a guerrilla o a autodefensas y que no sean narcotraficantes.
El tercer punto. Los hechos investigados, buscados
y sancionados de conformidad con la ley, solo pueden ser aquellos cometidos,
durante y con ocasión de la pertenencia a los grupos guerrilleros o a los
autodefensa, no a hechos anteriores o cometidos por fuera de la organización.
La aplicación de la ley quedará ligada a las
disposiciones internacionales que regulan la materia, ya lo decía; hemos
procurado observar lo que se denomina los estándares internacionales aquellos
en los que podremos detenernos cuando llegue la ocasión.
Cinco. La reinserción a la vida civil de las
personas que puedan ser favorecidas con amnistía o indulto o cualquier otro
beneficio establecido en la Ley 782 de 2002, se seguirá canalizando por lo
dispuesto en esa ley, debe quedar suficientemente claro para todos los
integrantes de estas comisiones señor Presidente, que no se modifica la Ley 782
y que será aplicable como lo ha sido hasta ahora para resolver los casos de
personas vinculadas a esos grupos armados que no han incurrido en la comisión
de delitos atroces.
Seis. La ley obliga a los jueces a determinar la
pena aplicable en cada caso de conformidad con las normas ordinarias, no es que
no vaya a aplicarse a los miembros de los grupos armados que sean beneficiarios
de esta ley, la condigna sanción por los delitos que han cometido, muy
seguramente a la mayoría de los cabecillas de estas organizaciones se impondrán
penas altísimas que no deberán ser inferiores pienso yo a treinta, cuarenta
años por supuesto atendiendo la naturaleza del delito
cometido a las
circunstancias en que se cometió y demás, pero además de esa ley, adicionalmente
se fijará un beneficio consistente en reemplazar esa pena, la pena ordinaria
por el delito cometido por otra pena alternativa que se concede como por la
contribución del beneficiario a la consecución de la paz nacional, a la
colaboración con la justicia, la reparación a las víctimas y la adecuada
resocialización, habrá entonces impuesta por los magistrados, una pena
principal y una pena alternativa que será el beneficio fundamental que concede
esta ley.
Siete. Las víctimas mantienen una altísima consideración
en el proyecto, no podría ser de otra forma, ya he dado algunas explicaciones
alrededor del tema y por eso sigo adelante señor Presidente.
Ocho. Por virtud de la aplicación de la ley, el
Estado no renuncia a su deber de realizar una investigación efectiva que
conduzca a la identificación, captura y sanción de las personas responsables
por delitos cometidos por los miembros de los grupos armados, no porque se
trate de una negociación política, no porque se trate de la obligación que
tiene el imputado de rendir una versión, no porque se produzcan las condenas,
el Estado puede renunciar al deber que tiene de esclarecer los hechos para
conservar su memoria histórica y sobre todo para tomar las medidas necesarias y
conducentes como lo establece el proyecto a la no-repetición.
Nueve. El proyecto es contundente y explícito en
exigir la revelación de los hechos delictivos y en demandar de los
beneficiarios de la ley información sobre el paradero de las víctimas de
secuestro y desaparición forzada. Y el proyecto no se opone a que en el futuro
puedan aplicarse otros mecanismos no judiciales para la reconstrucción de la
verdad.
Diez. El proyecto prevé acciones que propendan por
la restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción de las víctimas y
se fija en garantizar la no-repetición. Según los estándares internacionales,
en la restitución, indemnización y rehabilitación y satisfacción de las
víctimas y la garantía de no-repetición, se descompone lo que en general se
conoce como el derecho de reparación.
En ese sentido se obliga a hacer restituciones,
compensaciones y acciones tendientes a la recuperación de las víctimas, así
co
mo acciones tendientes a restablecer su dignidad, reparaciones simbólicas,
reparaciones colectivas entre otras.
El proyecto señor Presidente contiene unas muy
ricas de medidas en materia de procurar en reparación de las víctimas tanto
desde el punto de vista individual como desde el punto de vista colectivo,
también para ofrecer satisfacciones a la sociedad entera.
Once. No habrá beneficios sin desmovilización,
recuérdese que todo este proceso parte señor Presidente, de la firma de un
acuerdo, de los grupos armados organizados al margen de la Ley o de bloques de
estos, con el Gobierno Nacional a partir de lo cual será un listado que será el
que determine en un futuro luego de la investigación y del juzgamiento
respectivo la aplicación de las sanciones y de los beneficios de la ley. No
habrá beneficios sin entrega de bienes.
Trece. Los beneficiarios tienen que demostrar no
solo su desmovilización, sino su desmantelamiento definitivo; claro los
beneficiarios de esta ley tendrán que contribuir eficazmente a que cese la
actividad armada del grupo a que pertenecía.
Quince. El proyecto exige perentoriamente que el
grupo cese toda interferencia al libre ejercicio de los derechos políticos y
libertades públicas y cualquier otra actividad ilícita. Este asunto señor
Presidente que no estaba en los proyectos iniciales, fue objeto de encendido
reclamo por parte o por algunos de los asistentes a esas reuniones. Al parecer
miembros de estos grupos armados interfieren la vida política local y regional,
determinan el suceso de las elecciones, imponen candidatos, señalan a quienes
no pueden participar y por esa razón hemos establecido normas muy claras para
que se pierdan los beneficios en caso de que se evidencie alguna interferencia
de miembros de estos grupos armados en proceso de desmovilización y obtención
de beneficios a la vida política local, regional e incluso la nacional.
Dieciséis. La ley no aplica
para grupos que se hayan organizado para el tráfico de estupefacientes o
enriquecimiento ilícito, en eso como lo señalaba es absolutamente claro y
categórico el proyecto y creemos que con las salvaguardas que se han
introducido no podrá afirmarse que se colaron o que se colaran narcotraficantes
como beneficiarios de est
a ley.
Diecisiete. Los privados de la libertad podrán
acceder a los beneficios siempre que se determine su pertenencia al grupo, es
obvio que quien pertenezca a un grupo de estos, para el se expida una ley de
beneficios, naturalmente se le apliquen ello siempre y cuando de las decisiones
judiciales respectivas no quede duda alguna en la materia.
Dieciocho. Se permite la aplicación de la ley en
condiciones muy estrictas a los desmovilizados individualmente que contribuyan
a la consecución de la paz, la ley como se ha dicho, es aplicable tanto a
quienes se desmovilicen de manera colectiva como a quienes se desmovilicen e
individualmente según procedimientos y requisitos muy claros que se consagran
en el articulado. Ya lo veremos señor Presidente.
La investigación y la actuación procesal está
regida por los principios de oralidad y celeridad, naturalmente señor
Presidente, lo que pretendemos los legisladores en esta materia es que se apliquen
en extenso, las nuevas corrientes del derecho penal colombiano que hacen de la
oralidad y la celeridad un procedimiento a aplicar de manera inmediata, estos
procesos serán orales y tendrán que tomarse las medidas necesarias para que
estos proyectos no duerman en los anaqueles y no que se resuelvan como conviene
a la paz, a la justicia, a la reparación y como conviene al logro del propósito
de la paz nacional.
Se crea una Unidad Nacional de Fiscalía para la
justicia, la paz, para investigar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en
que se realizaran las conductas punibles, las condiciones de vida sociales,
familiares, etc., del acusado y su conducta.
Vamos a crear esa unidad de Fiscalía señor
Presidente especial, porque la consideramos necesaria para que sea ese solo
grupo dentro de la gran Fiscalía, el que se ocupe de un tema tan complejo como
este, para que haya concentración de la información y sobre todo para que los
Fiscales que intervengan conozcan mucho más a fondo los temas que se someten a
consideración. Consideramos necesario no desparramar esta investigación o estas
investigaciones por toda la Fiscalía, porque correríamos inmensos riesgos que
obviamente ustedes advier
ten muy fácilmente.
Veintidós. El Tribunal Superior de Distrito
Judicial que determine el Consejo Superior de la Judicatura será el competente
para conocer del juzgamiento de las conductas punibles a que se refiere la
presente ley. De este modo se respeta la estructura y la organización judicial
ordinaria. Señor Presidente, los proyectos iniciales contemplaban la
constitución de un tribunal especial que se encargara de la investigación y el
juzgamiento por estos delitos. Para ello encontramos que se necesitaría o la
expedición de una Ley Estatutaria o eventualmente la expedición de una reforma
constitucional. Analizábamos los pros y los contras y llegamos a la conclusión
de que en orden a obtener este marco legal tan rápido como fuera posible y a
los riesgos de constitucionalidad, de crear ese tribunal especial o a un riesgo
de acudir a una reforma constitucional, optamos por la vía de autorizar la
creación de unas salas especializadas en los tribunales superiores de distrito,
aquellas que señale el Consejo Superior de la Judicatura que tiene la facultad
legal para hacerlo, a fin de que se encarguen esos tribunales superiores a
través de salas especializadas, del juzgamiento de estos delitos.
Veintitrés, ante el Fiscal correspondiente, los
potenciales beneficiarios de la ley podrán manifestar las circunstancias de
tiempo, modo y lugar en que hayan participado en los hechos delictivos,
cometidos con ocasión de su pertenencia a estos grupos, que sean anteriores a
su desmovilización y por los cuales se acogen a la presente ley.
La versión rendida será sometida a un programa
metodológico orientado a comprobar la veracidad de la información y
esclarecimiento de los hechos. Se establece que si el potencial beneficiario no
declaró algunos hechos punibles, se le programará audiencia preliminar para la
formulación de imputación por esos hechos. La Sala competente del Tribunal
convocará a audiencia pública para examinar cargos y luego citar a audiencia de
sentencia, individualización de la pena.
Se investigarán y juzgarán conjuntamente los
hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia del
desmovilizado al grupo armado, la investigación o el juzgamiento de los cargos
no aceptados por el potencial beneficiario se tramitara por leyes
procedimentales al momento de su comisión y respecto de los cargos aceptados se
otorgaran los beneficios de que trata la presente ley. Señor Presidente, aquí
hay un asunto interesante y es que podríamos encontrarnos en algún momento ante
el hecho de que alguno de los presuntos beneficiarios de esta ley confesará
sólo parte de los delitos
y que a él pudieran imputársele otros que no confesó.
Naturalmente sobre los que confesó se aplicarán
las disposiciones de esta ley. Sobre los que no confesó se abrirá la
investigación respectiva conforme a normas ordinarias, se aplicarán las
sanciones y claro, el proyecto prevé unas disposiciones clarísimas para
resolver aquel caso en que él en algún momento procesal decida confesar esos
delitos, caso en el cual podrán aplicarse los beneficios y que sino lo hiciere
pues podrá, se prevé todo aquello relativo a la acumulación de las penas.
Los hechos no confesados serán investigados y
juzgados conforme a Ley Ordinaria, en materia de recursos la sentencia es
apelable ante la Corte, habrá acción extraordinaria de revisión ante la Corte
en pleno, no habrá recurso de casación, dado que la segunda instancia de estos
procesos a petición de la Corte Suprema de Justicia, será tramitada por la Sala
Plena.
Las salas de los tribunales determinarán la pena
que corresponda por los delitos cometidos como ya se había dicho, en ningún
caso se aplicarán subrogados penales, beneficios adicionales o rebajas
complementarias a la pena alternativa que será de cinco años, como mínimo y no
superior a ocho, pasaba de acuerdo con la gravedad de los delitos y la
colaboración efectiva en el esclarecimiento de los hechos.
Señor Presidente, porque una pena de cinco años
mínima, porque una máxima de ocho años, alrededor de este tema una gran
discusión al interior de las comisiones, de las comisiones de ponentes y de los
representantes del Gobierno Nacional y del propio Presidente de la República.
Sin duda alguna a mi juicio una decisión de esta índole tiene un enorme valor
subjetivo, caprichoso si se quiere. Uno podría decir igualmente que una pena
mínima de cuatro años es suficiente o que también lo es de dos como la que se
aplicó en Inglaterra y por el contrario también habría alguien que podría
sostener que la pena máxima de ocho años es mínima y que una pena adecuada
podría ser de dieciséis o de veinte años dado que se trata de delitos muy
graves.
Tiene esta decisión un coponente subjetivo y
caprichoso sin duda alguna, acogimos el rango de cinco o a ocho años, porque
fue el que nos pareció que tenía mayor nivel de aceptación y porque pensamos
que con él s
atisfacíamos tanto la demanda de la comunidad internacional, sus
presiones, porque evidentemente existen, sino también porque satisfacíamos a la
opinión nacional; recuérdese que partimos de la base de que tenemos que
desarrollar el valor paz como un derecho fundamental, pero también agregarle
ingredientes de justicia, de verdad y de reparación.
Cumplida la pena alternativa y en las condiciones
impuestas en la sentencia, se concederá al individuo la libertad a prueba por
el término superior a una quinta parte de la pena alternativa.
La cosa es la siguiente señor Presidente, repito,
una pena principal al tenor de los delitos cometidos según las leyes
ordinarias, una pena alternativa entre cinco y ocho años, la cual una vez
purgada abrirá paso a una libertad vigilada por una quinta parte de la pena
alternativa al término de la cual esa se declara pagada o cancelada
definitivamente la pena, se perderán los beneficios obtenidos en virtud de la
ley, si durante la ejecución de la pena o el período de libertad a prueba del
reinsertado intimida o pretende corromper a cualquier autoridad a carcelar,
naturalmente tendrán que observar una conducta intachable quienes sean
beneficiarios de esta ley.
El proyecto crea la Comisión Nacional de
Reparación y Reconciliación y define quiénes son sus integrantes, dice además
la creará señor Presidente por cinco años y tendrá una función primordial de
garantizar los derechos de las víctimas, presentar informes públicos sobre las
causas y surgimientos de los grupos armados, hacer seguimiento y verificación a
los procesos de reincorporación, hacer recomendaciones a los Tribunales
Superiores sobre medidas de reparación y a la revocatoria de beneficios entre
otros, habrá comisiones regionales que se encargarán sobre todo de tramitar los
temas relativos con bienes, la ley crea un fondo para la reparación de las
víctimas, se le asignan algunas funciones a la red de solidaridad social en
punto de acciones de reparación e indemnización, se establecen unas normas para
la conservación de la memoria y aquí viene un tema muy polémico señor
Presidente, sobre el cual como se dirá aquí más adelante, se han dejado unas
salvedades por parte de algunos de los Congresistas que suscriben la ponencia.
Es el relativo a una rebaja de penas entre una décima y una quinta parte para
todo aquel que cumpla la pena a la entrada en vigencia de la ley o que
condicionada comportamiento, acciones de reparación y cooperación con la
justicia, es lo que vulgarmente se ha denominado como el jubileo o la rebaja
por el jubileo.
También se incluye a petición entre otros del
Senador José R
enán Trujillo quien ha sido un adalid de esa causa, algunas
disposiciones que permiten aplicar los beneficios de la ley para facilitar los
acuerdos humanitarios. Y por último, se establece que la ley se aplicará
únicamente a hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia; eso es en
términos generales señor Presidente el contenido fundamental del proyecto de
ley, cada uno de esos puntos es extremadamente discutible, no sólo
particularmente considerados, sino también lo es, no se me escapa el contenido
general de la ley y más que es una decisión que considero política,
trascendental en esta materia.
Algunos podrían decir inclusive que no debería
expedirse una ley y que, en materia de resolución de un conflicto como esa
queja, tendríamos que aplicar en extenso y a raja tabla la legislación vigente.
Muchas otras críticas podrían presentarse señor
Presidente, vamos a ver qué pasa en el debate, para nosotros quienes
suscribimos esta ponencia será de vital importancia escuchar los argumentos de
nuestros colegas y especialmente de quienes se han separado de nuestra posición
por razones que obviamente nosotros respetamos señor Presidente. Respeto, eso
sí que no nos inhabilitara para participar en una discusión con el único y
exclusivo propósito de tratar de aceptar señor Presidente.
Señor Presidente. Yo dejo ahí por el momento, le
repito, dejando a salvo la posibilidad que tengo como coordinador de ponente de
intervenir en el debate, cuantas veces lo estime prudente, siempre y cuando
usted me lo permita, muchas gracias.
Secretario:
Señor Presidente. Me permito informar que ha sido
radicado en la Secretaría un impedimento de un Representante.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Darío Martínez Betancourt:
Presidente. Para formularle una respetuosa
pregunta, como el reglamento dispone que los ponentes absolverán los
interrogantes y dudas que se planteen, que nosotros tenemos los miembros de las
comisiones en este caso el derecho a formular preguntas, yo tengo varias preguntas.
¿En qué momento podemos formularles esas preguntas a los señores Ponentes?
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Apenas terminen de hacer su exposición del
Respectivo informe. Eso quiere decir que terminada la sustentación de este informe
por parte de quienes suscriben la ponencia base, se procederá a la formulación
de las preguntas que tengan los honorables Senadores y Representantes. Y lo
propio harán cuando concluyan la sustentación del informe de la segunda
ponencia que se ha radicado sobre el proyecto que estamos debatiendo.
La Presidencia concede el uso de la palabra al
honorable Senador Germán Vargas Lleras:
No, señor Presidente. Estaba esperando que usted
me concediera el uso de la palabra para la constancia que pretendo dejar y que
no voy a someterlos a que la escuchen, sino sintetizarla de manera breve en mi
condición de suscriptor de la ponencia principal y tal como usted había
señalado.
A ver Presidente. Yo advertí que no los voy a
fatigar con la lectura de una constancia que por demás no es pequeña, contiene
veinticuatro páginas. Pero a quien quiera profundizar sobre el alcance de la
misma, la radicaré en Secretaría para que obre dentro del expediente de la
discusión de este proyecto.
La voy a sintetizar de la manera más breve
posible. Insistimos y por eso suscribimos la ponencia principal que en términos
generales compartimos la estructura del proyecto que viene a la consideración
de las comisiones. Pero queremos hacer algunos aportes y sobre estos llamo la
reflexión a ustedes.
En primer lugar, me parece que deberíamos examinar
y tomar o no la decisión en la discusión de esta ponencia principal, no
reiterar conceptos y repetir conceptos que ya están incorporados en nuestro
derecho interno, de nuestro derecho positivo, por ejemplo:
Artículo 1º. Objeto de la
presente ley. El inciso segundo de la misma no hace nada distinto que
repetir el artículo 8º de la Ley 782 y su parágrafo 2º.
En igual forma, consideramos que la estructura de
este proyecto hay que entenderla así la percibo yo como una ley instrumentaria
de la 782. Dentro del cual para futuras interpretaciones debería entenderse que
nos rige el Código de Procedimiento Penal, la 782 y este como un instrumento de
aplicación de la 782 para determinadas circunstancias, manteniendo plena
validez, el alcance de la Ley 782.
En segundo lugar, me parece que para el artículo
4º valdría la pena agregar en desarrollo de estos conceptos la frase de acuerdo
con los estándares internacionales y eso nos permitiría ir limpiando el
proyecto de redefinición de conceptos como el de víctima, justicia, verdad,
reparación, desmovilización.
Creo yo que todos estos conceptos como muchos
otros que ya están contenidos en el Código de Procedimiento Penal, hacen parte
del bloque de constitucionalidad. Están incorporados en los tratados
internacionales ratificados por Colombia, y aun los no aprobados por el
Congreso, de los suscritos por el Gobierno Nacional de conformidad con
reiteradas sentencias de la Corte y esto lo menciono para cuando entremos a la
discusión y votación del articulado, entender que presentaremos proposiciones
supresivas, a todos aquellos artículos insisto, que sean r
eiterativos de
convenios internacionales con unas descripciones que corren el riesgo de
apartarse de los estándares internacionales inútilmente, como también la
reiteración de principios consagrados en el Código de Procedimiento Penal que
creo yo no viene a lugar reiterarlos en esta iniciativa.
Me preocupa si un asunto sobre el cual ya el
doctor Uribe hizo hincapié que me parece que no resulta claro ni preciso, me
voy a referir al delicado tema que se ha mencionado y es cómo operaría el tema
del narcotráfico en relación con este proceso, tanto de desmovilización
colectiva como de desmovilización individual.
Yo no creo que resulte clara la definición
contenida en el artículo 10, cuando se señala que como requisito para acceder a
la desmovilización, que la organización del grupo no haya tenido como fin
principal el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito.
Y posteriormente cuando en el artículo 11 se
señala el numeral 11.5 que su actividad o la del grupo al que pertenecía no
haya tenido como finalidad el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento
ilícito, yo creo que no resulta claro qué es lo que se desea. A quién va esto
dirigido, quién resultaría elegible para el proceso, o cómo podría operar el
tema de la conexidad. Y traemos a consideración de ustedes una propuesta que
pondremos en su momento a consideración sustitutiva de este articulado, tanto
en el artículo 10 como en el 11, una propuesta que podría rezar en igual forma
no son elegibles ni para la desmovilización colectiva, ni para la
desmovilización individual, aquellas personas cuya actividad personal haya sido
el narcotráfico como lo reza el proyecto, pero luego me parece obligante que
nos curemos en salud, advirtiendo que tampoco lo serán aquellas personas que
hayan derivado un enriquecimiento personal de esta actividad del narcotráfico.
Y mucho menos aquella persona que haya participado en actividades de
narcotráfico con anterioridad a su incorporación a un grupo al margen de la
ley.
Me parece que tomando precauciones de esta
naturaleza, evitamos las aseveraciones que hoy gravitan sobre el actual proceso
en el sentido de que personas están comprando frentes, de que personas que no
participaron de la actividad se han incorporado al proceso, evitamos que
personas que hayan derivado un enriquecimiento personal por actividades de
narcotráfico puedan beneficiarse de la alternatividad o de la pena alternativa
que aquí se está consignando y cerraríamos todas las puertas a eventualidades
de esta naturaleza. Me parece que es uno de los temas gruesos y uno de los
temas sobre los cuales vale la pena que me
ditemos, porque uno comprende las
buenas intenciones contenidas en la ponencia, pero insisto, me parece que deben
ser complementadas para superar cualquier manto de duda que pueda presentarse
tanto en la discusión y aprobación de esta iniciativa como en su posterior
aplicación.
Y este es uno de los temas gruesos donde queremos
hacer este aporte, en igual forma y dentro de las expresiones que yo les he
señalado de ir depurando el proyecto de conceptos ya contenidos tanto en el
ordenamiento internacional como en nuestro ordenamiento del Código Procesal Penal,
no parece razonable insistir en reiterar principios de oralidad, de celeridad,
los principios de oralidad y celeridad en los artículos 12 ó 13 o reiterar el
concepto de defensa en el artículo 14 o el del esclarecimiento de la verdad en
el artículo 15, todos estos conceptos están mejor definidos y con mayor
precisión en el actual Código de Procedimiento Penal.
En igual forma y dentro del artículo 15 pues no
hay necesidad, ni compete a esta ley la creación de una unidad de Fiscalías
para justicia, paz, esas son competencias generales del Fiscal General de la
Nación.
Yo quiero plantear aquí un tema sobre la
competencia, entiendo que los ponentes que participaron de las reuniones de
Palacio han estudiado el tema y nos aportarán luces. Yo simplemente me limito a
exponerles a ustedes preocupaciones que me asisten sobre el tema de la
competencia.
Yo tengo la impresión señor Presidente de que no
estamos facultados, claro acepto argumentos en contrario, de que no estamos
facultados para asignarles a los Tribunales Superiores de Distrito la
competencia en primera instancia para el conocimiento de estos casos, y dejar
la segunda instancia en la sala, en la Sala Plena de la Corte Suprema de
Justicia, francamente me parece que es un asunto sobre el cual debemos adelantar
un debate.
La propuesta que traigo a consideración de ustedes
es que respetemos el procedimiento actual, el Consejo Superior de la Judicatura
puede organizar de manera colectiva los jueces superiores a los jueces de
distrito para que surtan la primera instancia conservando la segunda instancia
en el Tribunal Superior y no aboliendo la casación, sino manteniéndola dentro
del proyecto.
Firmemente, creo que estaríamos modificando la Ley
Estatutaria de Justicia, si cambiamos las competencias en esta materia. Como
también creo que podríamos estar violando la Constitución si eliminamos la
instancia de la casación a través de una Ley Ordinaria.
Pero quiero dejarles estas preocupaciones, yo creo
que bastaría con decir que conocerá en primera instancia el Juez Colectivo,
jueces de circuito, organizados para este efecto por el Consejo Superior de la
Judicatura, pero será asunto que discutiremos, yo lo menciono porque me asiste
esa preocupación, sin duda estamos cambiando las competencias que fija la Ley
Estatutaria de Administración de Justicia, es evidente y yo creo que inclusive
vulnerando principios de carácter constitucional, recuerdan ustedes el
principio ex post facto, a uno lo pueden juzgar por la comisión de hechos
anteriores cambiándole el juez de competencia o la competencia para el
juzgamiento posterior, pero lo dejo a consideración de ustedes, asuntos que me
inquietan en lo que tiene que ver con la competencia en esta materia que
contiene la materia principal.
Sé que se debatió el tema, probablemente se
presentarán argumentos en contrario, pero yo expongo estas preocupaciones que
creo que serían superables si conservamos la estructura contenida en la Ley
Estatutaria de Administración de Justicia, no veo peligro alguno en hacerlo.
Creo en igual forma, que el tema de la versión libre y la confesión adolece de algo que quiero plantearles, no obstante que está en mi criterio perfectamente bien concebida, la estructura que se ha determinado a través de la versión libre, lo que no puede resultar sano, lo que no puede resultar aceptable es que una persona concurra a la versión libre, no cuente toda la verdad, no confiese, entre en equívocos o cuente mentiras y posteriormente cuando la Fiscalía General de la Nación enc